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605520 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2016 / El Peruano CODIGO CERTIFICADORA DE CONVERSION A GLP AMBITO DE OPERACIÓN AUTORIZADO 15 ICONTEC DEL PERÚ S.R.L. NACIONAL 16 CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - CEDIVE S.A.C. NACIONAL 18 AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C. NACIONAL 19 MOTOR GAS G E.I.R.L. REGIONAL (LA LIBERTAD) 20 CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L. NACIONAL 21 CERTIFICADORA CORPORATIVA DEL PERU E.I.R.L. NACIONAL 23 S& H INGENIEROS SAC REGIONAL (LAMBAYEQUE) 1459439-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Encargan funciones de la Dirección Ejecutiva de Calidad del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 329-2016-J-OPE/INS Lima, 30 de noviembre de 2016 VISTO: La Carta de fecha 24 sde octubre de 2016, presentada por la Químico Farmacéutica Julia Elena Collazos Sotelo, Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Calidad del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 376-2014-J-OPE/INS, de fecha 03 de diciembre de 2014, se designa a la Químico Farmacéutica Julia Elena Collazos Sotelo en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Calidad del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud; Que, el artículo 82 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 05-90-PCM, establece que el encargo de funciones es temporal, excepcionalmente y fundamentado para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva y en ningún caso debe exceder el ejercicio presupuestal; Que, mediante documento de visto, la Químico Farmacéutica Julia Elena Collazos Sotelo presenta su carta de renuncia al cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Calidad del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud; Que, en ese sentido resulta necesario aceptar la misma, debiéndose encargar las funciones de dicha Dirección Ejecutiva para su normal funcionamiento; Con el visado del Sub Jefe y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2013-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la Químico Farmacéutica Julia Elena Collazos Sotelo al cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Calidad del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la servidora Rosa Luz Nalvarte Estrada las funciones de la Dirección Ejecutiva de Calidad del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud, en adición de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SUÁREZ OGNIO Jefe 1459199-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Dictan mandato de conexión a favor de PROGENERE S.A.C. a fin de que LUZ DEL SUR S.A.A. le permita la utilización de sus redes RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 257-2016-OS/CD Lima, 24 de noviembre de 2016 VISTA: La solicitud del 22 de setiembre de 2016, formulada por la empresa PROGENERE S.A.C. (en adelante PROGENERE), a fin que Osinergmin emita un mandato de conexión a la Empresa de LUZ DEL SUR S.A.A. (en adelante LDS), de acuerdo con lo previsto en el “Procedimiento para fijar las condiciones de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmisión y Distribución Eléctrica”, aprobado mediante Resolución N° 091-2003-OS/CD (en adelante Procedimiento de Libre Acceso). CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1. 22 de setiembre de 2016: PROGENERE solicita a Osinergmin que emita un mandato de conexión provisional a fi n de que LDS permita efectuar la conexión de la Central Térmica La Gringa VI (en adelante la Central) a la instalación comprendida en la Barra de la SED No. 1474 (redes de media tensión de 22.9 Kv) del Sistema Las Praderas, Lurín. 1.2. 3 de octubre de 2016: Mediante Ofi cio N° 3501-2016-OS-DSE, se traslada a LDS la solicitud de mandato de conexión presentado por PROGENERE, a