Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2015 (03/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de noviembre de 2015 /

El Peruano

la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O cial El Peruano. Artículo 4.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la O cina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz 315- Mira ores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyReglaECR@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1307039-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban la conversión de la Oficina Receptora de San Borja a Oficina Registral ubicada en el departamento de Lima, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° IX Sede Lima
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 280-2015-SUNARP/SN Lima, 30 de octubre de 2015 VISTOS, los O cios N°1006 y 1188 2015-ZRN°IX/ JEF, del Jefe (e) de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima; los Memorándums N° 1259-2015-SUNARP/OGPP y N°1134-2015-SUNARP/DTR, de la O cina General de Planeamiento y Presupuesto; y de la Dirección Técnica Registral; así como, los Informes N° 898-2015-SUNARP/ OGA; N° 282-2015-SUNARP/OGTI y N°11592015-SUNARP/OGAJ; de la O cinas Generales de Administración; Tecnologías de la Información y Asesoría Jurídica, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 26366, se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP, organismo autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar políticas y normas técnico - administrativas de los Registros Públicos; Que, a n de continuar con las políticas de gestión, inclusión social y descentralización, la Sunarp viene implementando O cinas Registrales en zonas estratégicas del país con el objetivo de bene ciar, de manera e caz y oportuna, a mayor número de ciudadanos, con los servicios registrales que brinda la entidad; Que, mediante O cios de Visto, el Jefe (e) de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima, solicita la aprobación de la conversión de la O cina Receptora de San Borja a O cina Registral remitiendo para ello, el Resumen Ejecutivo del Estudio Técnico contenidos en el respectivo Expediente Técnico-Económico; Que, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 002-2015-SUNARP/SN, que establece los lineamientos para la conversión de O cina Receptora en O cina Registral y/o apertura y funcionamiento desconcentrado de Registro o Sección Registral, el estudio técnico deberá contener el análisis técnico cuali-cuantitativo de las Unidades de Planeamiento y Presupuesto; de Registral; de Administración y Tecnologías de la Información, así como un Resumen Ejecutivo que contenga el análisis de la demanda y otros aspectos relevantes como las externalidades positivas y negativas, archivo registral, evaluación tecnológica, bene cios, costos y contar con

las conformidades de las Unidades antes mencionadas tanto como de las O cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto; Registral; Administración y Tecnologías de la Información para nalmente ser revisado y visado por la O cina General de Asesoría Jurídica, la misma que de corresponder, consolidará la información que será remitida para aprobación del Consejo Directivo de la Sunarp; Que, de acuerdo a los estudios técnicos y análisis de la demanda efectuados por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima, la O cina Receptora de San Borja se encuentra ubicada en el distrito del mismo nombre, provincia de Lima, con principales vías de acceso y transporte urbano, alcanzando a distritos de alta a uencia como El Agustino, La Victoria, La Molina, San Juan de Lurigancho, Ate, Santa Anita, San Luis y Surquillo, que en su conjunto hacen un total de 2'745,474 habitantes aproximadamente, según información del INEI, que constituiría la población bene ciada con los servicios registrales que prestaría la propuesta O cina Registral de San Borja; Que, la O cina General de Planeamiento y Presupuesto opina favorablemente respecto a la conversión de la O cina Receptora de San Borja a O cina Registral, indicando que ésta se encuentra ubicada en una zona preponderantemente comercial, rodeada de instituciones nancieras y diversos agentes económicos, destacando que existen un total de 31 notarías muy cercanas a la propuesta O cina Registral de San Borja que generan una alta demanda de los servicios registrales; Que, la futura O cina Registral de San Borja atenderá con el actual personal de la O cina Receptora, además de dos registradores públicos, cuatro asistentes registrales, tres abogados certi cadores, cuatro cajeros, tres orientadores, tres administrativos y tres digitadores; Que, respecto a la rentabilidad, sostiene que el valor VAI asciende a S/.404,373, el valor VABN a S/.18'953,597 y el TIR posee un valor de 1,045%, valores altos que indican que el proyecto tiende a ser viablemente positivo; Que, la O cina General de Tecnologías de la Información mani esta su conformidad respecto a la evaluación tecnológica que compete a su área, en relación a la conversión de la O cina Receptora de San Borja a O cina Registral; Que, por otro lado, la O cina General de Administración, considera viable la conversión de la mencionada O cina Receptora, desde el punto de vista administrativo; Que, asimismo, la Dirección Técnica Registral, a través del Memorándum N°1134-2015-SUNARP/DTR, considera procedente la conversión de la O cina Receptora de San Borja a O cina Registral; Que, estando a lo acordado en Sesión de Consejo Directivo N° 320, de fecha 26 de octubre de 2015, con los vistos de Secretaría General, de la Dirección Técnica Registral y de las O cinas Generales de Asesoría Jurídica, de Administración, de Tecnologías de la Información y de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la conversión de la O cina Receptora de San Borja a O cina Registral, ubicada en el distrito del mismo nombre, provincia y departamento de Lima, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° IX - Sede Lima. Artículo Segundo.- La Jefatura de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, mediante resolución, detallará los servicios registrales que se brindarán en la nueva O cina Registral de San Borja. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos SUNARP 1306719-1

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