Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2015 (27/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende del Informe Nº 032-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspeccion, asi como, por la citada Direccion General, segun el Informe Nº 025-2015MTC/12.04, verificandose el cumplimiento de lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 30281, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camero, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 27 de febrero al 03 de marzo de 2015 a la MORDAZA de Philadelphia, Estados Unidos de MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en el Informe Nº 025-

El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015

2015-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 032-2015-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa AERO TRANSPORTE S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- El Inspector autorizado en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS DURANTE LOS DIAS 27 DE FEBRERO AL 03 DE MARZO DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 032-2015-MTC/12.04 Y Nº 025-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS SOLICITANTE (US$) INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs Revision: Original Fecha: 30.08.10

130-2015-MTC/12.04 27-Feb 03-Mar

US$ 660.00

AERO MORDAZA Camero, Philadelphia E.U.A. TRANSPORTE MORDAZA MORDAZA S.A.

Chequeo tecnico de Recalificacion de Verificacion de Competencia, en 22575-22576-987 simulador de vuelo en el equipo MORDAZA, a su personal aeronautico

1204454-1

Declaran procedente solicitud presentada por la empresa Centro de Educacion Tecnico Productiva MORDAZA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. - CETPRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L., sobre renuncia a su autorizacion como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5230-2014-MTC/15 MORDAZA, 12 de diciembre de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N° 211468, 212611 y 216654 presentados por la empresa denominada CENTRO DE EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L.- CETPRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2391-2011MTC/15 de fecha 04 de MORDAZA de 2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de agosto del mismo ano, se autorizo a la empresa denominada CENTRO DE EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA E.I.R.L.- CETPRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L., con RUC N° 20228086216 y domicilio en: MORDAZA Palacio Viejo N° 518, Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A categorias II y III y Clase B categoria II-c; Que, mediante Resolucion Directoral N° 122-2012MTC/15 de fecha 09 de enero de 2012, se autorizo a La Escuela impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener una licencia de conducir de la clase A categoria I, en el local, con los instructores y con vehiculos autorizados mediante Resolucion Directoral N° 23912011-MTC/15; Que, mediante Parte Diario N° 130370 de fecha 09 de setiembre de 2013, La Escuela presento la Carta Fianza N° 0011-0221-9800006103-90, emitida por el Banco Continental, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la suma de $10.000.00 Dolares Americanos, con fecha de vencimiento al 02 de setiembre de 2014; a fin de cumplir con las condiciones de permanencia como Escuela de Conductores, establecido en el numeral 6 del articulo 62° del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y sus modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento;

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