Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2015 (25/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 25 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Administrativos y Servicios Administrativos brindados en exclusividad, requisitos, costos administrativos y derechos de trámite, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA que figura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza, el cual fue remitido por medio del Oficio Nº 79-2015-GM/MLV al Servicio de Administración Tributaria para su ratificación ante el Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima . Que, la Ordenanza Nº 1533-MML y su modificatoria por Ordenanza Nº 1833-MML, establece que el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulan tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones, deberán ser presentadas para su ratificación ante la Municipalidad Metropolitana de Lima, señalándose un cronograma para tal efecto; asimismo, con Ordenanza Nº 1879-MML, se suspendió el cronograma señalado por la Ordenanza antes referida, precisándose que las Municipales distritales de la Provincia de Lima podrán formular sus solicitudes de ratificación durante el período 2015. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 277, de fecha 15 de Octubre del 2015, el Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima ratifica treinta (30) derechos de trámite con treinta (30) procedimientos administrativos listados en el Anexo A del Informe Técnico Legal Nº 266-181-00000199, del 6 de octubre de 2015 del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, que forman parte del presente Acuerdo y aprobados en la Ordenanza Nº 222-2015/MDLV por la Municipalidad Distrital de La Victoria. Asimismo, en el Acuerdo de Concejo ratificatorio mencionado, se deja constancia que su vigencia se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación del texto de la Ordenanza Nº 222-2015/MDLV en el Diario Oficial "El Peruano", así como del Anexo de la ordenanza que contiene los procedimientos y/o servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA, respecto de los derechos de trámite que cuenten con opinión favorable y que sean ratificados, el cual deberá ser publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el Portal Institucional. A ello, la publicación se deberá realizar sin perjuicio que la Municipalidad normativamente deje sin efecto en forma expresa los derechos de trámite correspondientes a aquellos procedimientos y/o servicios exclusivos incluidos en el Anexo de la Ordenanza Nº 222-2015/MDLV que no cuentan con pronunciamiento favorable y no se encuentran listados en el Anexo A del Informe Nº 266-18100000199, del 6 de octubre de 2015. Que, el Artículo 36, numeral 36.1 de La Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente en el caso de los gobiernos locales mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprometidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, el Artículo 40 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las

ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de La Ley Nº 27444, establece que una vez aprobada el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, en el caso de los gobiernos locales, por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 112-2015-SGPR-GPP/MLV, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización indica la necesidad de dejar sin efecto mediante Decreto de Alcaldía los derechos de trámite de los procedimientos y/o servicios exclusivos que no cuenten con pronunciamiento favorable incluidos en el Anexo de la Ordenanza Nº 2222015/MDLV; Que, mediante Informe Nº 418-2015-GAJ-MLV, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la unidad a su cargo concuerda en parte con las conclusiones emitidas mediante informe Nº 112-2015-SGPRGPP/MLV de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización; precisando que respecto al punto de que media te Decreto de Alcaldía se deje sin efecto los derechos de trámite de los procedimientos y/o servicios exclusivos que no cuenten con pronunciamiento favorable y que son parte del anexo de la ordenanza Nº222-NLV-2015, concluye que: "...debe rectificarse por cuanto mediante una norma de rango inferior no puede dejarse sin efecto los derechos aprobados por una de mayor jerarquía, por lo cual el artículo primero del decreto deberá decir Modificar sustituyendo el término dejar sin efecto, conforme a lo señalado en el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General". Que, en mérito a lo expuesto, es necesario emitir el acto administrativo correspondiente; conforme a lo solicitado por la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización y lo opinado por Asesoría jurídica. De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y los considerandos expuestos, conforme a las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y con el visto bueno de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR EL Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de la Victoria, aprobado mediante Ordenanza Nº 222-2015/MDLV, y ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 277 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, eliminándose los procedimientos y/o servicios exclusivos cuyos derechos de trámite no cuentan con pronunciamiento favorable, considerando sólo lo nombrado en el Acuerdo ratificado y que a continuación se detalla:

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA UNIDAD ORGÁNICA Nº 6.2 6.2.1 SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS, TRÁNSITO Y TRANSPORTE 6.2.2 6.2.3 6.2.4 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD DERECHO DE TRÁMITE (S/.) 3,850 % UIT

SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS, TRÁNSITO Y TRANSPORTE AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICIACIONES REGULARIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES REGULARIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICIACIONES 9.80 9.80 9.80 9.80 0.25% 0.25% 0.25% 0.25%

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