Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2016 (23/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Sábado 23 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

594103

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 294-2013-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento ­ CAF, hasta por la suma de US$ 16 000 000,00 (DIECISEIS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa"; Que, el artículo 3 de la mencionada norma señala que la Unidad Ejecutora del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa" sería el Ministerio del Ambiente; Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento ­ CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por US$ 16.000.000.00, destinado a financiar parcialmente el citado Programa de Inversión Pública; Que, por Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM de fecha 11 de setiembre de 2014, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente para la ejecución del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0402015-MINAM de fecha 04 de marzo de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa; dicha norma precisa en el Componente III del numeral 2.3.1, Proyecto 1: Competitividad, que el incremento del acceso a fuentes de financiamiento contribuirá a mejorar la capacidad de los productores para canalizar los flujos financieros hacia oportunidades de inversión mediante recursos concursables; a través de criterios de elegibilidad detallados en el Anexo N° 01 de dicha Resolución, para seleccionar o financiar los proyectos o iniciativas presentadas por las Unidades Productivas que soliciten los recursos concursables del Programa; Que, la precitada norma, establece como monto máximo de financiamiento con cargo a los fondos concursables del PGAS CVIS 2 el importe de S/ 200 000.00 por Plan de Econegocios; en caso se necesiten recursos de contrapartida u otras garantías de la Unidad Productiva, el monto y requisitos serán fijados por el Comité Directivo del Programa; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 029-2015-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2 de fecha 17 de diciembre de 2015, se aprobaron los resultados del Concurso 2015 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; el cual precisa que habiéndose recepcionado cincuenta y ocho (58) expedientes de Planes de Econegocios, solo diez (10) Planes de Econegocios han sido aprobados de acuerdo a las Bases publicadas, para su cofinanciamiento con cargo a los recursos del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 3612015-MINAM de fecha 30 de diciembre de 2015, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Producto, Actividad, Categoría Presupuestal, Proyecto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1422016-MINAM se aprobó el otorgamiento de subvenciones a favor de siete (07) de las diez (10) Unidades Productivas seleccionadas hasta por un monto de S/ 1 399 917.20, en el marco de la Convocatoria de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos

del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa (PGAS CVIS 2); quedando pendientes de otorgar subvenciones a las siguientes Unidades Productivas: i) Asociación de Productores Agropecuarios RED FLORES QUIQUIJANA - ASPROFLOR; ii) Comunidad Nativa Infierno; y, iii) Asociación Agroforestales Segunda Etapa De Punkiri Chico - ASASEPC; Que, la Octogésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza excepcionalmente, al Ministerio del Ambiente, a otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, en el marco de las Convocatorias de Planes Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa (PGAS CVIS 2), a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; y establece entre otras consideraciones, que dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio del Ambiente, previa suscripción de convenio; y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga de sus veces, asimismo señala que la resolución del titular del pliego se publica en el diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1322016-MINAM de fecha 25 de mayo de 2016, se aprueban los "Mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de resultados alcanzados y los beneficios generados por los recursos otorgados mediante subvenciones en el marco de las Convocatorias de Planes Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-ll Etapa"; Que, mediante Informe N° 037-2016-MINAM/ DVMDERN/UEGRN y el Memorando N° 181-2016-MINAM/ VMDERN-UEGRN el Director Ejecutivo del PGS CVIS 2, solicita y justifica el otorgamiento de subvenciones a favor de dos (02) Unidades Productivas seleccionadas en el Concurso 2015 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; por la suma total de S/ 399 348.00; en virtud a lo dispuesto en el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa, aprobado por Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM; la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 029-2015-MINAM-VMDERN/ UEGRN-PGAS CVIS 2 y la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la misma que cuenta con certificación presupuestaria para su atención, según lo señalado por el Jefe de la Unidad de Presupuesto de la referida Unidad Ejecutora, en el Informe N° 084-2016-MINAM/DVMDERN/UEGRN/UPP y el Memorando N° 129-2016-MINAM/DVMDERN/UEGRN/ UPP; con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Endeudamiento; Que, mediante Informe N° 236-2016-MINAM/SG/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomienda efectuar las gestiones necesarias a fin de aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de dos (02) Unidades Productivas, por la suma de S/ 399 348.00 en el marco de la convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa (PGAS CVIS 2); Que, en tal sentido resulta necesario aprobar el Otorgamiento de Subvenciones a favor de las siguientes personas jurídicas privadas (Unidades Productivas): i) COMUNIDAD NATIVA INFIERNO; y, ii) ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS RED FLORES QUIQUIJANA - ASPROFLOR; en el marco de la convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor

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