Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2015 (14/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 14 de MORDAZA de 2015

552519
Cuarto. Que, por su parte, la Unidad de Investigacion y Anticorrupcion de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial ha obtenido los siguientes medios probatorios contra el investigado: I.- Respecto al primer cargo: a) La declaracion de la quejosa MORDAZA Exna MORDAZA MORDAZA, de fecha dieciseis de octubre de dos mil doce, de fojas doscientos ochenta y siguientes, en la cual indica "... el senor MORDAZA me ofrecio ayuda para poner en orden el predio de mi hija, pero no lo hizo; luego lo busque para reclamarle y que me devolviera el dinero, por lo que fui a verlo el nueve de diciembre al Edificio MORDAZA MORDAZA, el senor de ventanilla me dijo que habia salido, pero le deje dicho que si no habia hecho el trabajo, me devuelva los cuatrocientos cuarenta nuevos soles (...) al dia siguiente se apersono su mama identificandose como la senora MORDAZA MORDAZA diciendo que era abogada (...) quedando que MORDAZA iba a arreglar la situacion, (...) el dia doce de diciembre (...) me dijeron que ya habian arreglado el problema de mi MORDAZA (...) dejando pasar unos dias me apersone a la Notaria averiguando que no se habia arreglado nada (...) regresando nuevamente al Edificio MORDAZA el dia veintiseis de diciembre...". b) La declaracion del investigado Wilfreddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de fecha diecisiete de octubre de dos mil doce, de fojas doscientos ochenta y cuatro, quien refiere "... la senora me pregunto si conocia a una persona que conociera respecto de tramites en Registros Publicos (...) a lo cual le conteste que mi mama es abogada en ejercicio y que tal vez MORDAZA podria realizar ese MORDAZA de labor (...) le presente a la senora MORDAZA a mi senora MORDAZA, dado que mi mama venia algunas veces al Juzgado para recogerme (...)intercambiando telefonos, y luego ellas han tratado, desconociendo la forma como mi mama la ha estado asesorando o patrocinando a la senora (...). La primera oportunidad fue el mes de diciembre de dos mil once, no encontrandome presente, dejando una nota escrita en Mesa de Partes con el senor MORDAZA Bustillos MORDAZA, en la que requerian que mi mama le devuelva su dinero. Luego de unos dias, la senora regresa el veintiseis de diciembre de dos mil once (...)le dije a la senora que cualquier problema que tuviera hablase con mi mama porque yo no tenia nada que ver en su problema (...) y dada la forma amenazante de la quejosa quien me decia que iba a concurrir sistematicamente a las instalaciones del Poder Judicial a hacer escandalo es que opte por enviar un oficio informativo a la sede del INABIF donde labora la acompanante de la quejosa, quien tambien habia procedido con amenaza contra mi persona". c) La declaracion testimonial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del investigado, de fecha cinco de noviembre de dos mil doce, de fojas trescientos treinta y dos y siguientes, senalando que conocio a la quejosa en circunstancias que fue a recoger al investigado a su centro laboral, siendo que la quejosa le indico que estaba haciendo un tramite en la Notaria para inscribir un lote a nombre de su hija, pero que le habian observado unos documentos, por lo que acordaron en que la testigo haria el trabajo estableciendo los honorarios en cuatrocientos nuevos soles, procediendo a intercambiar numeros telefonicos. Fue asi que en el mes de MORDAZA de dos mil once, se apersono al domicilio de la quejosa, quien le entrego los documentos y el dinero por concepto de honorarios, procediendo a realizar el trabajo en el mes de junio de dos mil once, entregando la documentacion trabajada a la senora MORDAZA MORDAZA, por indicacion de la quejosa MORDAZA Cajusol. Sin embargo, en el mes de diciembre de dos mil once recibio una llamada por parte de la quejosa, quien le reclamaba que no habia realizado los tramites, y ante MORDAZA insistencia, dejo de contestar las llamadas, procediendo la quejosa y su acompanante la senora MORDAZA MORDAZA a apersonarse al trabajo de su hijo. d) la declaracion testimonial del senor MORDAZA Bustillos MORDAZA, de fecha trece de noviembre de dos mil doce, de fojas trescientos ochenta y cinco y siguientes, quien refiere laborar en la Mesa de Partes del Modulo D guion dieciseis, ubicado en el piso dieciseis del Edificio MORDAZA MORDAZA, senalando que "... fue en el mes de diciembre de dos mil once, cuando en la tarde se apersonaron las dos senoras preguntadnos por el servidor MORDAZA MORDAZA (...) momento en que una de las senoras me hizo entrega de un pedazo de papel con una nota que decia que la mama del especialista le devuelva la suma de cuatrocientos

Secretarios de Juzgado previsto en el inciso veinticuatro del articulo doscientos sesenta y seis del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, concordante con el literal b) del articulo cuarenta y uno del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial; y los articulos dos, tres y trece del Codigo de Etica del Poder Judicial, comportamiento funcional indebido inmerso en la prohibicion de los literales h) y q) del articulo cuarenta y tres del citado reglamento, y que constituye falta muy grave prevista en los numerales uno, dos y ocho del articulo diez del Reglamento del Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; y, ii) Usurpar funciones que no le competen, al utilizar los sellos y logotipo del Poder Judicial para fines privados de indole personal, al haber cursado la Carta numero cero uno guion dos mil once guion Primero JECL guion WLGS a la Direccion Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF), remitiendo informes contra la quejosa y la testigo MORDAZA MORDAZA MORDAZA (personal de dicha institucion publica), con la agravante de informar sin previo requerimiento ni disposicion de la autoridad judicial y fungiendo de Juez; actitud irregular que ha generado el despido inmediato de la testigo, quien laboraba bajo el regimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), situacion irregular que contraviene gravemente el deber de los Secretarios de Juzgado previsto en el inciso veinticuatro del articulo doscientos sesenta y seis del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, concordante con el literal h) del articulo cuarenta y dos del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, y los articulos dos, tres y trece del Codigo de Etica del Poder Judicial; comportamiento funcional indebido inmerso en la prohibicion de los literales f) y t) del articulo cuarenta del citado reglamento, y que constituye falta muy grave prevista en el numeral diez del articulo diez del Reglamento del Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial. Segundo. Que la investigacion se inicio en merito de la queja de fecha veintitres de diciembre de dos mil once formulada por la senora MORDAZA Exna MORDAZA MORDAZA, de fojas uno, formulada ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, contra el senor Wilfreddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Especialista Legal del Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, senalando la quejosa que con motivo de ser parte en un MORDAZA sobre obligacion de dar suma de dinero, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, conocio al investigado MORDAZA MORDAZA, a quien solicito orientacion para inscribir un bien inmueble ante la Notaria y los Registros Publicos, obteniendo como respuesta de parte del investigado, que este podia realizar dichos tramites cobrandole la suma de cuatrocientos cuarenta nuevos soles, los cuales fueron entregados en su totalidad en el Juzgado de Paz Letrado mencionado. Sin embargo, habiendo transcurrido cuatro meses, y habiendo verificado la quejosa que el investigado no habia realizado el trabajo, pidio apoyo a su amiga MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien labora en el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF), para buscar al investigado en su MORDAZA centro de trabajo, Primer Juzgado Constitucional ubicado en el Edificio MORDAZA Valdez; y, al no encontrarlo le dejo una nota con el encargado de la Mesa de Partes. Ante tal situacion, la MORDAZA del quejado se apersono al domicilio de la quejosa indicandole que MORDAZA realizaria el trabajo, lo cual tampoco cumplio. Tercero. Que el quejado Wilfreddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA refiere, al formular su descargo obrante a fojas doscientos once, lo siguiente: i) Que en ningun momento ha realizado tramite alguno para la inscripcion de un bien inmueble ante la Notaria y Registros Publicos. ii) Que no ha recibido suma de dinero; y, iii) Que no ha usurpado a ninguna autoridad, funcionario o persona, pues ello implica efectuar mandato u orden a otras autoridades, supuestamente haciendose pasar por otros; sin embargo, ello no ha sucedido en el presente caso, pues ha actuado de buena fe en todo momento; por lo que, solicita se tenga presente el MORDAZA de licitud, puesto que solo se limito a informar a las entidades pertinentes de los hechos causados por la testigo dentro del local jurisdiccional; la misma que en conjunto con la quejosa se encontraba perturbando, alterando y trastornando el normal desarrollo de las labores.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.