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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2016 (23/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 248

TEXTO PAGINA: 49

594103 NORMAS LEGALES Sábado 23 de julio de 2016 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 294-2013-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento – CAF, hasta por la suma de US$ 16 000 000,00 (DIECISEIS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el “Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa”; Que, el artículo 3 de la mencionada norma señala que la Unidad Ejecutora del “Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa” sería el Ministerio del Ambiente; Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento – CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por US$ 16.000.000.00, destinado a fi nanciar parcialmente el citado Programa de Inversión Pública; Que, por Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM de fecha 11 de setiembre de 2014, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora “004 Gestión de los Recursos Naturales”, en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente para la ejecución del “Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 040- 2015-MINAM de fecha 04 de marzo de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur – II Etapa; dicha norma precisa en el Componente III del numeral 2.3.1, Proyecto 1: Competitividad, que el incremento del acceso a fuentes de fi nanciamiento contribuirá a mejorar la capacidad de los productores para canalizar los fl ujos fi nancieros hacia oportunidades de inversión mediante recursos concursables; a través de criterios de elegibilidad detallados en el Anexo N° 01 de dicha Resolución, para seleccionar o fi nanciar los proyectos o iniciativas presentadas por las Unidades Productivas que soliciten los recursos concursables del Programa; Que, la precitada norma, establece como monto máximo de fi nanciamiento con cargo a los fondos concursables del PGAS CVIS 2 el importe de S/ 200 000.00 por Plan de Econegocios; en caso se necesiten recursos de contrapartida u otras garantías de la Unidad Productiva, el monto y requisitos serán fi jados por el Comité Directivo del Programa; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 029-2015-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2 de fecha 17 de diciembre de 2015, se aprobaron los resultados del Concurso 2015 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; el cual precisa que habiéndose recepcionado cincuenta y ocho (58) expedientes de Planes de Econegocios, solo diez (10) Planes de Econegocios han sido aprobados de acuerdo a las Bases publicadas, para su cofi nanciamiento con cargo a los recursos del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 361- 2015-MINAM de fecha 30 de diciembre de 2015, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Producto, Actividad, Categoría Presupuestal, Proyecto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, mediante Resolución Ministerial N° 142- 2016-MINAM se aprobó el otorgamiento de subvenciones a favor de siete (07) de las diez (10) Unidades Productivas seleccionadas hasta por un monto de S/ 1 399 917.20, en el marco de la Convocatoria de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur – II Etapa (PGAS CVIS 2); quedando pendientes de otorgar subvenciones a las siguientes Unidades Productivas: i) Asociación de Productores Agropecuarios RED FLORES QUIQUIJANA - ASPROFLOR; ii) Comunidad Nativa Infi erno; y, iii) Asociación Agroforestales Segunda Etapa De Punkiri Chico - ASASEPC; Que, la Octogésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza excepcionalmente, al Ministerio del Ambiente, a otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, en el marco de las Convocatorias de Planes Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa (PGAS CVIS 2), a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; y establece entre otras consideraciones, que dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio del Ambiente, previa suscripción de convenio; y requiriéndose el informe favorable previo de su ofi cina de presupuesto o la que haga de sus veces, asimismo señala que la resolución del titular del pliego se publica en el diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial N° 132- 2016-MINAM de fecha 25 de mayo de 2016, se aprueban los “Mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de resultados alcanzados y los benefi cios generados por los recursos otorgados mediante subvenciones en el marco de las Convocatorias de Planes Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-ll Etapa”; Que, mediante Informe N° 037-2016-MINAM/ DVMDERN/UEGRN y el Memorando N° 181-2016-MINAM/ VMDERN-UEGRN el Director Ejecutivo del PGS CVIS 2, solicita y justifi ca el otorgamiento de subvenciones a favor de dos (02) Unidades Productivas seleccionadas en el Concurso 2015 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; por la suma total de S/ 399 348.00; en virtud a lo dispuesto en el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur – II Etapa, aprobado por Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM; la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 029-2015-MINAM-VMDERN/ UEGRN-PGAS CVIS 2 y la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la misma que cuenta con certifi cación presupuestaria para su atención, según lo señalado por el Jefe de la Unidad de Presupuesto de la referida Unidad Ejecutora, en el Informe N° 084-2016-MINAM/DVMDERN/UEGRN/UPP y el Memorando N° 129-2016-MINAM/DVMDERN/UEGRN/ UPP; con cargo a los recursos asignados en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Endeudamiento; Que, mediante Informe N° 236-2016-MINAM/SG/OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto recomienda efectuar las gestiones necesarias a fi n de aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de dos (02) Unidades Productivas, por la suma de S/ 399 348.00 en el marco de la convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur – II Etapa (PGAS CVIS 2); Que, en tal sentido resulta necesario aprobar el Otorgamiento de Subvenciones a favor de las siguientes personas jurídicas privadas (Unidades Productivas): i) COMUNIDAD NATIVA INFIERNO; y, ii) ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS RED FLORES QUIQUIJANA - ASPROFLOR; en el marco de la convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor