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El Peruano Miércoles 13 de mayo de 2015 552432 las interferencias de los servicios públicos y otros que se encuentren dentro del Derecho de Vía, respecto de los Contratos de Concesión de los proyectos de infraestructura de transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al sector privado bajo concesión o cualquier otra forma que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo. f) Realizar el saneamiento físico-legal de los predios liberados y progresivamente del derecho de vía que conforman la Red Vial Nacional a cargo del MTC, en coordinación con la Unidad Gerencial de Administración. g) Otorgar las autorizaciones para la colocación de avisos no publicitarios dentro del derecho de vía de la infraestructura de transporte relacionada con la Red Vial Nacional, en el ámbito de su competencia y de acuerdo a la normativa vigente. h) Otorgar las autorizaciones para el uso del derecho de vía de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, en coordinación con la Unidades Zonales; conforme a la normativa vigente. i) Suministrar información actualizada del Margesí del Patrimonio Vial de la Red Vial Nacional a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, a las unidades orgánicas competentes del MTC, así como gestionar la base de datos correspondiente. j) Proveer la información necesaria sobre las rutas de la Red Vial Nacional a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, para actualizar el Registro Nacional de Carreteras – RENAC del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC. k) Participar en la formulación del programa de inversión anual de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, en materia de su competencia, así como en el seguimiento y monitoreo de su ejecución. l) Gestionar y administrar la información sobre proyectos y la base de datos en el ámbito de su competencia, así como atender las solicitudes de información requeridas. m) Participar en la elaboración, actualización y propuesta de directivas y normas técnicas en materias de su competencia, en coordinación con la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. n) Administrar los contratos y convenios de su competencia relacionados con la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional. o) Informar al Director Ejecutivo sobre el avance de las actividades a su cargo. p) Elaborar y expedir Resoluciones de Gerencia sobre asuntos de su competencia. q) Proponer, elaborar y visar proyectos de Resoluciones Directorales, contratos, adendas y convenios en lo que corresponda a materias de su competencia. r) Emitir informes y documentos que se requieran, en los procesos administrativos, judiciales y arbitrales cuando se soliciten, en aspectos de su competencia. s) Otras que le asigne el Director Ejecutivo.” “Artículo 40-F.- La Unidad Gerencial de Derecho de Vía está a cargo de un Gerente que es designado por el Viceministro de Transportes, depende jerárquicamente del Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los órganos del Proyecto.” Artículo 2.- Modifi cación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL Modifi car los artículos 7, 9, 30 y 39 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, aprobado por Resolución Ministerial No. 394-2011-MTC/02 y modifi cado por la Resolución Ministerial No. 429-2012- MTC/02, los mismos que quedarán redactados según los siguientes textos: “Artículo 7.- El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, tiene las siguientes Unidades: • ÓRGANO DE DIRECCIÓN - Dirección Ejecutiva • ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL - Órgano de Control Institucional • ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO - Ofi cina Técnica de Concesiones - Ofi cina de Programación, Evaluación e Información - Unidad Gerencial de Asesoría Legal • ÓRGANO DE APOYO - Unidad Gerencial de Administración • ÓRGANOS DE LÍNEA - Unidad Gerencial de Estudios - Unidad Gerencial de Obras - Unidad Gerencial de Conservación - Unidad Gerencial de Puentes e Intervenciones Especiales - Unidad Gerencial de Operaciones - Unidad Gerencial de Derecho de Vía • ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Unidades Zonales” “Artículo 9.- La Dirección Ejecutiva tiene las siguientes funciones: (…) s) Delegar las funciones que considere pertinentes, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponde. t) Resolver en segunda instancia administrativa en los casos que corresponda. u) Otras que le designe el Viceministro de Transportes.” “Artículo 30.- La Unidad Gerencial de Estudios tiene las siguientes funciones: (…) f) Participar en la formulación del programa de inversión anual de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, en materia de su competencia, así como en el seguimiento y monitoreo de su ejecución. g) Gestionar y administrar la información sobre proyectos y la base de datos en el ámbito de su competencia, así como atender las solicitudes de información requeridas. h) Participar en la elaboración, actualización y propuesta de directivas y normas técnicas en materias de su competencia, en coordinación con la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. i) Promover la investigación tecnológica relacionada a materias de su competencia, con el apoyo de las universidades y en coordinación con la Dirección de Estudios Especiales de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. j) Informar al Director Ejecutivo sobre el avance de los proyectos y programas a su cargo. k) Elaborar y expedir Resoluciones de Gerencia sobre asuntos de su competencia. l) Proponer, elaborar y visar proyectos de Resoluciones Directorales, contratos, adendas y convenios en lo que corresponda a materias de su competencia. m) Emitir informes y documentos que se requieran, en los procesos administrativos, judiciales y arbitrales cuando se soliciten, en aspectos de su competencia. n) Otras que le asigne el Director Ejecutivo.” “Artículo 39.- La Unidad Gerencial de Operaciones tiene las siguientes funciones: (…) f) Administrar los contratos en el ámbito de su competencia sobre infraestructura de control de la Red Vial Nacional, en coordinación con las Unidades Zonales, hasta su respectiva liquidación. g) Participar en la formulación y programación de las actividades relacionadas a la Red Vial Nacional en materia de su competencia; así como en el seguimiento y monitoreo de su ejecución. h) Participar en la elaboración, actualización y propuesta de directivas y normas técnicas para el desarrollo de sus funciones en relación a la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional, en coordinación con