Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2016 (23/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de julio de 2016 /

El Peruano

Que, en el Informe de Evaluación PRP Nº 049-2016-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP N° 0027-2016-MINAGRI-PCC-UN/JAR se determina el monto total que cofinancian EL PROGRAMA y LA ORGANIZACIÓN, para la ejecución de PRP, siendo distribuido de acuerdo al detalle siguiente:
Financiamiento MINAGRI (Componente No Reembolsable) Contrapartida de la Organización (Componente Reembolsable) S/ 567 716,51

de Agricultura y Riego, para la respectiva notificación de la COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS ­ VALLE DE PISCO LTDA.- COSERFI, a fin que suscriban con este el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopte las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de "RECONVERSIÓN PRODUCTIVA DEL CULTIVO DE ALGODÓN CON LA INSTALACIÓN Y PRODUCCIÓN DE 44.95 HECTÁREAS DE MANDARINA DE LA VARIEDAD W. MURCOTT EN EL DEPARTAMENTO DE ICA", de los predios antes mencionados pertenecientes a los dieciocho (18) productores de la COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS ­ VALLE DE PISCO LTDA.- COSERFI, referidos en el octavo considerado de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1408361-9 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0392-2016-MINAGRI Lima, 21 de julio de 2016 VISTOS: Los Expedientes sobre Pedido de Reconversión Productiva N° 016 - 2016 - CN, y N° 017-2016-CN, iniciados por la ASOCIACIÓN AGROPECUARIA "SEÑOR DEL GRAN PODER ­ VAYO" ­ OLMOS y la ASOCIACIÓN AGROPECUARIA "CAMPO VERDE ­ ANGEL MORONI" OLMOS, respectivamente, y el Informe Final PRP N° 057 - 2016 - MINAGRI - PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, en adelante EL PROGRAMA, como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores, a través del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales adecuadas; dispositivo prorrogado en su vigencia por la Ley N° 30462; Que, mediante la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, se declara de interés nacional y carácter prioritario la Reconversión Productiva Agropecuaria en el país, como política permanente del Estado en los tres niveles de gobierno; Que, el artículo 2 de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, dispone que la Reconversión Productiva Agropecuaria es el cambio

Rubro

Total S/

Proyecto de Reconversión Productiva

S/ 2 270 866,05

S/ 2 838 582,57

Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP N° 0049-2016-MINAGRIPCC, emite opinión favorable por la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su correspondiente financiamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los "Lineamientos Específicos para la atención del MINAGRI de pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria, prioritariamente de arroz en la costa norte del país y de algodón en Ica", aprobados por Resolución Ministerial N° 0082 - 2015 - MINAGRI; Estando a la opinión emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego mediante el Informe N° 818-2016-MINAGRI-OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones de Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, en cuanto a su denominación a Ministerio de Agricultura y Riego; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; el Decreto Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, prorrogado en su vigencia por la Ley N° 30462; la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial N° 0082-2015-MINAGRI, que aprueba los "Lineamientos Específicos para la atención del MINAGRI de pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria, prioritariamente de arroz en la costa norte del país y de algodón en Ica"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan de Negocios Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria, presentado por la COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS ­ VALLE DE PISCO LTDA.- COSERFI, a favor de los dieciocho (18) miembros que se detallan en el octavo considerando de la presente Resolución, respecto del mismo número de predios que conducen, ubicados en el Distrito de Humay, Provincia de Pisco, Departamento de Ica, contenido en el proyecto de "RECONVERSIÓN PRODUCTIVA DEL CULTIVO DE ALGODÓN CON LA INSTALACIÓN Y PRODUCCIÓN DE 44.95 HECTÁREAS DE MANDARINA DE LA VARIEDAD W. MURCOTT EN EL DEPARTAMENTO DE ICA", incluido su financiamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agraria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio

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