Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 282

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de julio de 2016 /

El Peruano

con la presente Resolución, en consecuencia, varíese su denominación por el de Urbanización Trece de Mayo. Artículo Tercero.- Aprobar el Cuadro General de Distribución de Áreas de la Urbanización Trece de Mayo, conforme al siguiente detalle:
CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS % GENERAL 94.19 94.19 5.81 100.00%

USO ÁREA ÚTIL ÁREA DE VIVIENDA (45 Lotes) ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍAS ÁREA TOTAL

Área (m2) 7629.20 7629.20 470.80 8100.00

% PARCIAL

Artículo Cuarto.- Disponer la inscripción registral de la presente Habilitación Urbana de Oficio denominada Urbanización Trece de Mayo, previo cambio de uso de Rústico a Urbano, de los lotes que la conforman, de acuerdo con el Plano de Trazado y Lotización PTL129-2016-SGCSPU-GDU/MDPP, Memoria Descriptiva y el Archivo Digital (CD) de la información técnica de los planos: Plano Perimétrico PP y Plano de Trazado y Lotización PTL, que forman parte de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Disponer que la inscripción individual registral de los Lotes de Vivienda, sea gestionada por el propietario registral del predio habilitado de oficio. Artículo Sexto.- Precísese que las obras de habilitación urbana del predio habilitado de oficio, se valorizan en la suma de S/.499,150.00 (Cuatrocientos noventa y nueve mil ciento cincuenta y 00/100 nuevos soles). Artículo Séptimo.- Encargar a Secretaría General realizar la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1408546-1

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Aprueban el Reglamento para la Formalización de los Recicladores en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 20-2016-MSS Santiago de Surco, 26 de julio del 2016 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Informe Nº 496-2016-SGLPJ-GSC-MSS de la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, el Memorándum Nº 1211-2016-GSC-MSS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el Memorándum Nº 891-2016-GPPMSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 672-2016-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía

política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, mediante la Ordenanza N° 544-MSS, publicada el 26.07.2016, se aprobó el Marco Técnico Normativo para Promover la Formalización de los Recicladores en el distrito de Santiago de Surco; Que, el Artículo Tercero de la Ordenanza N° 544MSS, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las normas reglamentarias y dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la mejor aplicación de la acotada Ordenanza; Que, con Memorándum Nº 1211-2016-GSC-MSS la Gerencia de Servicios a la Ciudad, adjuntando el Informe Nº 496-2016-SGLPJ-GSC-MSS de la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, remite el proyecto del Decreto de Alcaldía que aprueba el Reglamento de Formalización de los Recicladores en el distrito de Santiago de Surco, en donde se establecen parámetros y lineamientos específicos complementarios a la Ordenanza N° 544-MSS, coadyuvando a la promoción del desarrollo de un modelo integrado para el reaprovechamiento de los residuos sólidos en el distrito de Santiago de Surco, cumpliendo con lo dispuesto en el Instructivo de la Meta 02 "Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en viviendas urbanas del distrito, según porcentajes categorizados" del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; Que, mediante Memorándum N° 891-2016-GPPMSS la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, opina favorablemente respecto de la aprobación del Decreto de Alcaldía que apruebe el Reglamento de Formalización de los Recicladores en el Distrito de Santiago de Surco, el cual se encuentra acorde a los Instructivos y la Guía Metodológica de la Meta 02 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; Que, con Informe Nº 672-2016-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, a través de la Ley N° 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores y su Reglamento aprobado mediante del Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM, se establece el marco normativo para la regulación de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente eficiente de los residuos sólidos en el país, en el marco de los objetivos y principios de la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, y la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el sistema normativo anotado, establece que los gobiernos locales deberán establecer normas de promoción de la actividad que realizan los recicladores de residuos sólidos no peligrosos en coordinación con sus asociaciones, cuya formación será promovida por los gobiernos regionales y locales, así como de pequeñas y microempresas especializadas en la recolección para el reciclaje y la comercialización de residuos sólidos; Que, en este contexto señala la Gerencia de Asesoría Jurídica, el proyecto de Decreto de Alcaldía aprueba la reglamentación de la Ordenanza que Formaliza a los Recicladores en el Distrito de Santiago de Surco, fija el marco técnico normativo para promover la formalización de los recicladores en el distrito de Santiago de Surco, con la finalidad de mejorar el Sistema y calidad de la labor del reciclaje y propiciar un mejor manejo de los residuos sólidos a nivel local, emitiendo opinión favorable para la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía, el cual se encuentra acorde al instructivos y la Guía Metodológica de la Meta 02 "Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en viviendas urbanas del distrito, según los porcentajes categorizados para municipalidades de ciudades principales tipo A" del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS Reglamento que establece disposiciones relativas a

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