Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2015 (29/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA 29 de marzo de 2015

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determinado que solo existe responsabilidad funcional respecto de los siguientes: Cargo c) Por tener en su domicilio la MORDAZA expedida por el Centro de Salud de Chavinillo a favor de Jhony MORDAZA MORDAZA cuyo documento es igual al inserto en el Expediente numero ochenta y tres guion dos mil nueve, seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra Jhony MORDAZA MORDAZA, sobre alimentos; que pese a no ser anexado al escrito de contestacion de demanda ha sido admitido y actuado como si fuera un medio de prueba. Cargo d) Por tener en su domicilio el exhorto librado al Juez de Paz del Centro Poblado Andahuaylas ­ Obas, para la notificacion del demandado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, documento que fue recepcionado personalmente por la demandante el diecisiete de noviembre de dos mil nueve, tal como figura en el Expediente numero setenta guion dos mil nueve guion FA, de fojas ocho y diecinueve vuelta, seguido por MORDAZA Florcita MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre alimentos. Cargo e) Por el hecho de tener en su poder el escrito de fecha de recepcion nueve de noviembre de dos mil nueve, el mismo que no obra en original en el Expediente numero treinta guion dos mil ocho, seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre aumento de alimentos. Cargo f) Por tener en su domicilio el cargo del escrito de demanda de fecha veintiseis de agosto de dos mil nueve y anexos, el mismo que obra en original en el Expediente numero sesenta y cuatro guion dos mil nueve guion FA seguido por Rosmery MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre alimentos. Cargo g) Por tener el documento consistente en el escrito sin firmar del demandado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitando la excepcion de falta de legitimidad para demandar que no obra en el Expediente numero ochenta guion dos mil nueve guion FA seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre alimentos. Cargo h) Por tener en su domicilio el escrito de apersonamiento sin firmar, el mismo que no ha sido presentado en el Expediente numero setenta y nueve guion dos mil nueve guion F seguido por MORDAZA Mosquera MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre alimentos. Cargo i) Por tener en su domicilio la demanda a nombre de Micklen Hemer MORDAZA MORDAZA solicitando protocolizacion de documento imperfecto de compra venta, siendo que la escritura imperfecta relacionada con el petitorio de la demanda aparece de fojas treinta y seis a treinta y ocho del Libro de Escrituras Imperfectas de Compra Venta del Juzgado de Paz Letrado de Yarowilca. Cargo j) Por tener en su domicilio el documento consistente en una MORDAZA domiciliaria del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA presentada por MORDAZA MORDAZA Soto; y, Cargo k) Por tener en su domicilio tres hojas MORDAZA firmadas en la parte inferior. Cabe precisar que respecto a los cargos a) y b), la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante resolucion numero veintinueve, de fecha veintiuno de octubre de dos mil once, de fojas seiscientos trece a seiscientos treinta y tres, declaro la no responsabilidad del investigado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los mencionados cargos, y en consecuencia, se le absolvio en dichos extremos. Segundo. Que mediante resolucion numero treinta y siete, de fecha veintiocho de setiembre de dos mil doce, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial en uno de sus extremos, propuso a este Organo de Gobierno se imponga al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA la medida disciplinaria de destitucion, en su actuacion como Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Yarowilca, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por la comision de los actos disfuncionales descritos en el considerando anterior, los mismos que tienen conexion entre si, argumentando que respecto de ellos ha quedado corroborada la responsabilidad disciplinaria del investigado, lo que se desprende de la visita realizada por el Magistrado Sustanciador de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a su domicilio el dia quince de enero de dos mil diez, lo que ha quedado plasmada en el Acta de Constatacion de fojas trescientos

Que, por convenir al servicio resulta necesario dar por concluido el encargo referido en el considerando precedente y designar al funcionario que ejercera dicho cargo; De conformidad con las facultades conferidas en el literal f) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­ SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo Nº 0072013-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR y en atencion a lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de funciones de Intendente Regional de La MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­SUNAFIL otorgado a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sub Intendente de Resolucion de la Intendencia Regional de La MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DESIGNAR al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Nivel Remunerativo F1, en el cargo de Intendente Regional de La MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­ SUNAFIL, cargo considerado de confianza. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Fiscalizacion Laboral SUNAFIL 1217964-2

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Yarowilca, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
(Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 2458-2015-CE-PJ, recibido el 27 de marzo de 2015) INVESTIGACION ODECMA N° 340-2011-HUANUCO MORDAZA, veintiseis de noviembre de dos mil catorce. VISTA: La Investigacion ODECMA numero trescientos cuarenta guion dos mil once guion MORDAZA que contiene la propuesta de destitucion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su desempeno como Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Yarowilca, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero treinta y siete, de fecha veintiocho de setiembre de dos mil doce; asi como el recurso de apelacion interpuesto por el mencionado investigado contra la referida resolucion, en el extremo que dispuso en su contra medida cautelar de suspension preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, hasta que se resuelva en definitiva su situacion juridica materia de investigacion; de fojas seiscientos sesenta y ocho a seiscientos setenta y siete. Oido el informe oral. CONSIDERANDO: Primero. Que al servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA se le atribuyeron diversos cargos; sin embargo, de la investigacion disciplinaria realizada se ha

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