Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2015 (22/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de julio de 2015 /

El Peruano

Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día treinta y uno de marzo del año dos mil quince. SANTOS PABLO AGAMA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día cuatro de mayo del año dos mil quince. OMAR GUSTAVO JIMENEZ FLORES Gobernador Regional 1265078-1

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2015-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha trece de abril del dos mil quince, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece: "Los gobiernos regionales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: "La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: "a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; asimismo, en su artículo 38 señala: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 37 prescribe: "Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, (...)" Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, en su artículo 15 prescribe: "Las entidades deberán aprobar su TUPA como sigue: "(...) Gobierno Regional y sus Organismos Públicos Descentralizados (incluidos los procedimientos de las Direcciones Regionales Sectoriales) por Ordenanza Regional. (...)"; asimismo, en su artículo 16 señala: "Los procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales que forman parte de los Gobiernos Regionales deben incluirse en el TUPA del Gobierno Regional al que pertenezcan. (...)". Que, con Ordenanza Regional Nº 014-2014-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 09 de mayo del 2014 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 19 de junio del 2014, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna se estableció: "ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna (...) correspondientes a DEL GOBIERNO

los órganos de la Sede Regional y la Dirección Regional de Salud (...), de acuerdo al anexo, que forma parte de la presente Ordenanza Regional. (...)". Que, mediante el Oficio Nº 3489-2014-GGR/GOB. REG.TACNA de fecha 23 de octubre del 2014, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna remite el expediente administrativo sobre incorporación de procedimientos al Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Tacna, con el objeto de que sea aprobado mediante Ordenanza Regional, para lo cual se adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, resulta necesario y justificable la emisión de la presente norma regional, toda vez, que coadyuvara con el objetivo general de la Política Nacional de la Modernización de la Gestión Pública la misma que consiste en orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas el proceso de modernización hacia una gestión pública con resultados que impacten positivamente en el bienestar de los ciudadanos y en el desarrollo del País y sobre todo con el objetivo de lograr resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios orientados al ciudadano de la Región de Tacna. Que, con el Informe Nº 398-2014-SGDO-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA del 04 de setiembre del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 1895-2014ORAJ/GOB.REG.TACNA del 15 de octubre del 2014 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el Oficio Nº 3749-2014-GGR/GOB.REG.TACNA del 19 de noviembre del 2014 emitido por la Gerencia General Regional; el Informe Nº 501-2014-SGDO-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA del 17 de noviembre del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Oficio Nº 258-2015-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 27 de febrero del 2015 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que remite el Informe Nº 019-2015-GRPPAT-SGDO/GOB.REG.TACNA del 24 de febrero del 2015 emitido por la Subgerencia de Desarrollo Organizacional y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 005-2015-CR-COPPyAT de fecha 07 de abril del 2015, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "Aprobar la incorporación en el TUPA del Gobierno Regional de Tacna cincuenta y cuatro (54) procedimientos administrativos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna", dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 13 de abril del 2015. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la incorporación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 014-2014-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 09 de mayo del 2014, cincuenta y cuatro (54) procedimientos administrativos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR los requisitos, formularios y las tasas por derecho de tramitación de los cincuenta y cuatro (54) procedimientos administrativos incorporados al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna en mérito a lo establecido en el artículo primero de la presente ordenanza regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna la implementación de la presente Ordenanza Regional.

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