Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2015 (17/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 17 de julio de 2015

NORMAS LEGALES
-PresidentaT T S

557547

SALA PENAL DE APELACIONES DE VENTANILLA Dra. Olga Lidia Inga Michue Dr. Alfredo Miraval Flores Dra. Corina Beatriz Neciosup Zapata

Tercero: En mérito de la reconformación de la Sala Mixta Permanente de Ventanilla, se ordenó, a partir del 03 de Julio de 2015, el retorno del señor doctor Flaviano Ciro Llanos Laurente en su calidad de Juez Especializado Titular del Segundo Juzgado Civil de Ventanilla (antes Juzgado Mixto Permanente de Ventanilla), en consecuencia se ordenó, a partir del 03 de Julio de 2015, el retorno de la señora doctora Yolanda Petronila Campos Sotelo, en su calidad de Jueza Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla. Cuarto: El objetivo trazado de esta gestión Presidencial, es impulsar la promoción de los Jueces de Especializados y de Paz Letrado Titulares, siempre que cumplan con el perfil y los requisitos establecidos tanto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de la Carrera Judicial, así como en el Reglamento de Concursos para el Ascenso de Jueces y Fiscales, conforme se señala en el artículo 35° numeral 7 de la Ley de la Carrera Judicial, que indica que "son derechos de los Jueces a la evaluación de su desempeño a fin de identificar los méritos alcanzados, garantizar la permanencia en la carrera y obtener promociones". Quinto: La Ley de Carrera Judicial en su artículo 102°, correspondiente al capítulo V, Beneficios e Incentivos de la Evaluación Parcial, señala: "los jueces, en estricto orden de méritos, tienen derecho a: 1. Ocupar una vacante provisional en el nivel inmediato superior, siempre y cuando corresponda a su misma especialidad (...)" Sexto: En ese contexto, para promover a un Juez Especializado Titular debe verificarse el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 7° de la referida Ley; por su parte, para el caso de promoción de Juez de Paz Letrado Titular, se deberá evaluar los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley en mención. En ambos casos se deberá considerar en especial el tiempo de desempeño como Juez Titular. Por lo precisado, resulta relevante señalar que el señor doctor Flaviano Ciro Llanos Laurente, Juez Especializado Titular, asignado al Segundo Juzgado Civil de esta Corte, se encuentra comprendido en el Registro de Candidatos en Reserva, correspondiente a la Convocatoria N° 009-2014-SN/CNM, para cubrir las plazas de Jueces Superiores Titulares de Crimen Organizado. Sétimo: Por lo expresado, con la finalidad de optimizar los recursos humanos que posee esta Institución, a efecto de brindar un mejor servicio a los justiciables, es necesario designar a los señores Magistrados que se encuentren aptos para ser promovidos, así como designar y dar por concluidas las designaciones de algunos magistrados. Octavo: Por Resolución Administrativa Nº 178-2015-P-CSJV/PJ de fecha 30 de junio de 2015, se oficializó el Acuerdo de Sala Plena del 24 de junio de 2015, referido a la aprobación de la relación de abogados aptos para el desempeño de cargos como Jueces Supernumerarios en esta Corte Superior de Justicia, siendo la señora doctora Rina Huanca Quispe incorporada, entre otros, como abogados aptos para integrar la lista Jueces de Paz Letrado Supernumerarios de este Distrito Judicial. Noveno: El Presidente de la Corte Superior es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige su política interna, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia; por consiguiente y en virtud de las facultades conferidas, puede designar y dejar sin efecto las designaciones de los Magistrados provisionales y supernumerarios que integran esta Corte Superior de Justicia. En tal sentido, en mérito a los fundamentos antes expuestos, debe procederse a designar a los magistrados que a partir del 15 de julio de 2015 conformarán la Sala Penal de Apelaciones de este Distrito Judicial, Segundo Juzgado de Civil de Ventanilla y Primer Juzgado de Paz Letrado Ventanilla. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 15 de julio de 2015, la designación de la señora doctora CORINA BEATRIZ NECIOSUP ZAPATA, Jueza Superior Supernumeraria de la Sala Penal de Apelaciones

de Ventanilla, a quien se le expresa el agradecimiento por el servicio realizado. Artículo Segundo.- PROMOVER Y DESIGNAR, a partir del 15 de julio de 2015, al señor doctor FLAVIANO CIRO LLANOS LAURENTE, Juez Especializado Titular del Segundo Juzgado Civil de Ventanilla, para que asuma el cargo de Juez Superior Provisional de la Sala Penal de Apelaciones de este Distrito Judicial. Artículo Tercero.- PROMOVER Y DESIGNAR, a partir del 15 de julio de 2015, a la señora doctora YOLANDA PETRONILA CAMPOS SOTELO, Jueza Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, para que asuma el despacho judicial del Segundo Juzgado Civil de Ventanilla de esta Corte Superior. Artículo Cuarto.- DESIGNAR, a partir del 15 de julio de 2015, a la señora doctora RINA HUANCA QUISPE, como Jueza de Paz Letrado Supernumeraria a cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Ventanilla. Artículo Quinto.- RECONFORMAR la Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, a partir del 15 de julio de 2015, según se detalla a continuación: SALA PENAL DE APELACIONES DE VENTANILLA Dra. Olga Lidia Inga Michue Dr. Alfredo Miraval Flores Dr. Flaviano Ciro Llanos Laurente -PresidentaT T P

Artículo Sexto.- DISPONER que la nueva conformación de la Sala Penal de Apelaciones, establecida mediante la presente resolución no deberá impedir la culminación de los procesos con audiencias iniciadas, sesiones continuadas o procesos con vista de la causa pendiente de ser resueltos al 14 de julio de 2015, la que seguirá con el mismo colegiado integrante a dicha fecha, con la finalidad de evitar el quiebre y/o reprogramación de los mismos. Artículo Sétimo.DISPONER que bajo responsabilidad los magistrados salientes y reasignados, deberán presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los despachos conferidos, así como, deberán proceder a la entrega inmediata de las credenciales de magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las misma que serán devueltas a la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, la verificación del cumplimiento de los dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega de inventario respectivo. Artículo Octavo.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución del Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales del Callao, Presidencia de la Junta de Fiscales de Lima Norte, Gerencia de Recursos Humanos del Poder Judicial, Oficina de Personal, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital y de los Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1263260-1

ORGANOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo a Brasil, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" RESOLUCIÓN RECTORAL N° 466-2015-UNASAM Huaraz, 6 de julio de 2015

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