Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2015 (29/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 3122015-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada "ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ESPECIALIZADA MORDAZA BARRIQUELO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 2336-2012-MTC/15, cambiando la ubicacion de local que se encuentra en: Jr. El Puerto Nº 362, (1º, 2º y 3º Piso), Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, al MORDAZA local ubicado en: Jr. MORDAZA Nº1023, Distrito, Provincia y Departamento de Puno. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada "ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ESPECIALIZADA MORDAZA BARRIQUELO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 1214356-1

El Peruano MORDAZA 29 de marzo de 2015

Renuevan autorizaciones otorgadas a la empresa Centro de Operaciones de Revision Tecnica S.R.L. - CORTEC S.R.L. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1101-2015-MTC/15 MORDAZA, 13 de marzo de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 007946, 038545 Y 020412 presentados por la empresa denominada CENTRO DE OPERACIONES DE REVISION TECNICA S.R.L. ­ CORTEC S.R.L. y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares en adelante "El Reglamento", el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables;

Que, mediante Resolucion Directoral N° 465-2010MTC/15, de fecha 15 de febrero de 2010 y publicada el 15 de marzo del mismo ano, se autorizo a la empresa CENTRO DE OPERACIONES DE REVISION TECNICA S.R.L. ­ CORTEC S.R.L., en adelante "La Empresa", como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV para operar con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular: una (01) MORDAZA Mixta y una (01) de MORDAZA Liviana en el local ubicado en la Av. Circunvalacion Manzana S/N, Lote 03, Fundo MORDAZA MORDAZA, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna por el plazo de cinco (05) anos contando a partir del dia de su publicacion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2305-2014MTC/15, de fecha 30 de MORDAZA de 2010 y publicada el 21 de agosto del mismo ano, se autorizo a la empresa CENTRO DE OPERACIONES DE REVISION TECNICA S.R.L. ­ CORTEC S.R.L., la modificacion de una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Liviana a una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Combinada, autorizada mediante Resolucion Directoral N° 465-2010-MTC/15, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N° 0252008-MTC/15 y sus modificatorias; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2438-2014MTC/15, de fecha 09 de junio de 2014 y publicada el 21 de agosto de 2014, se autorizo a la empresa, a operar como Centro de inspeccion Tecnica Movil, la misma que estara a cargo del Centro de Inspeccion Tecnica fija autorizada en la MORDAZA de Tacna, mediante Resolucion Directoral N° 465-2010-MTC/15 y cuyo plazo de vigencia esta condicionado a la autorizacion de funcionamiento del CITV fijo; Que, mediante Parte Diario N° 007946 de fecha 15 de enero de 2015, la empresa, solicita renovacion de autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular: una (01) MORDAZA Mixta y una (01) de MORDAZA Combinada en el local ubicado en la Av. Circunvalacion Manzana S/N, Lote 03, Fundo MORDAZA MORDAZA, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna; para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, mediante Parte Diario N° 020412 de fecha 03 de febrero de 2015, la empresa, solicita acreditar y registrar ante la Direccion General de Transporte Terrestre al senor Elar MORDAZA MORDAZA MORDAZA como tecnico inspector en reemplazo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Choquecota.; Que, mediante Oficio N° 1064-2015-MTC/15.03 de fecha 18 de febrero de 2015 y notificado el 24 de febrero del mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y mediante Parte Diario N° 038545 de fecha 03 de marzo de 2015, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado; Que, cabe senalar lo establecido en el numeral 28.2 del articulo 28° del Reglamento sobre los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular Moviles lo siguiente: "Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Movil: Contenedor, remolque o semirremolque acondicionado con el equipamiento requerido para prestar el servicio de Inspeccion Tecnica Vehicular, que puede trasladarse de un lugar a otro y que se encuentra previamente autorizado por la DGTT para operar en localidades donde no se MORDAZA autorizado la operacion de algun Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Fijo. Estos Centros estaran a cargo de un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV Fijo"; Que, del analisis de los documentos presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar la renovacion de la autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular: una (01) MORDAZA Mixta y una (01) de MORDAZA Combinada y la renovacion de la autorizacion como Centro de Inspeccion Movil MORDAZA Mixta, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 367-2015MTC/15.03, resulta procedente emitir el acto administrativo

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