Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 208

595550

NORMAS LEGALES

Jueves 28 de julio de 2016 /

El Peruano

Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente; Que, la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1240, crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento OTASS como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargado de ejecutar la política del sector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las EPS, y cuenta en su estructura orgánica, entre otros, con un Consejo Directivo; Que, el Reglamento de la Ley N° 30045, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, establece en su artículo 21, que el Directorio de las EPS está integrado, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Resolución Ministerial N° 282-2014VIVIENDA, se designó al señor Víctor Moisés Gonzales Quiróz, como representante del Ministerio Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la Provincia de Huaura: Domingo Mandamiento Sipán Sociedad Anónima - EMAPA HUACHO S.A.; Que, el literal e) del artículo 15 de la Directiva N° 001-2014-OTASS/CD "Directiva para la selección y designación de los miembros del Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento EPS municipales", aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 001-2014-OTASS/CD, y modificada por las Resoluciones de Consejo Directivo N°s. 002 y 005-OTASS/CD, establece como causal de remoción de los directores, la pérdida de la confianza; Que, en consecuencia, es necesario remover al representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la Provincia de Huaura: Domingo Mandamiento Sipán Sociedad Anónima - EMAPA HUACHO S.A.; así como designar al nuevo representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el citado Directorio; Que, con Memorándum N° 515-2016-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS del Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, sustentado en los Informes N°s. 234 y 254-2016-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS, de la Dirección de Saneamiento; se propone como representante del MVCS ante el Directorio de la EPS EMAPA HUACHO S.A., al señor Jorge Luis Feliciano Amado; precisándose que mediante Resolución Ministerial Nº 085-2015-VIVIENDA, ha sido designado como representante del MVCS ante el Directorio de la EPS EMAPA HUARAL S.A., ejerciendo dicha representación en la actualidad; Que, en ese sentido, el artículo 45 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 26338, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, establece los impedimentos para ser designado director de una EPS municipal, en adición a los señalados en la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades; no estando establecido como impedimento el pertenecer a más de un directorio; asimismo, el artículo 5 de la Directiva N° 001-2014-OTASS/CD "Directiva para la selección y designación de los miembros del Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento EPS municipales", aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 001-2014-OTASS/CD, y modificada por las Resoluciones de Consejo Directivo N°s. 002 y 005-OTASS/CD, no concuerda con el Decreto Supremo antes citado; Que, el literal e) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza durante el Año Fiscal 2016, el otorgamiento de dietas, entre otros, para los representantes que designe el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de las Entidades Prestadoras de

Servicios de Saneamiento municipales constituidas como sociedades anónimas; precisando que el número máximo de dietas que podrán percibir cada uno de los miembros será de cuatro dietas por mes aun cuando asistan a un número mayor de sesiones; Que, asimismo, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 238-2015-EF, que aprueba montos de dietas para los representantes designados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de las Entidades Prestadoras de Saneamiento Municipales constituidas como Sociedades Anónimas, establece que cada representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales constituidas como sociedades anónimas puede recibir como máximo dos (02) dietas al mes, aun cuando asista a un número mayor de sesiones; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 238-2015-EF, establece que ningún representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales constituidas como sociedades anónimas, podrá recibir dietas en más de una entidad, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 28212, modificado por Decreto de Urgencia Nº 038-2006, que establece que las personas al servicio del Estado y que en representación del mismo formen parte de Directorios, no percibirán dietas en más de una (1) entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, ambas modificadas por el Decreto Legislativo Nº 1240, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento; el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 26338, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA; el Decreto Supremo Nº 238-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Remover al señor Víctor Moisés Gonzales Quiróz, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la Provincia de Huaura: Domingo Mandamiento Sipán Sociedad Anónima - EMAPA HUACHO S.A. Artículo 2.- Designar al señor Jorge Luis Feliciano Amado, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la Provincia de Huaura: Domingo Mandamiento Sipán Sociedad Anónima - EMAPA HUACHO S.A.; precisándose que el mismo no podrá percibir dietas en más de una (1) entidad. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, a la Contraloría General de la República y a la EPS EMAPA HUACHO S.A. y a las personas señaladas en los artículos 1 y 2. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1410180-6

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.