Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 188

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Artículo Segundo.- DISPONER, el levantamiento de la carga establecido en el Artículo Tercero de la Resolución de Sub Gerencia Nº 407-2015-MDA/GDU-SGHUE de fecha 30 de marzo del 2015 emitida por la Municipalidad de Ate, sobre la obligatoriedad del pago correspondiente al déficit de aporte de Parques Zonales, Ministerio de Educación y Renovación Urbana; al haber cancelado todos los aportes ante las entidades correspondientes. Artículo Tercero.- DISPONER, el levantamiento de la carga establecido en el Artículo Cuarto de la Resolución de Sub Gerencia Nº 407-2015-MDA/GDU-SGHUE de fecha 30 de marzo del 2015 emitida por la Municipalidad de Ate, sobre la cancelación total de la Liquidación Nº 2672014-MDA/GDU-SGHUE de fecha 31/12/14 fraccionada mediante Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 06-2015-MDA-GAT/SGRyC-FM de fecha 16/03/15, al acreditarse la cancelación de las 5 cuotas. Artículo Cuarto.- INCORPORAR en la jurisdicción del Distrito de Ate, el mencionado predio que se Recepciona como Urbano. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo máximo de 30 días calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao ­ SUNARP para los efectos de su Inscripción correspondiente; al SERPARLIMA, al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a EMILIMA, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y a los interesados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL IVAN RIVERA VILLENA Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones 1468122-1

Recepcionan obras de habilitación urbana sin variación de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 248-2016-MDA/GDU-SGHUE Ate, 21 de marzo de 2,016 EL SUB GERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 14899 de fecha 08 de Marzo del 2,016 y acumulados; seguido por la Sociedad Conyugal conformada por Don EMILIANO PEREZ JIMENEZ y Doña EUGENIA QUISPE PAUCAR; por el que solicitan Recepción de Obra de Habilitación Urbana Sin Variación; para Uso de Vivienda Taller "VT" del terreno con un Área de 2,563.00 m2, constituido por el Lote Nº 12 de la Manzana C de la Lotización Santa Marta, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica Nº 12434810, cuyos Proyectos se aprobaron mediante Resolución de Gerencia Nº 406-2015-MDA/ GDU-SGHUE, de fecha 30 de Marzo del 2015. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 406-2015-MDA/GDU-SGHUE, de fecha 30 de marzo del 2,015; se resuelve aprobar conforme al Plano Nº 024-2015-SGHUE-GDU/MDA, y Memoria Descriptiva, el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada; para Uso de Vivienda Taller "VT" del terreno con un Área de 2,563.00 m2, constituido por el Lote Nº 12 de la Manzana C de la Lotización Santa Marta, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica Nº 12434810,

Que, en el quinto considerando de la precitada Resolución de Gerencia; se señala que mediante Liquidación Nº 266-2014-MDA/GDU-SGHUE; de fecha 31 de Diciembre del 2,015; se efectuó la Liquidación referente al déficit de aportes de Recreación Pública de 179.41 m2 y Otros Fines de 51.26 m2, para la Zonificación "VT". Así como los derechos de licencia de regularización de habilitación urbana y por multa administrativa correspondiendo un monto total de S/. 22,301.48 Nuevos Soles y con Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 05-2015-MDA-GAT/SGRyC-FM, de fecha 16/03/2015, se aprueba el fraccionamiento en 5 cuotas y con los recibos Nº 001919554, 195435507, 195479598, 195505820, 195546592, pagado en la Tesorería de esta Entidad Edilicia acreditan la cancelación de dicha Liquidación, Que, realizada la inspección ocular al terreno con fecha 15/03/16 se constató que el terreno cuenta con los servicios de agua potable, desagüe y energía eléctrica y alumbrado público; respecto a la Calle San Carlos físicamente tiene una sección vial existente de 12.00 ml., se constató que la vereda del lado del terreno a recepcionar se ejecutó con 1.20 ml., la pista se encuentra ejecutada pero con una sección de 5.60 ml. faltando 0.40 mts. para llegar al ancho de 6.00 ml. (correspondiéndole 0.20 ml. a cada lado de la vía), siendo el caso que la empresa ha cumplido con ejecutar la vereda y berma del lado de la vía colindante al terreno habilitado, quedando pendiente la consolidación de la pista ejecutada de 5.60 ml a 6.00 ml. el cual estará a cargo de la entidad municipal distrital al ser una vía pública de carácter local, Que, mediante Resolución de Gerencia Administrativa Nº 529-2015 (Fs,21) de fecha 03 de Junio del 2,015; emitida por el Servicio de Parques de Lima, se resuelve aprobar la valorización comercial del déficit de área para Parques Zonales, de 51.26 m2 correspondiente a la Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso de Vivienda Taller (VT), del terreno de 2,563.00 m2. Constituido por el Lote Nº 12 de la Manzana C de la Lotización Santa Marta, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, ascendente al monto de S/. 6,175.29 (Seis Mil Ciento Setenticinco y 00/29 Nuevos Soles). Y con Recibo de Ingresos Nº 0098067-SERPAR ­ LIMA (Fs, 22); de fecha 24 de Junio de 2,015; pagado en la tesorería de dicha institución, los administrados acreditan la cancelación del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Resolución Directoral Nº 0242015 (Fs, 16), de fecha 30 de Junio del 2,015; la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación aprueba la Valorización del área de 51.26 m2 correspondiente al Déficit de Aporte para el MINISTERIO DE EDUCACION; de la Habilitación Urbana en curso, ascendente a la suma de S/. 6,287.04 (Seis Mil Doscientos Ochentai y Siete con 04/ 100 Nuevos Soles) y con Boleta de Venta Nº 001-0006054 (Fs, 19), de fecha 07 de Septiembre del 2,015; cancelado en la Tesorería de dicha entidad, se acredita la cancelación del indicado aporte reglamentario, Que, mediante Oficio Nº 1415-2015-EMILIMA-GG (Fs, 13), de fecha 14 de Julio del 2,015; la Gerencia General de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima, comunica la cancelación del déficit de aporte reglamentario del área de 25.63m2, para el EMILIMAFOMUR; de la Habilitación Urbana en curso, ascendente a la suma de S/. 3,075.60 (Tres Mil Setenti y Cinco con 60/ 100 Nuevos Soles) y con el Recibo de Caja Nº 001909 (Fs, 15), de fecha 07 de Julio del 2,015; cancelado en la Tesorería de dicha entidad, se acredita la cancelación del indicado aporte reglamentario, Que, mediante Carta DPBT.1360496, emitida por LUZ DEL SUR (Fs, 08); de fecha 24 de Noviembre de 2014; otorga la Constancia de Existencia y Suficiencia de Redes, para el Lote Nº 12 de la Manzana C, con un área de 2,563.00 m2, de la Lotización Santa Marta, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, Que, mediante Carta Nº 1240-2014-EOMR-AV, emitida por SEDAPAL (Fs, 09); de fecha 26 de Noviembre de 2014; otorga la Constancia de Existencia y Suficiencia de Redes, para el Lote Nº 12 de la Manzana C, con un área de 2,563.00 m2, de la Lotización Santa Marta, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima,

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