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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (10/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 26

577604 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2016 / El Peruano y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 6 de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud – ESSALUD y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-99-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora MARÍA PAULINA ESTHER GIUSTI HUNDSKOPF como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud – ESSALUD, en representación del Estado, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor PERCY LUIS MINAYA LEÓN como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud – ESSALUD, en representación del Estado. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1343831-2 Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 001-2016-MTPE/3 Lima, 9 de febrero de 2016 VISTOS: El Memorándum Nº 66-2016-MTPE/3 del Viceministerio de Promoción del Empleo, el Ofi cio Nº 56-2016-MTPE/3/24.3/CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”, el Informe Nº 557-2016- MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 003-2015- TR, que modifi ca la denominación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” por la de Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”, señala que toda referencia en políticas, normativas, documentos de gestión, comunicaciones, proyectos y procesos a cargo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo realizada al Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”; Que, el artículo 14 del Manual de Operaciones del citado Programa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 202-2012-TR, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 215-2014-TR, establece entre otros, que la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación está a cargo de un Gerente, quien es designado por Resolución Viceministerial del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, a propuesta del Coordinador Ejecutivo; Que, a través del Ofi cio Nº 56-2016-MTPE/3/24.3/CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”, señala que el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación se encuentra vacante y eleva al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral la propuesta de designación del funcionario que ocupará dicho cargo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 3) del artículo 26 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor VICTOR GUSTAVO ESPINOZA MEZA, como Gerente de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”. Regístrese, comuníquese y publíquese. WIGBERTO NICANOR BOLUARTE ZEGARRA Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral (e) 1343710-1 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren y otras disposiciones complementarias RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 105-PE-ESSALUD-2016 Lima, 9 de febrero de 2016 VISTOS: La Carta Nº 159-GCPD-ESSALUD-2016 y los Informes Técnicos N° 066-GOP-GCPD-ESSALUD-2015 y 007-GOP-GCPD-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, las Cartas Nros. 202 y 037-GCAJ-ESSALUD-2016 y los Informes Nros. 45 y 007-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por fi nalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2012-TR, se declaró en reorganización el Seguro Social de Salud – ESSALUD a fi n de garantizar la efectiva prestación de los servicios que brinda a los asegurados, así como la intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho a la seguridad social de salud y los principios de solidaridad, transparencia, participación y efi ciencia; Que, en el numeral 2.4 del artículo 2° del citado Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD realizará las acciones necesarias, teniendo en cuenta lo establecido en los numerales precedentes, con el fi n de fortalecer sus procedimientos internos, su estructura orgánica y funcional, e instrumentos de gestión; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD, cuyo texto actualizado y concordado fue aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015; Que, en el numeral 8 del artículo 9° del texto actualizado y concordado del Reglamento antes mencionado, se considera al Hospital Nacional como uno de los Órganos Prestadores Nacionales que integran ESSALUD, cuya naturaleza es defi nida en el artículo 206°, como responsable de brindar prestaciones asistenciales especializadas de promoción de la salud, prevención de