Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2016 (12/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de febrero de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Informe No. 114-2015-GSCMA/ MDC de fecha 18 de diciembre de 2015 de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente donde remite Informe de sus Sub Gerencia para aprobación de Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA-2016), del Distrito de Carabayllo, para emitir opinión legal a la brevedad posible; Que, mediante Informe Nº 0460-2015-GAJ/MDC de fecha 22 de diciembre de 2015, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de Resolución de Alcaldía que aprueba el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) 2016 de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, se encuentra acorde al marco legal vigente y resulta relevante su aprobación, toda vez que señala objetivos primordiales que se enmarcan en las funciones asignadas a los Gobiernos Locales relativas a la Protección del Medio Ambiente Local; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6 y el Artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (PLANEFA) - 2016, de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que se anexa y forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Medio Ambiente la ejecución del PLANEFA 2016, que se aprueba a través de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Carabayllo la publicación del texto aprobatorio de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Informática, la publicación del texto íntegro de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Carabayllo: www.municarabayllo.gob.pe Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, Sub Gerencia de Imagen Institucional, Sub Gerencia de Informática, la implementación y difusión del PLANEFA 2016 en cuanto corresponda. Regístrese comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 1344094-1

protección como célula básica de la sociedad en armonía a nuestro ordenamiento jurídico; Que, es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y protección de la familia, que el marco jurídico exige; Que, en armonía a lo consagrado por el Art. 4º de la Constitución Política, es obligación del Estado promover y proteger a la familia por ser Instituciones Naturales y fundamentales de la sociedad; Que, con ocasión de celebrarse los días festivos en el distrito de Comas, se ha programado la realización de diversas actividades para desarrollarse conforme al Plan Operativo Institucional de la Municipalidad dentro de las cuales se ha programado desarrollar dos Matrimonios Civiles Comunitarios al margen de los que pudieran solicitar las organizaciones vecinales y/o sociales de base acorde con la celebración de sus Aniversarios durante el presente año; Que, para la realización de los Matrimonios Civiles Comunitarios, es necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes que en su mayoría por la carencia de recursos económicos y/o falta de presentación de documentos oportunamente no han formalizado su unión, por lo que se les debe dispensar de ser el caso de la publicación de los edictos matrimoniales que pudieran solicitarse en su oportunidad, a tenor de lo dispuesto en el Art. 252º del Código Civil; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 451/ MC, la Municipalidad distrital de Comas estableció por derecho de trámite del Matrimonio Comunitario se abone el importe de CUARENTA Y CINCO SOLES (S/ 45.00). Así como facultó al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las fechas de los próximos matrimonios civiles comunitarios a realizarse en el Distrito de Comas; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el Art. 252º del Código Civil, con el visto de Secretaria General, Gerencia de Asuntos Jurídicos y Gerencia Municipal; SE DECRETA: Artículo Primero.- CELEBRAR los Matrimonios Civiles Comunitarios, a realizarse por días festivos en los diversos sectores del distrito durante el año 2016, conforme a continuación se detalla: Primer Matrimonio: 07 de Mayo "Por el Día de La Madre" Segundo Matrimonio: 10 de Diciembre "Por el Aniversario del Distrito" Artículo Segundo.- RATIFICAR se abone el importe de CUARENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 45.00) por pareja por derecho de trámite del Matrimonio Comunitario. Artículo Tercero.- DISPENSAR de la publicación de los Edictos Matrimoniales y de los plazos legales para la celebración a los contrayentes que justifiquen y lo soliciten oportunamente especificando las razones de la misma. Artículo Cuarto.- La Sub Gerencia de Estado Civil, adoptará las horas de atención más adecuadas y brindará las facilidades que requieren los contrayentes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General, hacer de conocimiento el presente Decreto al Concejo Municipal y gestionar la publicación correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1344003-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Programan la celebración de Matrimonios Civiles Comunitarios en días festivos del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2016/MC Comas, 28 de enero del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: El Informe N° 010-2016-SGEC-SG/MC de fecha 26 de Enero del 2016, emitido por la Sub Gerencia de Estado Civil señalando que en cumplimiento de su Plan de Acción para el presente año, propone la Celebración de los Matrimonios Civiles Comunitarios, por días festivos durante el año 2016; y, CONSIDERANDO: Que, es objetivo primordial de la presente Gestión Municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Ordenanza que regula la Propaganda Electoral en el distrito de Los Olivos
ORDENANZA Nª 431-CDLO Los Olivos, 29 de enero de 2016.

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