Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2016 (09/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de enero de 2016 /

El Peruano

VISTOS: Los Oficios Nº 368-2015-MDCHH/A (18AGO2015) y Nº 400-2015-MDCHH/A (28OCT2015), emitidos por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar; el Informe Nº 000075-2015/GOR/ JR5CHIM/RENIEC (03NOV2015), emitido por la Jefatura Regional 5 ­ Chimbote de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación Nº 000353-2015/GOR/ RENIEC (11NOV2015) e Informe Nº 000099-2015/ GOR/RENIEC (11NOV2015), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando Nº 0011212015/GG/RENIEC (25NOV2015), emitido por la Gerencia General; el Informe Nº 000460-2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (01DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y la Hoja de Elevación 000786-2015/GAJ/RENIEC (01DIC2015), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el artículo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los artículos 11º y 13º del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estará dotada de los mecanismos suficientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista oficina registral; Que mediante los documentos de vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar, solicita la apertura de una Oficina del RENIEC en dicho distrito, en virtud a ello, con fecha 07 de agosto de 2015 mediante Acuerdo de Concejo Nº 039-2015-MDCHH, se dispuso dar en Cesión de Uso uno de los ambientes debidamente equipado dentro de las instalaciones del local ubicado en el frontis del Centro Cívico al costado de la entrada principal del Jr. San Martín s/n, del distrito de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Ancash; Que por su parte la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el Informe Nº 000099-2015/GOR/ RENIEC (11NOV2015), señala que el distrito de Chavín de Huántar, provincia de Huari, del departamento de Ancash está conformado por 06 Centros Poblados menores, 07 Anexos y 30 Caseríos, cuenta con la clasificación dada por el Fondo de Cooperación Para el Desarrollo Social (FONCODES) como Pobre Extremo; así también, esta misma clasificación es dada a los 15 distritos adicionales de la provincia de Huántar, haciendo evidente la vulnerabilidad en la zona; Que en ese contexto, la implementación de un Punto de Atención del RENIEC en dicho distrito tal y conforme se consigna en el Acta de Constitución del Proyecto de nombre "Creación del Punto de Atención Chavín de Huántar" de fecha 02 de noviembre del 2015, permitirá acercar el servicio del registro y entrega del DNI a dicha población; así también, coadyuva al cumplimiento del objetivo institucional de atención a los sectores vulnerables; Que asimismo, el indicado Punto de Atención Chavín de Huántar, brindará, en principio una atención no permanente, a razón de quince días por mes, en tanto se efectúe la contratación de un personal que permita brindar una atención permanente, cuyos gastos operativos serán cubiertos de los fondos por encargo de la Jefatura Regional 5 - Chimbote; Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, opina favorablemente sobre la creación del Punto de Atención Chavín de Huántar;

Que teniendo en consideración lo expuesto y lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante los documentos de vistos, emite opinión considerando que resulta legalmente viable la apertura del Punto de Atención Chavín de Huántar, del distrito de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Ancash, a cargo de la Jefatura Regional 5 - Chimbote; Que la presente Resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 264-2015/JNAC/RENIEC (30DIC2015), se encarga al señor Luis Alberto Bullón Salazar, Gerente General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 02 al 15 de enero de 2016; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el literal h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura del Punto de Atención Chavín de Huántar, el cual se encuentra ubicado en el local del Centro Cívico, Jr. San Martín s/n, del distrito de Chavín de Huántar, de la provincia de Huari, del departamento de Ancash, a cargo de la Jefatura Regional 5 - Chimbote de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS ALBERTO BULLÓN SALAZAR Jefe Nacional (e) 1331983-2

Disponen la actualización de oficio del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del DNI, de ciudadanos residentes en el distrito de Putumayo y Teniente Manuel Clavero, de la provincia de Putumayo, del departamento de Loreto y autorizan la entrega del DNI
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 05-2016/JNAC/RENIEC Lima, 8 de enero de 2016 VISTOS: Las Hojas de Elevación N° 000007-2016/ GRE/RENIEC (07ENE2016) y N° 000008-2016/GRE/ RENIEC (08ENE2016) e Informe N° 000001-2016/ GRE/RENIEC (08ENE2016), emitidos por la Gerencia de Registro Electoral; el Memorando N° 000012-2016/ SGEN/RENIEC (08ENE2016), emitido por la Secretaría General; el Memorando Nº 000037-2016/GPP/RENIEC (08ENE2016), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000027-2016/GPP/SGP/ RENIEC (08ENE2016), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000002-2016/GPP/SGPL/ RENIEC (08ENE2016), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000007-2016/GAJ/SGAJR/ RENIEC (08ENE2015), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 000069-2016/GAJ/RENIEC (07ENE2016) y la Hoja de Elevación Nº 000014-2016/

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