Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2016 (28/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Martes 28 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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señala que la transferencia de los registros que administran las autoridades competentes en el marco del SEIA, se realiza en concordancia con el proceso de implementación del Senace; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM se aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al Senace, el cual establece en el numeral 1.2 del artículo 1, que la transferencia comprende, entre otras funciones, la administración del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales", del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental" o de cualquier otro registro de denominación similar, que deba formar parte del Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del Senace; Que, conforme al referido cronograma, en el cuarto trimestre del año 2015 se inició el proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones al Senace, el mismo que formaliza su culminación con la publicación de la Resolución Ministerial N° 160-2016-MINAM emitida por el Ministerio del Ambiente, la cual señala que a partir del 14 de julio de 2016, el Senace asume las funciones, entre otras, de administrar el Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales (Registro Nacional de Consultoras Ambientales); Que, el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM, establece como función de la Jefatura la aprobación de guías y normas o propuestas normativas para la implementación y adecuado desempeño; asimismo, el literal k) del referido artículo establece que es función de la Jefatura del Senace, emitir resoluciones en los asuntos concernientes a las actividades de dicha Institución; Que, el artículo 46 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, señala que toda persona natural o jurídica, en forma individual o colectiva, puede presentar opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones u aportes, en las políticas y acciones que incidan sobre la toma de decisiones de la gestión ambiental; Que, en el marco del Principio de Participación, regulado en el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, se debe promover la intervención informada y responsable de todos los interesados en el proceso de evaluación de impacto ambiental, para lograr la ejecución de políticas acordes al SEIA; Que, de conformidad con el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, los proyectos de normas que tengan efectos ambientales serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, en tal sentido, corresponde publicar el proyecto de Resolución Jefatural que aprueba la conformación del equipo profesional multidisciplinario de las entidades que requieran la inscripción o renovación de inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales para desarrollar actividades de elaboración de estudios ambientales en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) para proyectos en el subsector Transportes, a fin de recibir las opiniones y/o sugerencias de los interesados; Con el visado de la Dirección de Registros Ambientales, la Dirección de Gestión Estratégica, y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental

y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo N° 011-2013-MINAM, que aprueba el Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA; la Resolución Ministerial N° 160-2016-MINAM, que aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles Senace; y, los literales j) y k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1. Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de Resolución Jefatural que aprueba la conformación del equipo profesional multidisciplinario de las entidades que requieran la inscripción o renovación de inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales para desarrollar actividades de elaboración de estudios ambientales en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) para proyectos en el subsector Transportes. Dicha publicación se realizará en el Portal Institucional del Senace (www.senace.gob.pe), a fin de conocer las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 2. Mecanismos de participación Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, deben ser remitidas por escrito a la Sede Central del Senace, ubicada en la avenida Guardia Civil N° 115, distrito de San Borja, y/o a la dirección electrónica: consultaspublicas@senace.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace 1397465-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean los Centros Juveniles de Medio Abierto - Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco, Huancavelica y Santa y disponen otras acciones administrativas
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 137-2016-CE-PJ Lima, 8 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 789-2016-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, y el Oficio Nº 301-2016-GCJGG/PJ, de la Gerencia de Centros Juveniles de la Gerencia General del Poder Judicial, respecto a la propuesta de creación Centros Juveniles de Medio Abierto - Servicio de

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