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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (10/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 24

577602 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2016 / El Peruano 5.2. METAS E INDICADORES Las metas se indican en el cuadro siguiente, e incluyen a las de ambos objetivos: OBJETIVO a) META ANUAL 2016 en el marco del Plan de Salud Escolar 2013- 2016, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-SA Población Objetivo META 2016 Escolares Qali Warma 386,164 Escolares Comunidades Indígenas 10,296 OBJETIVO b) Meta Anual 2016 en el marco del Plan de Intervención para la Rehabilitación Oral con Prótesis Removible en el Adulto Mayor 2012-2016 “Vuelve a Sonreír”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 626-2012/MINSA. Año Tamizados Benefi ciarios Nº de Prótesis 2016 225,000 43,112 77,603 Los indicadores a utilizar para el seguimiento y evaluación son los siguientes: ACTIVIDADES INDICADOR DE PROCESO INDICADOR DE RESULTADO Evaluación y tratamiento estomatológico de escolares Nº de escolares con 1er paquete preventivo / Nº de escolares programados x 100 Nº de escolares que reciben intervenciones recuperativas/ Nº de escolares afi liados al SIS con 1er paquete preventivo x 100 Nº de escolares con alta básica odontológica/ Nº de escolares programados Evaluación y rehabilitación de adultos mayores Nº de adultos mayores con examen estomatológico/ Nº de adultos mayores programados x 100 Nº de prótesis entregadas/Nº de prótesis programadas x 100 Seguimiento, monitoreo y evaluación Nº de actividades ejecutadas / Nº de actividades programadas. 5.3. PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO Las actividades referidas en el presente Plan de Intervención, en lo que corresponde al Plan del Salud Escolar 2013-2016, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-SA, es fi nanciado por el Seguro Integral de Salud, que tiene previsto destinar para el periodo 2016 para las atenciones programadas en salud bucal el monto de cincuenta millones quinientos veintiún mil ochocientos soles (S/.50’521,800.00) para escolares de los niveles inicial y primaria. Para escolares de nivel secundaria de comunidades indígenas el fi nanciamiento es de un millón trescientos cuarenta y siete mil siete soles (S/. 1’347,007.00). En lo que corresponde al Plan de Intervención para la Rehabilitación Oral con Prótesis Removible en el Adulto Mayor 2012-2016 “Vuelve a Sonreír”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 626-2012/MINSA, el monto previsto para el año 2016 es de nueve millones setecientos treinta y uno mil trescientos ochenta y cinco soles (S/. 9’731,385.00), de los cuales corresponde a Recursos Ordinarios del Ministerio de Salud la suma de dos millones cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos ochenta y tres soles (S/. 2’486,983.00) y a Donaciones y Transferencias al MINSA el monto de siete millones doscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos dos soles (S/. 7’244,402.00). VI. RESPONSABILIDADES 6.1. NIVEL NACIONAL El Ministerio de Salud, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal de la Dirección General de Salud de las Personas es responsable de la implementación, difusión, asistencia técnica, monitoreo, supervisión y evaluación del presente Plan de Intervención. 6.2. NIVEL REGIONAL Las Direcciones Regionales de Salud o las Gerencias Regionales de Salud, son responsables dentro del ámbito de su jurisdicción, de realizar la gestión, organización y provisión de los recursos necesarios (humanos, infraestructura, equipos, insumos, instrumental, material odontológico, medicamentos y servicios) para que los establecimientos de salud brinden las atenciones odontológicas contenidas en el Plan de Intervención de Salud Bucal y en los planes regionales. 1343830-1 Modifican denominación de la Unidad Funcional de Gestión del Diálogo y la Concertación por la de Unidad Funcional de Gestión del Diálogo de Conflictos Sociales en Salud y modifican la R.M. Nº 605-2013/ MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2016/MINSA Lima, 8 de febrero del 2016 Visto, el Expediente Nº 16-005014-001 que contiene el Informe Nº 001-2016-OD/MINSA de la Ofi cina de Descentralización y el Informe Nº 010-2016-OGPP- OO/MINSA de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 605-2013/ MINSA se conforma con carácter temporal la Unidad Funcional de Gestión del Diálogo y la Concertación en el Despacho Ministerial; Que, el literal g) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece como función específica del Ministerio de Salud promover, articular y desarrollar estrategias para el adecuado cumplimiento de las funciones transferidas en el marco de la descentralización; Que, el artículo 11 de la citada Ley contempla, entre las funciones del Viceministerio de Salud Pública, la de proponer, implementar, ejecutar, evaluar y supervisar, entre otros, las intervenciones de promoción y protección de la salud de la población; Que, el numeral 5.4.5 de la Directiva Nº 007-MINSA/ OGPP-V.02, Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional, aprobada por Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, establece que las Unidades Funcionales se crean, entre otros supuestos, cuando haya necesidad de segregar funciones incompatibles en una unidad orgánica para que exista independencia y separación, establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegación de autoridad que permita la adopción de decisiones en los procesos operativos de carácter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas; Que, la Ofi cina de Descentralización mediante el Informe Nº 001-2016-OD/MINSA solicita la modifi cación de las funciones de la Unidad Funcional de Gestión del Dialogo y la Concertación, conformada mediante Resolución Ministerial Nº 605-2013/MINSA; así como la variación de su dependencia funcional del Despacho Ministerial al Despacho Viceministerial de Salud Pública y el cambio de la denominación;