Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 193

El Peruano / Viernes 30 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

610651

DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR los gastos por los Servicios de Guardianía y Remolque (Grúa), derivados del internamiento del vehículo por aplicación de una medida preventiva complementaria o accesoria, como consecuencia de acciones de fiscalización en materia administrativa, establecidos en el ANEXO I que forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- MODIFICAR el literal d) del Artículo 46º de la Ordenanza Nº 455-MDB, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera: "d) Pago por derecho de internamiento y deposito conforme al tarifario establecido en el Decreto de Alcaldía correspondiente." Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico, y Sub Gerencia de Fiscalización y Control, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto; a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y, al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional: www.munibarranco. gob.pe. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde ANEXO I GASTOS POR LOS SERVICIOS DE GUARDIANIA Y REMOLQUE (GRÚA), DERIVADOS DEL INTERNAMIENTO DEL VEHÍCULO POR APLICACIÓN DE UNA MEDIDA COMPLEMENTARIA COMO CONSECUENCIA DE ACCIONES DE FISCALIZACIÓN DE LOS VEHÍCULOS ABANDONADOS Y MAL ESTACIONADOS EN ESPACIOS PÚBLICOS
SERVICIO SERVICIO DE REMOLQUE DE VEHÍCULO Vehículos menores Vehículos livianos Vehículos pesados SERVICIO DE CUSTODIA POR VEHÍCULO Vehículos menores x día Vehículos livianos x día Vehículos pesados x día Pago del Servicio S/.10.00 Pago del Servicio S/.17.00 Pago del Servicio S/.51.00 Pago del Servicio S/.100.00 Pago del Servicio S/.136.00 Pago del Servicio S/.136.00 DETALLE TARIFA

1468858-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Modifican el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL N° 299-MDCH Chorrillos, 7 de diciembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS: VISTOS: El Informe N° 1424-2016-GAJ-MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica y;

Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local y como tal gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que en el segundo párrafo del artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la autonomía que la Constitución establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 28° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece la estructura básica de los Gobiernos Locales la misma que comprende en el ámbito administrativo de la Gerencia Municipal, el Órgano de Auditoría Interna, la Procuraduría Pública Municipal, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Oficina de Presupuesto y Planeamiento, determinando que los demás órganos de línea asesoramiento y de apoyo los determina cada Gobierno local. El numeral 1.1 del Artículo 1° de la Ley N° 27658 Ley Marco de Modernización del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, establece los criterios de diseño y estructura de la administración pública y el numeral 3 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades faculta al Concejo Municipal a aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local; Que, en concordancia con los considerados precedentes, es pertinente regularizar la creación del Comedor Municipal toda vez que el mismo existe desde hace 18 años, teniendo la finalidad de brindar servicio de alimentación en forma gratuita a todos los trabajadores que laboran en la Municipalidad de Chorrillos, por el gran esfuerzo, dedicación y desenvolvimiento de las funciones asignadas. Que, en los Artículos VII y VIII del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley orgánica de Municipalidades, establecen respectivamente que las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas, planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; y como uno de los principios que rigen el sistema de planificación local, y la consistencia con las políticas nacionales. Siendo así en atención a los considerandos expuestos, se recomendó la regularización de la creación del Comedor Municipal y la modificación del ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos, salvo mejor parecer de las otras instancias. Por lo que estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú, y las facultades otorgadas por el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el pleno del Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, y se ACORDÓ: Artículo Primero: APROBAR la Modificatoria del ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos, según anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo: FACÚLTESE al señor Alcalde para que en cumplimiento de la presente ordenanza elabore y apruebe los documentos de gestión que se requieran para el mejor funcionamiento de la gestión. Artículo Tercero: DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Cuarto: DISPONER su publicación en el Diario El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.