Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2015 (03/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de noviembre de 2015 /

El Peruano

9.10 del Contrato, salvo cuando el motivo de la reparación sea imputable al ARRENDATARIO. g. Subarrendar el inmueble materia de arrendamiento. Los derechos y obligaciones que se generen por el subarrendamiento, no son oponibles al ARRENDADOR. [Incluir esta cláusula si así lo acuerdan las partes] UNDÉCIMA: RESOLUCIÒN DEL CONTRATO 11.1 El presente contrato podrá resolverse:

y cumpla con las disposiciones del Decreto Legislativo y su Reglamento. 13.2. La copia certi cada del FUA tiene mérito de inscripción en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP, sin necesidad de formalidad adicional alguna. DÉCIMO CUARTA: AUTORIZACIÓN DEL USO DE DATOS PERSONALES El ARRENDATARIO autoriza al ARRENDADOR, a dar a conocer sus datos personales, así como su puntualidad o morosidad en el pago de las rentas de arrendamiento, gastos comunes y servicios del inmueble, proporcionando dicha información al RAV y a cualquier otro registro de historiales crediticios que lo solicite, en el marco del Decreto Legislativo y su Reglamento. DÉCIMO QUINTA: ACUERDOS ADICIONALES Las partes han pactado acuerdos adicionales que se incorporan como Anexo N° 1 al presente contrato y declaran que en ninguna medida éstos contravienen el régimen del Decreto Legislativo, su Reglamento, ni demás legislación aplicable vigente, caso contrario, se entenderán por no adoptados. [Esta cláusula se incorpora al Formulario siempre y cuando se cuente con el Anexo Nº 1 en el que se describan los acuerdos adicionales] DÉCIMO SEXTA: DOMICILIO Toda comunicación cursada al domicilio del ARRENDADOR señalado en el presente contrato, se tendrá por realizada de manera correcta, salvo que éste hubiera comunicado formalmente de cualquier variación en forma oportuna. En el caso del ARRENDATARIO, para efecto de cualquier acción legal, se entenderá como su domicilio la dirección del inmueble materia de arrendamiento. DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Todas las controversias que se susciten entre las partes, como consecuencia de la interpretación, ejecución y demás actos que se deriven del presente contrato, que no se solucionen de común acuerdo, quedan sometidas a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial de __________________. DÉCIMO OCTAVA: MARCO NORMATIVO En todo lo no previsto en el presente contrato, regirá lo dispuesto en el Decreto Legislativo y su Reglamento y, en defecto de ellos, el Código Civil vigente. Los abajo rmantes damos fe de haber leído íntegramente el presente documento y estar enterados y de acuerdo de su contenido, así como su objeto, validez y efectos legales; y en señal de conformidad lo rmamos, en la ciudad de____________, a los ____ días del mes de _________________________ del 20______.

a. Por mutuo acuerdo entre las partes, en acta con rmas legalizadas. b. Por uso del inmueble de manera distinta a vivienda, sustentada en la comunicación notarial. c. Incumplimiento de pago de la renta convenida por dos (02) meses consecutivos dentro del plazo contractual, sustentado en la comunicación notarial. d. Incumplimiento de pago de los conceptos complementarios señalados en la Cláusula Sexta, por seis (6) meses consecutivos, dentro del plazo contractual, sustentada en la comunicación notarial. e. Por decisión unilateral del ARRENDADOR o del ARRENDATARIO, debiendo comunicar su decisión de resolver el contrato, dando previo aviso a la otra mediante Carta Notarial, con una anticipación no menor de _____ (Indicar el plazo pactado por las partes) días calendario. Transcurrido dicho plazo el contrato queda resuelto de pleno derecho. f. Por incumplimiento de una o más obligaciones del ARRENDATARIO o del ARRENDADOR. 11.2 Para el caso del literal b, se debe adjuntar a la Carta Notarial el documento de constatación policial respectivo. Para el caso de los literales c y d, se debe adjuntar a la Carta antes referida, el estado de la cuenta de abono o la liquidación del saldo deudor. 11.3 La resolución unilateral prevista en el literal e, da lugar al pago de una compensación, equivalente a S/.___________ [Indicar el número de rentas que pacten las partes] rentas mensuales. 11.4 El procedimiento para la causal de resolución prevista en los literales e. y f., se rige por las disposiciones del Código Civil. DUODÉCIMA: DEL DESALOJO Son causales de desalojo del inmueble, las siguientes: a) Conclusión del contrato por vencimiento del plazo contractual, establecido en la Cláusula Quinta del presente Formulario. b) Resolución contractual de mutuo acuerdo, sustentada en acta con rmas legalizadas. c) Incumplimiento de pago de la renta mensual convenida por dos (02) meses consecutivos, dentro del plazo contractual, sustentada en la resolución del contrato comunicada mediante carta notarial adjuntando el estado de cuenta de la cuenta de abono. d) Incumplimiento de pago de los conceptos complementarios, por seis (6) meses consecutivos, dentro del plazo contractual, sustentada en la resolución del contrato comunicada mediante carta notarial adjuntando el estado de cuenta de la cuenta de abono o la liquidación del saldo deudor emitida por la empresa respectiva. e) Uso del inmueble de manera distinta a vivienda, sustentado en la resolución del contrato comunicada mediante carta notarial adjuntando el documento de constatación policial respectivo. DÉCIMO TERCERA: MÉRITO DE EJECUCIÓN Y DE INSCRIPCIÓN DEL FUA 13.1. El presente contrato tiene mérito de ejecución ante el Poder Judicial, siempre y cuando cuente con rmas certi cadas ante Notario, o el Juez de Paz Letrado, según corresponda, y esté inscrito en el Registro Administrativo de Arrendamiento para Vivienda

____________________ EL ARRENDADOR Nombre: DNI:

___________________ EL ARRENDATARIO Nombre: DNI:

____________________ Nombre: DNI:

____________________ Nombre: DNI:

El Notario, o el Juez de Paz Letrado, según corresponda, después de veri car la identidad de las partes y que la propiedad del inmueble corresponde al ARRENDADOR, da fe que en su presencia se suscribe el presente FUA, expide copias certi cadas a favor de cada una de las partes y lo registra en el RAV.

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