Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2016 (23/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de julio de 2016 /

El Peruano

EDUCACION
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2016-MINEDU Lima, 22 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 541-2015MINEDU se designó al señor EDMER TRUJILLO MORI en el cargo de Director de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la referida renuncia y encargar las funciones de Director de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento, a fin de garantizar la continuidad en el servicio; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor EDMER TRUJILLO MORI al cargo de Director de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar las funciones de Director de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la señora ADRIANA KARLA LECHUGA MARMANILLO, Especialista de la referida Dirección General, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1408432-1

CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30065, Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, tiene por objeto fortalecer la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, a fin de modernizar y mejorar la cobertura y calidad de sus servicios, implementando medidas efectivas de inclusión social, competitividad y eficiencia tecnológica en su prestación, de acuerdo a las nuevas demandas ciudadanas; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30065, dispone la modificación de la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, con relación a los registradores públicos, así como al Tribunal Registral; Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30065, resulta pertinente aprobar el Reglamento de la acotada Ley; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 30065; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Apruébase el Reglamento de la Ley Nº 30065, Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, que consta de cuarenta y seis artículos, dos disposiciones complementarias finales y dos disposiciones complementarias transitorias, las que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado en el artículo 1, en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado peruano (www. peru.gob.pe); en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.sunarp.gob.pe). Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos REGLAMENTO DE LA LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones y procedimientos contenidos en la Ley Nº 30065, Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP. Artículo 2.- Ámbito de aplicación El presente reglamento es de cumplimiento obligatorio para los trabajadores, servidores, registradores públicos, vocales del Tribunal Registral y funcionarios de la SUNARP, así como para las instituciones referidas por la Ley N° 30065. Artículo 3.- La autonomía registral 3.1 Los registradores públicos y vocales del Tribunal Registral cuentan con autonomía en el ejercicio de sus funciones registrales, las que se desarrollan sin ninguna

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban el Reglamento de la Ley N° 30065, Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
DECRETO SUPREMO Nº 009-2016-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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