Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2015 (12/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Domingo 12 de julio de 2015

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Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en el cumplimiento de sus funciones de promoción de la Dirección de Comunicaciones e Imagen País, se tiene previsto participar en una serie de actividades del evento "EXPO CITTA", a realizarse en la ciudad de Milán, República Italiana, con el objetivo de aprovechar el flujo turístico que recibirá la ciudad, para promover a través de la Marca Perú, los destinos turísticos que el Perú ofrece, su gastronomía y los productos peruanos que la componen, para incentivar su comercialización en el mercado Europeo; Que, es importante la participación en dicho evento, por constituir una plataforma de actividades, organizada por la Municipalidad de Milán y la Cámara de Comercio, para atraer un gran flujo de turistas de toda Europa, lo que permitirá posicionar la Imagen Perú; para tal efecto, se han organizado varios eventos, siendo uno de ellos "Perú Alimenta tu Alma", con la finalidad de dar a conocer la cultura culinaria del Perú, así como los productos que la conforman, con la participación de reconocidos chef peruanos; asimismo, los otros eventos están destinados a promover los destinos turísticos y de inversiones, productos de exportación y elementos culturales; Que, en tal razón, la Dirección de Comunicaciones e Imagen País de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios del señor Rafael Tapia Medina, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Milán, República Italiana, para que desarrolle actividades de promoción de la Imagen Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Rafael Tapia Medina, a la ciudad de Milán, República Italiana, del 14 al 22 de julio de 2015, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo acciones de promoción de imagen país, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Clase Viáticos N° Económica día días US $ Rafael Tapia Medina 1 817,00 540,00 6 Nombres y apellidos

VISTO, el Informe Nº 223-2015-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil definirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, corresponde emitir la resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 023-2015 de fecha 25 de Junio del 2015, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo 11º del Reglamento; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar, a partir del 25 de Junio del 2015, la aprobación de cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, señalado a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE CARGO DE DESTINO

Director/a de Instituto Especializado del Instituto de Gestión de Servicios de Salud Instituto Nacional de Salud del Niño ­ San Borja Artículo Segundo.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1261716-8

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 155-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 10 de julio de 2015 Visto la solicitud de comisión de servicios de la Dirección de Comunicaciones e Imagen País de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de

Total Viáticos 3 240,00

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Rafael Tapia Medina presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1261841-1

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