Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2016 (01/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 1 de diciembre de 2016
AÑO / MES 2016 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE 104,129063 104,371647 104,065551 103,366032 103,286323 103,864684 103,555669 104,000491 104,821468 105,302540 105,531216 0,03 0,23 -0,29 -0,67 -0,08 0,56 -0,30 0,43 0,79 0,46 0,22

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

605527

NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL (BASE: DICIEMBRE 2013=100) MENSUAL ACUMULADA

0,03 0,26 -0,03 -0,71 -0,78 -0,23 -0,52 -0,10 0,69 1,15 1,37

Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de diciembre de 2016, al señor Juan Antonio Silva Sologuren en el cargo de Director de Supervisión, cargo público considerado de confianza; así como encargar al citado funcionario las funciones de la Dirección de Gestión de Riesgos del OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Presidenta Ejecutiva 1458566-1

SUPERINTENDENCIA
Artículo 2°.- Disponer, la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información oficial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de noviembre de 2016. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1459449-2

NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban Procedimiento Específico "Uso y Control de Precintos de Alta Seguridad" INPCFA-PE.00.08 (versión 1)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 46-2016/SUNAT/5F0000 Callao, 30 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que el literal a) del artículo 165 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053, establece que la Administración podrá disponer la ejecución de acciones de control, antes y durante el despacho de las mercancías, con posterioridad a su levante o antes de su salida del territorio aduanero, entre otras, la imposición de precintos u otros dispositivos y cualquier otra acción necesaria para el control de las mercancías y medios de transporte; Que del mismo modo, el literal d) de los artículos 16 y 46 de la Ley General de Aduanas dispone que los operadores de comercio exterior y los administradores o concesionarios de los puertos, aeropuertos o terminales terrestres internacionales, deben implementar las medidas de seguridad dispuestas por la autoridad aduanera; así como cautelar y mantener la integridad de estas, o de las que hubieran sido implementadas por la Administración Aduanera o los mencionados obligados, por disposición de la autoridad aduanera, según corresponda; Que es necesario aprobar el procedimiento específico "Uso y Control de Precintos de Alta Seguridad" INPCFAPE.00.08 (versión 1), a fin de implementar determinadas medidas operativas de seguridad; En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, y a la Resolución de Superintendencia N° 172-2015/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébase el procedimiento específico "Uso y control de Precintos de Alta Seguridad" INPCFAPE.00.08 (versión 1), que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de abril del 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Intendente Nacional Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo Estratégico

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Designan Director de Supervisión y encargan funciones de la Dirección de Gestión de Riesgos del OSCE
RESOLUCIÓN Nº 463-2016-OSCE/PRE Jesús María, 25 de noviembre de 2016 VISTO: El Memorando Nº 1451-2016/OAD, de fecha 22 de noviembre de 2016, de la Oficina de Administración; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, estando su personal sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, se ha considerado conveniente designar al profesional que ocupará el cargo de Director de Supervisión, así como al profesional que se encargará de asumir las funciones de la Dirección de Gestión de Riesgos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, por lo que resulta necesario emitir el acto de designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el literal c) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y, con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;

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