Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2015 (25/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Rentas y sus Subgerencias, debiendo todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Segunda.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Jesús María www.munijesusmaria.gob. pey su correspondiente difusión masiva. Tercera.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza, así como prorrogar su vigencia. Cuarta.- DERÓGUESE todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1315696-3

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Aprueban el "Plan Municipal del Libro y la Lectura 2016 - 2021"
ORDENANZA N° 302 La Molina, 19 de noviembre de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 06-2015, de la Comisión de Desarrollo Humano y la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre el Proyecto de Ordenanza mediante el cual se aprueba el Plan Municipal del Libro y la Lectura 20162021; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y dentro de los márgenes permitidos por Leyes Generales; Que, el numeral 11), del Artículo 82°, de la Ley N° 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el Gobierno Nacional y el Regional, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados."; asimismo, en su numeral 19) prescribe "Promover actividades culturales diversas."; Que, el Artículo 4°, del Decreto Supremo Nº 002-2014MC que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que "Los gobiernos Regionales, las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de por lo menos una biblioteca en su localidad (...)"; Que, mediante Informe N° 200-2015-MDLM-GDHSGECDT, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Turismo presenta el Proyecto de Ordenanza que aprueba el "Plan Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021", como cumplimiento de la Meta 27 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal;

Que, con Informe No. 082-2015-MDLM-GDH, la Gerencia de Desarrollo Humano, hace suyo el Informe mencionado en el párrafo precedente; asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 303-2015-MDLM-GAJ emite opinión legal favorable a dicho proyecto de Ordenanza, elevando los actuados a la Gerencia Municipal, a fin de continuar con el trámite correspondiente para su aprobación por el Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 016-2015-MDLM-GM, la Gerencia Municipal eleva la presente propuesta normativa a fin que sea aprobada por el Concejo Municipal conforme a sus atribuciones, haciendo uso de su iniciativa legislativa según lo dispuesto por el literal l) del Artículo 21º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Molina, aprobado con Decreto de Alcaldía N° 018-2014, en base al cual la Gerencia Municipal tiene entre sus funciones y atribuciones: "Asesorar al Alcalde y a los miembros del Concejo Municipal en los asuntos de su competencia, proponiendo la inclusión de temas en la Agenda de las Sesiones de Concejo Municipal."; Estando a lo expuesto, así como al Dictamen Conjunto N° 06-2015 de la Comisión de Desarrollo Humano y la Comisión de Asuntos Jurídicos; y de conformidad a lo establecido por el Numeral 8) del Artículo 9° y Artículo 40° de Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL "PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA 2016-2021" Artículo Primero.- APROBAR el "Plan Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021" de la Municipalidad Distrital de La Molina, como instrumento obligatorio de planeamiento y gestión, como una política pública local, de promoción del libro y de la lectura, en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes; el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- INCLUIR el "Plan Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021" de la Municipalidad Distrital de La Molina, en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado del Distrito 2012-2021 como parte del Objetivo Estratégico de Desarrollo D-C.2 referido a la Mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. Artículo Tercero.- CREAR el Consejo Municipal del Libro y la Lectura, como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública en la promoción del libro y de la lectura en el distrito. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía se establezca la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de la Molina. Artículo Quinto .-ESTABLECER que La Secretaría Técnica del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de La Molina, estará bajo la responsabilidad de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Turismo de la Gerencia de Desarrollo Humano. Artículo Sexto.- DISPONER que la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Turismo se encargue de la implementación del "Plan Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021, de la Municipalidad Distrital de La Molina, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y a la Gerencia de Administración y Finanzas, llevar a cabo los mecanismos eficientes para el financiamiento de la ejecución del "Plan Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021". Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación de la misma en el Portal de Transparencia de La Municipalidad de La Molina.

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