Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 303

El Peruano / Sábado 31 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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sólidos, parques, jardines y serenazgo, así como la estimación de ingresos por concepto de la prestación de los referidos servicios públicos, que se anexa y forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Derogatoria Deróguese todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Vigencia de la Norma La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2017, previa publicación de su texto normativo, las tasas del 2016 actualizadas con el IPC (1.96%) acumulado al mes de agosto de 2016 y la estimación de ingresos, que forma parte de la presente ordenanza, que se publicará en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.Facultades reglamentarias Facúltese al Titular de la Entidad para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Publicación en la página web El texto íntegro de la presente norma, será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Hualmay www.munihualmay.gob.pe). Tercera.- Cronograma de vencimiento El vencimiento de los arbitrios municipales, a que se refiere en la tercera disposición final transitoria de la Ordenanza Nº 1835-MML, se ajustará para el año 2017 al siguiente cronograma: ARBITRIOS Enero-febrero-marzo Abril-mayo-Junio Julio-agosto-setiembre Octubre-noviembre-diciembre POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDDIE JARA SALAZAR Alcalde 1468992-1 VENCIMIENTO 31 de marzo de 2017 31 de mayo de 2017 31 de agosto de 2017 30 de noviembre de 2017

de Planificación, Presupuesto y Racionalización, el Memorándum N° 3539-2016-MDP/GM, de fecha 12 de septiembre del 2016, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 067-2016-SJAQ-SGAJ/MDP., de fecha 12 de septiembre del 2016, emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, en Sesión Extraordinaria N° 006-2016CM/MDP, de fecha 30 de noviembre, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Orgánica de Municipalidades en concordancia con su Artículo VIII, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2015PCM, publicada el 2 de abril del 2015, se aprueba el "TUPA modelo" de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales, el cual es aplicable y de uso obligatorio para los procedimientos de la Gerencia de Administración Tributaria y el Área de Defensa Civil; Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, se han emitido los informes por parte de la Gerencia de Administración Tributaria y el Área de Defensa Civil para la elaboración de las tablas ASME, necesarias para la determinación del costo mediante la metodología aprobada por D.S. N° 064-2010-PCM, debidamente ingresadas en el aplicativo web Mi Costo. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Distrital de la Pativilca ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ADECÚA LOS PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA CIVIL Y DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO AL TUPA MODELO APROBADO POR RESOLUCION MINISTERIAL N° 088-2015-PCM Artículo 1.- Modificación de los procedimientos y servicios exclusivos del Área de Defensa Civil y de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano. Modifíquese los procedimientos administrativos y servicios exclusivos del Área de Defensa Civil y de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano, en la Ordenanza Municipal N° 001-2012/MDP/B, debiéndose incorporar los nuevos procedimientos administrativos, requisitos, derechos de tramitación, de acuerdo al detalle de los Anexos N° 01 de cada una de las citadas unidades orgánicas los cuales forman parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- DERIVAR la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Barranca, para su correspondiente ratificación. Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Subgerencia de Planificación y Presupuesto, Área de Defensa Civil y de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano, de la Municipalidad Distrital de la Pativilca, el cumplimiento de la presente. Artículo 6.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación de la presente Norma y el Anexo que forma parte integrante de la misma, que se publicarán en el portal web de la entidad (www.munipativilca.gob.pe), en el Portal del Estado Peruano y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE). Artículo 7.- La presente ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de la Municipalidad Provincial de Barranca, que la ratifique. POR LO TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS E. PADUA POPAYÁN Alcalde 1469147-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA
Modifican procedimientos administrativos y servicios exclusivos del Área de Defensa Civil y de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano
ORDENANZA MUNICIPAL N° 021-2016-AL/MDP Pativilca, 30 de noviembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PATIVILCA VISTO: El Informe N° 0321-2016-SGPPR/MDP de fecha 12 de septiembre del 2016, emitido por la Sub Gerencia

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