Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 288

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de julio de 2016 /

El Peruano

Que, la Ley Nº 28056 que aprueba a Ley Marco el Presupuesto Participativo, modificada por la Ley Nº 29298, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009EF, se establecen disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto municipal, lineamientos que se cumplieron a cabalidad con la participación voluntaria de los agentes participantes; Que, por Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01; se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados; Que, mediante Ordenanza Nº 007-2012-CDB del 27 de junio del 2012 se aprobó la regulación del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados en el distrito de Bellavista; e institucionaliza el Proceso de Presupuesto Participativo como instrumento de gestión que contribuye al ejercicio de una ciudadanía plena dentro de un proceso de participación y concertación local para el logro del desarrollo humano sostenible, en Bellavista; Que, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 1712003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, dispone que las acciones resultantes del proceso del Presupuesto Participativo, sean remitidas para la aprobación por los respectivos Concejos Municipales; Que, el artículo 19 de la Ordenanza Nº 007-2012CDB dispone que el Concejo Municipal reconoce a los miembros del Comité de Vigilancia elegidos por los Agentes Participantes; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 065-2016-MDB-GPP de fecha 07 de julio del 2016, remite el Documento del Proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2017, a la Gerencia Municipal la misma que remite a la Secretaría General el mismo el 11 de julio del 2016, que contiene el ciclo preparatorio, resultados de talleres de trabajo, relación de miembros del Comité de Vigilancia y el Acta de Acuerdos de Compromisos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, con Informe Nº 162-2016-MDB/GAJ de fecha 08 de julio del 2016, opina por la aprobación del Documento del Presupuesto Participativo para el ejercicio 2017; Que, habiéndose culminado dicho proceso mediante la formalización de acuerdos, deviene necesario aprobar los resultados del Presupuesto Participativo 2017 en la Municipalidad Distrital de Bellavista; En uso de las facultades conferidas por los incisos 1 y 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal adopto el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la formalización de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo 2017 del Distrito de Bellavista, los mismos que forman parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- APROBAR el Documento del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2017, elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- RECONOCER al Comité de Vigilancia, el mismo que estará integrado por los siguientes vecinos: - Sra. Carmen Romero de Rodríguez - Sra. Liliana Reynoso Obregón - Sr. Braulio Nelson Muñoz Muñoz - Sr. Enrique Gordillo Sotelo DNI Nº 25606058 DNI Nº 25620376 DNI Nº 25627084 DNI Nº 25607779

MUNICIPALIDAD DE MI PERU
Aprueban Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Mi Perú
ORDENANZA Nº 028-MDMP Mi Perú, 23 de julio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Mi Perú. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 28607 - Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los artículos del 102º al 105º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen la definición, composición, instalación y funciones de los Consejos de Coordinación Local Distrital, como órganos de coordinación y concertación de las municipalidades distritales. Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital de Mi Perú, se encuentra conformado por el Alcalde, quien lo preside, los regidores y por los cuatro representantes de las organizaciones de la sociedad civil del distrito. Que, el Artículo 105º de la misma ley, señala que el Consejo de Coordinación Local Distrital se rige por un Reglamento aprobado por Ordenanza Distrital, a propuesta del Consejo de Coordinación Local Distrital: Que, habiéndose instalado y reunido en sesión el Consejo de Coordinación Local Distrital de Mi Perú, propone al Concejo Municipal el Reglamento que forma parte de la presente Ordenanza; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el cual establece que mediante Ordenanza, norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNÁNIME, el Concejo Municipal y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE MI PERÚ Artículo Único.- APROBAR el REGLAMENTO del CONSEJO de COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL de MI PERÚ, que consta de 34 artículos, una disposición complementaria y una disposición final, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1409435-1

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la remisión del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1408764-3

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