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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2015 (13/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Miércoles 13 de mayo de 2015 552434 Aprueban valor total de tasaciones de predios afectados por ejecución de obra de rehabilitación y mejoramiento de tramo de la Carretera Juanjuí - Tocache, ubicados en los distritos de Tocache y Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San Martín RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 197-2015 MTC/01.02 Lima, 29 de abril de 2015 VISTO: La Nota de Elevación N° 347-2014-MTC/20 del Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de las tasaciones de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Juanjui - Tocache, Tramo: Tocache - Pizana; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los artículos 2°, 3° y 4° de la Ley N° 27628 son modifi cados por la Tercera Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura; Que, según el artículo 2° de la Ley N° 27628, el valor de la tasación será fi jado por la Dirección Nacional de Construcción (actualmente, Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnización deberá considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación. Asimismo, establece que el valor total de la tasación es aprobado por resolución ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación. Y según el artículo 3°, la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fi jado por la Dirección Nacional de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; Que, el artículo 27° de la Ley N° 30230 modifi ca la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 estableciendo que, tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley N° 27628, antes de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la Quinta Disposición Complementaria Final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628; Que, según los antecedentes, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron el Convenio Marco N° 037-2009-MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, para que en aplicación de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Dirección efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por dicho Proyecto Especial, así como los ejecutados por los contratos de concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances del Convenio Marco N° 037-2009-MTC/20, ambas partes suscribieron el Convenio Específi co N° 127, de fecha 28 de diciembre de 2012, con el objeto de efectuar la valuación comercial de setenta y siete (77) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Juanjui - Tocache, Tramo: Tocache - Pizana, ubicados en los distritos de Tocache y Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San Martín; Que, la Dirección Nacional de Construcción en cumplimiento del Convenio Específi co N° 127, mediante el Ofi cio N° 1901-2013/VIVIENDA-VMCS-DNC, de fecha 27 de diciembre de 2013, remitió a la Unidad Gerencial de Estudios de Provías Nacional, setenta y siete (77) Informes Técnicos de Tasación correspondiente a los predios afectados por la ejecución de la referida obra vial; Que, el Jefe de Proyectos PACRI - UGE de Provías Nacional alcanza a la Unidad Gerencial de Estudios, el Informe N° 208-2014.HJCA, manifestando que de los 77 Informes Técnicos de Tasación corresponde gestionar la aprobación de las tasaciones efectuadas a 47 predios, ya que del resto unos corresponden a posesionarios y otros han sido observados; señala que los propietarios tienen su derecho debidamente inscrito, que a las referidas tasaciones se les ha agregado un porcentaje adicional del 10% de valor comercial del predio según se detalla en el anexo adjunto, al amparo de la Ley N° 27628, modifi cada por la Ley N° 30025, y el artículo 27° de la Ley N° 30230, culminando de esta manera los procedimientos de adquisición directa que fueron iniciados antes de la vigencia de la Ley N° 30025 (publicada el 22 de mayo de 2013); asimismo, indica que dichos predios fueron afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Juanjui - Tocache, Tramo: Tocache - Pizana, que forma parte de los tramos viales de la Carretera Longitudinal de la Selva comprendida en la lista contenida en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025; Que, la Unidad Gerencial de Estudios a través del Memorándum N° 5866-2014-MTC/20.6 dirigido a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, remite los actuados a fi n de que emita pronunciamiento y disponga el trámite de aprobación de las tasaciones efectuadas por la Dirección Nacional de Construcción; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de Provías Nacional mediante el Informe N° 864-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobación de las tasaciones de los 47 predios materia de los Informes Técnicos de Tasación emitidos por la Dirección Nacional de Construcción, teniendo en cuenta la Ley N° 27628, modifi cada por la Ley N° 30025, y el artículo 27° de la Ley N° 30230; Que, los 47 Informes Técnicos de Tasación corresponden a tasaciones de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Juanjui - Tocache, Tramo: Tocache - Pizana, en los cuales se señalan que las fechas de tasación son del 01 de agosto de 2013, predios localizados en los distritos de Tocache y Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San Martín; asimismo, se señalan a los propietarios de los predios, quienes están acreditados con las correspondientes partidas registrales en la Ofi cina Registral de Juanjui - SUNARP, cuyas copias obran en los antecedentes remitidos; Que, en observancia del marco legal señalado así como los antecedentes que corresponden al procedimiento de adquisición predial vía trato directo al amparo de la Ley N° 27628, resulta procedente la aprobación de las tasaciones mencionadas; De conformidad con las Leyes N°s. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a cuarenta y siete (47) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Juanjui - Tocache, Tramo: Tocache - Pizana, ubicados en los distritos de Tocache y Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San Martín; conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones