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595202 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de julio de 2016 / El Peruano Que, habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en el 24A de la Ley Nº 29898 (Ley que modifi ca la Ley Nº 29090) y el artículo 3 de la Ordenanza Nº204-MDPP, es procedente aprobar la Habilitación Urbana de Ofi cio del predio denominado “Terreno Agrícola Parcela Número 47 Altura de La Unidad Catastral 11481 Fundo Parcela 47“, ubicado en el Distrito de Puente Piedra, inscrito en la Partida Nº43328670 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP; Que, las obras de habilitación urbana del predio habilitado de ofi cio, se valorizan en la suma de S/.973,880.00 (Novecientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y 00/100 soles); Que, a fi n de presentar los elementos técnicos sufi cientes que permitan la identifi cación gráfi ca del perímetro y lotización que presentamos, se anexa a la presente resolución un archivo digital (CD) de los planos respectivos y las memorias descriptivas correspondientes. Que, por lo expuesto, y conforme a las facultades conferidas en la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 43 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y el artículo 6 de la Ordenanza Nº 204-MDPP. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar aprobado el Plano Parcela PPAR-110-2016-SGCSPU-GDU/MDPP y su correspondiente memoria descriptiva, de acuerdo a las especifi caciones técnicas descritas en el Plano Perimétrico inscrito en la Partida Electrónica Nº43328670 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, a fi n de georreferenciar el plano inscrito en título archivado, sobre el predio denominado “Terreno Agrícola Parcela Número 47 altura de la Unidad Catastral 11481 Fundo Parcela 47”, situado en el Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima, con un área inscrita de 35,000.00 m2. Artículo Segundo.- Declarar aprobada la Habilitación Urbana de Ofi cio, del Terreno Rústico de 24,474.73m2, denominado “Terreno Agrícola Parcela Número 47 altura de la Unidad Catastral 11481 Fundo Parcela 47”, situado en el Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº43328670 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, de conformidad con el Plano Perimétrico PP-107-2016- SGCSPU-GDU/MDPP y el Plano de Trazado y Lotización PTL-108-2016-SGCSPU-GDU/MDPP y las respectivas Memorias Descriptivas, documentos que se aprueban con la presente Resolución, en consecuencia, varíese su denominación por el de Urbanización Integral Paraíso del Norte Parcela 47 - Los Girasoles. Artículo Tercero.- Aprobar el Cuadro General de Distribución de Áreas del Sector Urbanización Paraíso del Norte Parcela 47, conforme al siguiente detalle: SECTOR URBANIZACIÓN PARAISO DEL NORTE PARCELA 47 CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS USO Área (m2) % PARCIAL % GENERAL AREA UTIL 8,953.00 71.77 AREA DE VIVIENDA (41 Lts.) 7,058.40 56.58 AREA DE EQUIPAMIENTO URBANO 1,340.60 10.75 Recreación Pública Parques 1340.60 10.75 AREA DE COMPENSACION 554.00 4.44 AREA DE CIRCULACION 3,521.73 28.23 AREA TOTAL 12,474.73 100.00% Artículo Cuarto.- Aprobar el Cuadro General de Distribución de Áreas del Sector Urbanización los Girasoles, conforme al siguiente detalle: SECTOR URBANIZACIÓN LOS GIRASOLES CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS USO Área (m2) % PARCIAL % GENERAL AREA UTIL 8,312.80 71.34 AREA DE VIVIENDA (54 Lts.) 8,312.80 71.34 AREA DE CIRCULACION 3,339.73 28.66 AREA TOTAL 11,652.53 100.00% Artículo Quinto.- Aprobar el Cuadro General de Distribución de Áreas de la Urbanización Integral Paraíso del Norte Parcela 47 - Los Girasoles, conforme al siguiente detalle: URBANIZACION INTEGRAL PARAISO DEL NORTE PARCELA 47 - LOS GIRASOLES CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS USO Area (m2) % PARCIAL % GENERAL AREA UTIL 17,265.80 70.54 AREA DE VIVIENDA (95 Lts.) 15,371.20 62.80 AREA DE EQUIPAMIENTO URBANO 1,340.60 5.48 Recreación Pública Parques 1,340.60 5.48 AREA DE COMPENSACION 554.00 2.26 AREA DE CIRCULACION 7,208.93 29.46 AREA TOTAL 24,474.73 100.00% Artículo Sexto.- Disponer la inscripción registral de la presente Habilitación Urbana De Ofi cio Denominada Urbanización Integral Paraíso del Norte Parcela 47 – Los Girasoles, previo cambio de uso de Rústico a Urbano de los lotes que la conforman, de acuerdo con el Plano de Trazado y Lotización PTL-108-2016-SGCSPU-GDU/ MDPP, Memoria Descriptiva y el Archivo Digital (CD) de la información técnica de los planos: Plano Perimétrico PP, Plano de Trazado y Lotización PTL y Plano Remanente PREM, que forman parte de la presente Resolución. Artículo Séptimo.- Disponer la inscripción registral como Área Remanente de una extensión superfi cial de 10,525.27m2, inscrito en la Partida Nº43328670 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, según linderos y medidas perimétricas determinados en el Plano Remanente PREM-109-2016-SGCSPU-GDU/MDPP y su correspondiente memoria descriptiva, con todos sus datos y detalles que el mismo contiene. Artículo Octavo.- Disponer que la inscripción individual registral de los lotes de Vivienda, sea gestionada por el propietario registral del predio habilitado de ofi cio. Artículo Noveno.- Disponer que la inscripción de los aportes destinados a Recreación Pública (Parque), descritos en el noveno y décimo primero considerando de la presente resolución, se realice conforme a lo previsto en la primera disposición complementaria fi nal de la Ley Nº29898, modifi cación de la Ley Nº29090. Artículo Décimo.- Precísese que las obras de habilitación urbana del predio habilitado de ofi cio, se valorizan en S/.973,880.00 (Novecientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y 00/100 soles). Artículo Décimo Primero.- Encargar a Secretaría General realizar la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1408549-1