Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2016 (03/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano / Jueves 3 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

579703

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 446MDB, que establecierón diversos Beneficios Tributarios a favor de contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2016-MDB Barranco, 29 de febrero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTA: La Ordenanza Nº 446-2015-MDB, de fecha 17 de diciembre de 2015, mediante la cual se establecieron Beneficios Tributarios para las Tasas de Arbitrios Municipales de Barrido de Vías, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2016 en el Distrito de Barranco. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que: "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia..."; Que, mediante Ordenanza Nº 446-2015-MDB, se estableció el otorgamiento de Beneficios Tributarios para las Tasas de Arbitrios Municipales de Barrido de Vías, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2016 en el Distrito de Barranco; beneficio vigente hasta el 28 de febrero de 2016; Que, la Primera Disposición Final de la mencionada Ordenanza, dispone de manera expresa: "Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada y mejor aplicación de los dispuesto en la presente Ordenanza"; Que, mediante Informe Nº 0151-2016-SGRCECGAT-MDB, la Sub Gerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva, propone ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 446-2015-MDB, en razón a que el beneficio otorgado a los contribuyentes ha permitido el incremento de la recaudación; crecimiento que se viene haciendo sostenido debido a los mecanismos empleados por la Administración Tributaria; Que, la Ordenanza Nº 446-2015-MDB, se encuentra sustentada en los fundamentos expuestos por el área técnica competente, así como en la normatividad vigente, haciendo especial énfasis en la Ley Nº 29332, Ley que crea el Plan de Mejora a la Gestión Municipal, norma que tiene por objeto, entre otros, incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales precisando que, con ese fin, las leyes del presupuesto incorporan normativa relacionada a incentivar a los gobiernos locales para la mejora de la gestión; Estando a lo expuesto y ejerciendo las facultades conferidas por el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2016, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 446-MDB. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del 29 de febrero de 2016. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes en cuanto les corresponda, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y, encargar a la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1351527-1

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Prorrogan fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios, incentivos por pronto pago para el ejercicio 2016 y actualización de datos con carácter de Declaración Jurada
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2016-A/MDB Breña, 29 de febrero de 2016 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 029-2016-GM/MDB del 29.02.2016 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 75-2016-GAJ-MDB del 29.02.2016 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 018-2016-GR/MDB del 29.02.2016 de la Gerencia de Rentas, sobre prórroga de calendario de vencimiento aprobado mediante la Ordenanza Nº 4612016/MDB- CDB; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que (...) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo el artículo 42º establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 461-2016/MDB-CDB, se aprobó "el calendario de vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios, incentivos por pronto pago para el ejercicio 2016 y actualización de datos con carácter de declaración jurada", la misma que en sus artículos segundo, tercero y quinto, respectivamente, establecen como fecha de vencimiento para el pago al contado del Impuesto Predial 2016, de la primera cuota del pago fraccionado del Impuesto Predial y la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales del año 2016, del Régimen de incentivos por pronto pago, y la presentación de las hojas de actualización de datos con carácter de Declaración Jurada, el 29 de febrero del 2016; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 461-2016/MDB-CDB, publicada el 30 de enero del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.