Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2016 (23/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

594116

NORMAS LEGALES
GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios

Sábado 23 de julio de 2016 /

El Peruano
776 114,00 504 800,00

se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender el requerimiento señalado en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 003: Ministerio de Cultura, por lo que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 2 477 443,00) a favor del citado pliego, correspondiente al periodo Julio ­ Diciembre 2016, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 2 477 443,00) a favor del pliego 003: Ministerio de Cultura, destinados a financiar los fines descritos en la parte considerativa de la presente norma, correspondiente al periodo Julio ­ Diciembre 2016, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros PROYECTO

2260355 : Recuperación de los sectores A y B de la Zona Arqueológica Monumental de Peñico en el Valle de Supe, Distrito de Huaura, Huaura ­ Lima 1 : Recursos Ordinarios 115 000,00 -----------------2 477 443,00 ==========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1408433-6

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS

1 127 991,00

1 349 452,00 -----------------2 477 443,00 ========== En Soles Gobierno Central 003 : Ministerio de Cultura 003 : Zona Arqueológica Caral

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001029 : Preservación Cultural del Patrimonio

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios

1 : Recursos Ordinarios

351 877,00

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros ACTIVIDAD

729 652,00

5001074 : Promoción de la Protección y Difusión del Patrimonio Histórico y Cultural 1 : Recursos Ordinarios

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos pliegos de los Gobiernos Regionales para financiar el costo diferencial de la nueva Escala Base de Incentivo Único
DECRETO SUPREMO Nº 224-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

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