Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 219

El Peruano / Jueves 28 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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en los incisos d) y s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificación de procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNAT Modifíquese los procedimientos Nos 68; 69; 70; 71; 72; 75; 76; 77; 78; 79; 80; 81; 82; 83; 86; 87; 88; 89; 90; 91; 92; 93; 94; 95; 96; 97; 98; 99; 102; 103; 134; 157; 158; 159; 179; 180; 182 y 183 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNAT, según los anexos que forman parte integrante de la presente norma. Artículo 2°.- Incorporación de procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNAT Incorpórese los procedimientos administrativos Nos 07-A; 27-A; 65-A; 99-A y 180-A al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNAT. Artículo 3°.- Publicación Publíquese los anexos mencionados en la presente Resolución, en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT (www.sunat.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), el mismo día de publicación de la presente Resolución de Superintendencia en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1410113-1

consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizaciones a su cargo; Que en mérito al Informe N 010-2016/SUNAT-1M2100 se ha estimado conveniente proceder a designar a los trabajadores Santiago Oswaldo Pardo Robatti y Percy Anibal Artica Gerónimo quienes ejercerán la función de fedatarios institucionales titular y alterno en la citada División; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como fedatario institucional de la División de Administración Documentaria a los siguientes servidores: Fedatario Institucional Titular - SANTIAGO OSWALDO PARDO ROBATTI Fedatario Institucional Alterno - PERCY ANIBAL ARTICA GERÓNIMO Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO ARTURO TOMA OYAMA Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1409522-1

Designan Fedatario Institucional Titular y Alterno de la División de Administración Documentaria
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 052-2016-SUNAT/800000 Lima, 26 de julio de 2016 VISTO: El Informe N° 010-2016/SUNAT-1M2100 de la División de Administración Documentaria, mediante el cual propone la designación de fedatarios institucionales en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N° 001-2016-SUNAT/1M2000, establece que los Intendentes, Jefes de Oficina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que

Aprueban Procedimiento General "Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI" INTA-PG.27 (versión 3)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 25-2016/SUNAT/5F0000 Callao, 25 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 023-2011/SUNAT/A, se aprobó el Procedimiento General adecuado al Sistema de la Calidad "Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI" - INTA-PG.27 (versión 2); Que es necesario aprobar una nueva versión del citado procedimiento a fin de adecuarlo a la normativa vigente y de hacer más eficiente el sistema de control de las mercancías que se destinan al régimen de Tránsito Aduanero Internacional, para asegurar el debido cumplimiento de las normas internacionales y nacionales que lo regulan; En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, y estando a la Acción de Personal Encargatura Interina N° 00063-2016-500000; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébase el procedimiento general "Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI", INTA-PG.27 (versión 3), cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Déjese sin efecto el procedimiento general "Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI", INTA-PG.27 (versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 023-2011/SUNAT/A.

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