Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 291

El Peruano / Sábado 31 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
ACORDÓ:

611849

Ratifican la Ordenanza N° 0028-2016MDSM que aprueba la Estructura de Costos y Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2017 de la Municipalidad Distrital de Santa María
ACUERDO DE CONCEJO Nº 095-2016-MPH Huacho, 27 de diciembre de 2016 El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 24 de la fecha, el Oficio Nº 1042-2016-SG/MDSM de fecha 15.12.2016 de la Municipalidad Distrital de Santa María; y, CONSIDERANDO:

Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 0028-2016-MDSM de fecha 14.12.2016, emitida por la Municipalidad Distrital de Santa María, que aprueba la Estructura de Costos y Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2017, de dicha entidad edil. Artículo Segundo.- En virtud de lo dispuesto en el Artículo Primero y a efectos de su vigencia, la Municipalidad Distrital de Santa María deberá publicar el presente Acuerdo ratificatorio y el texto íntegro de su Ordenanza, hasta el 31.12.2016; conforme a lo dispuesto en el art. 69-Aº de la Ley de Tributación Municipal, modificada por Decreto Legislativo Nº 952. Regístrese y comuníquese. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1469078-1

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194° reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972. Que, mediante el documento indicado en el exordio, la Municipalidad Distrital de Santa María, solicita la ratificación respectiva de la Ordenanza Municipal Nº 0028-2016-MDSM de fecha 14.12.2016, que aprueba la Estructura de Costos y Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2017, adjuntando el Resumen Ejecutivo de Informe Técnico de Distribución de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2017. Más adelante, a través de los Oficios Nº 0021 y 22-2016-GM/MDSM de fecha 23.12.2016 y 26.12.2016, respectivamente, la Distrital levanta las observaciones realizadas por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, mediante Cartas Nº 001 y 02-2016-SGDI/MPH. Que, el Tercer Párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, estipula que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia. Bajo este contexto, mediante Informe Nº 186-2016SGDI/MPH de fecha 26.12.2016, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, recomienda se siga con el trámite correspondiente a fin de ser sometido ante el Pleno del Concejo Municipal para su ratificación respectiva, toda vez que la Distrital ha levantado las observaciones realizadas, opinión avalada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Proveído Nº 3594-2016-GPP/ MPH de fecha 27.12.2016. Por su parte, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 1020-2016-GAJ/MPH de fecha 27.12.2016, citando la Sentencia recaída en el Expediente Nº 0053-2004-AI/TC, indica que "la ordenanza será válida cuando haya sido aprobada por el órgano competente y dentro del marco de sus competencias, para luego ser ratificado, lo cual es un requisito sine qua non para la validez de la ordenanza distrital sobre arbitrios y la publicación del Acuerdo ratificatorio un requisito esencial para su vigencia, solo después de cumplidos estos dos requisitos, la ordenanza distrital podrá ser exigida a los contribuyentes"; recomienda que, al no existir vulneración alguna con las normas de la materia, se eleve al Pleno del Concejo Municipal, a efecto ser deliberado y posteriormente aprobado, asimismo, recomienda la publicación integra del presente Acuerdo, con el objeto de garantizar su eficacia jurídica. Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los artículos 9°, 39° y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el voto unánime de los señores miembros del Concejo Municipal;

Ratifican la Ordenanza N° 030-2016-MDCC, emitida por la Municipalidad Distrital de Caleta Carquín
ACUERDO DE CONCEJO Nº 096-2016/MPH Huacho, 27 de diciembre de 2016 El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 24 de la fecha, el Oficio Nº 455-2016/MDCC/AL-JEGP de fecha 13.12.2016 de la Municipalidad Distrital de Caleta Carquín; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194° reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972. Que, mediante el documento indicado en el exordio, la Municipalidad Distrital de Caleta Carquín, solicita la ratificación respectiva de la Ordenanza Municipal Nº 0302016-MDCC de fecha 09.12.2016, que aprueba el Régimen Tributario de Limpieza Pública (Parques y Jardines, Recojo de Residuos Sólidos, Barridos de Calles), Seguridad Ciudadana para el ejercicio fiscal 2017 de dicha Entidad. Más adelante, a través del Oficio Nº 473-2016/MDCC/ AL-JEGP de fecha 26.12.2016, la Distrital levanta las observaciones formuladas por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 351-2016-GPP/MPH. Que, el Tercer Párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, estipula que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia. Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los artículos 9°, 39° y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el voto unánime de los señores miembros del Concejo Municipal; ACORDÓ: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 030-2016-MDCC de fecha 09.12.2016, emitida por la Municipalidad Distrital de Caleta Carquín, que aprueba el Régimen Tributario de Limpieza Pública (Parques y Jardines, Recojo de Residuos Sólidos, Barridos de Calles), Seguridad Ciudadana para el ejercicio fiscal 2017, de dicha entidad edil.

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