Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2015 (03/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la O cina de Trámite Documento de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz 315-Mira ores, provincia y departamento de Lima, o por vía electrónica a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyRegGIR@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1307037-1

Autorizan difusión en el Portal del Mercado de Valores del proyecto de norma que incorpora un Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10180) "Reporte sobre la implementación de prácticas de Responsabilidad Social Corporativa", la misma que forma parte del Manual para la Preparación de Memorias Anuales, Reportes Trimestrales y otros documentos informativos y cuyo contenido se desarrolla en la Sección Tercera de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos
RESOLUCIÓN SMV Nº 029-2015-SMV/01 Lima, 2 de noviembre de 2015 VISTOS: El Expediente N° 2015041763 y el Informe Conjunto N° 874-2015-SMV/06/12/13 del 27 de octubre de 2015, emitido por la O cina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Riesgos y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el proyecto de norma que incorpora un Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10180) "Reporte sobre la implementación de prácticas de Responsabilidad Social Corporativa", la misma que forma parte del Manual para la Preparación de Memorias Anuales, Reportes Trimestrales y otros documentos informativos y cuyo contenido se desarrolla en la Sección Tercera de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, ambas aprobadas por Resolución de Gerencia General N° 21198-EF/94.11 (en adelante, el Proyecto); CONSIDERANDO: Que, conforme al literal a) del artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y sus modi catorias, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5º de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión; Que, resulta relevante que los emisores con valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores revelen información relacionada con su impacto en el medio ambiente y desarrollo social, a n de que el mercado pueda identi car aquellas empresas que cumplen con ciertos estándares de responsabilidad social, complementando con ello la información que los emisores vienen revelando con respecto a su grado de adhesión a los principios de buen gobierno corporativo;

Que, la SMV reconoce que la adopción de prácticas de responsabilidad social es voluntaria; sin embargo, para aquellos titulares de valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores, resulta importante conocer los estándares y prácticas de responsabilidad social corporativa que los emisores vienen implementando, para cuyo n, en línea con el principio "cumple o explica" reconocido internacionalmente, se dispone que éstos brinden información relacionada con dichas prácticas en el orden y formato establecido por la SMV, incorporando para ello, como anexo en la Memoria Anual, el "Reporte sobre la implementación de prácticas de Responsabilidad Social Corporativa"; Que, actualmente existen entidades con valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores que vienen adoptando voluntariamente prácticas para reportar al mercado información acerca del impacto de sus operaciones sobre el medio ambiente, el bienestar social y el desarrollo económico, información que es importante sea difundida al mercado en la misma oportunidad que su Memoria Anual; Que, según lo dispuesto en la Resolución SMV Nº 014-2014-SMV/01, que aprueba la Política sobre publicidad de proyectos normativos y normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV, se considera necesario difundir, a través del Portal del Mercado de Valores, el Proyecto por quince (15) días calendario, a efectos de que el público pueda durante dicho plazo formular sus sugerencias y comentarios a la propuesta normativa; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1° y el literal b) del artículo 5° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y modi cado por la Ley N° 29782 y Ley N° 30050 , el artículo 2° del Reglamento para la Preparación y Presentación de Memorias Anuales y Reportes Trimestrales, la Resolución SMV N° 014 2014-SMV/01, que aprueba la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV; así como a lo acordado por el Directorio de la SMV en su sesión del 02 de noviembre de 2015; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la difusión del proyecto de norma que incorpora un Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10180) "Reporte sobre la implementación de prácticas de Responsabilidad Social Corporativa", la misma que forma parte del Manual para la Preparación de Memorias Anuales, Reportes Trimestrales y otros documentos informativos y cuyo contenido se desarrolla en la Sección Tercera de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, ambas aprobadas por Resolución de Gerencia General N° 211-98-EF/94.11. Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3°.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario O cial El Peruano. Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la O cina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz 315-Mira ores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyRepSost@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1307038-1

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