TEXTO PAGINA: 95
577673 Miércoles 10 de febrero de 2016 El Peruano / Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los Programas de Adjudicación de Lotes con Fines de Vivienda, a que se refiere el Título III del Decreto Legislativo Nº 803, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1202 y sus medidas complementarias, y su Exposición de Motivos de Motivos, en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en el que se mantendrá por un plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el citado diario, a efectos de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo la consolidación de las observaciones, comentarios y/o aportes que se presenten respecto del proyecto citado en el artículo precedente, que se recibirán a través del portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, www.vivienda.gob.pe, en el link “Reglamento de los Programas de Adjudicación de Lotes con fi nes de vivienda”; para que coordine con el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI la atención de los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento DECRETO SUPREMO Nº -2016-VIVIENDA DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE ADJUDICACIÓN DE LOTES CON FINES DE VIVIENDA, A QUE SE REFIERE EL TÍTULO III DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 803, MODIFICADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1202 Y SUS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1202, se modifi ca el Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal y se dictan medidas complementarias en materia de acceso a la propiedad formal, con el objeto de implementar la adjudicación de tierras del Estado con fi nes de vivienda a través de los Programas de Adjudicación de Lotes de Vivienda, a cargo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1202, establece que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se aprobará el Reglamento de los programas de adjudicación de lotes con fi nes de vivienda; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Reglamento de los programas de adjudicación de lotes con fi nes de vivienda, a que se refi ere el Título III del Decreto Legislativo Nº 803, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1202 y sus medidas complementarias, con la fi nalidad de implementar la adjudicación de tierras del Estado con fi nes de vivienda a cargo de COFOPRI; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1202, Decreto Legislativo que modifi ca el Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal y que dicta medidas complementarias en materia de acceso a la propiedad formal; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Apruébase el Reglamento de los programas de adjudicación de lotes con fi nes de vivienda, a que RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 020-2016-VIVIENDA Lima, 5 de febrero de 2016 VISTO, el Informe N° 031-2016-VIVIENDA/VMVU- DGPRVU del Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo sustentado en el Informe Técnico-Legal N° 004-2016-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU-MAET-JHA; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, declara de interés nacional la promoción del acceso a la propiedad formal y su inscripción registral con el fi n de garantizar los derechos de todos los ciudadanos a la propiedad y al ejercicio de la iniciativa privada en una economía social de mercado, establecidos en el inciso 16) del artículo 2 y en los artículos 58 y 70 de la Constitución Política del Perú; Que, el Título III del citado Decreto Legislativo, entre otros, regula el desarrollo de los programas de adjudicación de lotes con fi nes de vivienda a cargo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, el Decreto Legislativo Nº 1202, que modifi ca el Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal y que dicta medidas complementarias en materia de acceso a la propiedad formal, con el fi n de implementar la adjudicación de tierras del Estado con fi nes de vivienda a través de los Programas de Adjudicación de Lotes de Vivienda, a cargo de COFOPRI, prevé en su Quinta Disposición Complementaria Final, que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento se aprobará el Reglamento de los citados Programas, siendo necesaria la aprobación de la citada norma; Que, en consecuencia corresponde disponer la publicación del referido proyecto de Reglamento en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de este Ministerio, por un plazo de treinta días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, a fi n que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen las observaciones, comentarios y/o aportes por vía electrónica a través del portal institucional, según lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo Nº 1202, Decreto Legislativo que modifi ca el Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal y que dicta medidas complementarias en materia de acceso a la propiedad formal; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modifi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dispóngase la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los Programas de Adjudicación de Lotes con Fines de Vivienda, a que se refi ere el Título III del Decreto Legislativo Nº 803, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1202 y sus medidas complementarias, y su Exposición PROYECTO