Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2016 (09/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
SS.

Miércoles 9 de marzo de 2016 /

El Peruano

Y LIBERTAD", representado por su Personero Legal Titular, José Humberto Saldaña Cuba. EXPEDIENTE Nº 0176-2016-032

Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese.

MIRANDA ALCÁNTARA Jesús María, 6 de marzo de 2016. LOAYZA GÁRATE VISTO: El expediente que contiene la solicitud de inscripción de lista de candidatos a Representantes ante el Parlamento Andino presentada en la fecha, por la Organización Política "EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD", debidamente representado por el Personero Legal Titular, José Humberto Saldaña Cuba, en el marco de las Elecciones Generales del año 2016; y (...) Por las consideraciones expuestas, este Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, en uso de sus atribuciones, conferidas por los artículos 44º y 47º de la Ley Orgánica de Elecciones y 35º y 36º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- INSCRIBIR y PUBLICAR la solicitud de inscripción de la lista de candidatos a Representantes ante el Parlamento Andino, presentada por la Organización Política "EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD", representado por su Personero Legal Titular, José Humberto Saldaña Cuba con el objeto de participar en las Elecciones Generales del año 2016, conforme al siguiente detalle:
LISTA DE CANDIDATOS AL PARLAMENTO ANDINO NOMBRES Y APELLIDOS 1. ALAN CARSOL BERNABE FAIRLIE REINOSO 2. PEDRO ANDRES TORIBIO TOPILTZIN FRANCKE BALLVE 3. LUZ GLADIS VILA PIHUE 4. RICARDO ANTONIO SOBERON GARRIDO 5. ELIZABETH LEON MINAYA 6. MANUEL ALEXANDER ANDIA PEREZ 7. CARMELA CHUNG ECHEVARRIA 8. 9. JESUS ARNULFO VICTOR ZEGARRA BREÑAS 29296700 10. NELLY AURISTELA LEDESMA RARAZ 11. VICTOR MANUEL GUEVARA OSCCO 12. 13. RUTH MICAELA MUÑOZ CORNEJO 14. PAUL FRANCIS ESCAJADILLO LOCK 15. FELIX SANDRO CHAVEZ VASQUEZ 06529133 40808374 06694988 06706439 07763885 DNI 09675880 10146581 20069478 06625316 28206906 09851440 23964096

VARGAS CHOJEDA Fiestas Chunga Secretaria Jurisdiccional 1353515-5

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan viaje de funcionario a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 39-2016/JNAC/RENIEC Lima, 8 de marzo de 2016 VISTOS: La Carta S/N de 03FEB2016, remitido por el Vicepresidente de la Corte Electoral de Uruguay ­ Presidencia Pro Témpore del Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), la Carta N° 000016-2016/ SGEN/RENIEC (08FEB2016) de la Secretaría General, el Memorando N° 000124-2016/GRE/RENIEC (12FEB2016) de la Gerencia de Registro Electoral, el Memorando N° 000647-2016/GAD/RENIEC (01MAR2016) de la Gerencia de Administración, el Informe N° 000496-2016/GAD/SGLG/ RENIEC (29FEB2016) de la Sub Gerencia de Logística de la Gerencia de Administración, el Memorando N° 000751-2016/ GPP/RENIEC (01MAR2016) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 000677-2016/GPP/SGP/RENIEC (01MAR2016) de la Sub Gerencia de Presupuesto, y el Informe N° 000027-2016/GTH/SGAL/RENIEC (03MAR2016) de la Sub Gerencia de Asuntos Laborales de la Gerencia de Talento Humano, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta S/N de fecha 03 de febrero de 2016 de Vistos, el Vicepresidente de la Corte Electoral de Uruguay ­ Presidencia Pro Témpore del Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), convoca al señor JORGE LUIS YRIVARREN LAZO, Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC, a la "Reunión Ordinaria del Consejo Electoral de la UNASUR", que se realizará en la ciudad de Montevideo de la República Oriental del Uruguay, el próximo 16 de marzo de 2016; Que, la mencionada convocatoria se realiza en el marco de lo establecido en el artículo 7° del Estatuto del Consejo Electoral, que a la letra dice: "Las Reuniones Ordinarias del Consejo Electoral tendrán una periodicidad anual, pudiendo convocar la Presidencia Pro Témpore a reuniones extraordinarias a petición de al menos la mitad de los Estados Miembros (...)"; Que, igualmente, se precisa que la Corte Electoral de Uruguay cubrirá los gastos de alojamiento, alimentación y transporte interno que se incurra por la participación de la Institución; por lo que, para dichos conceptos no irrogará egreso alguno al RENIEC; sin embargo, no señalan que cubrirán el costo por concepto de pasaje aéreo del representante; Que, al respecto, la Secretaría General del RENIEC a través de la Carta N° 000016-2016/SGEN/RENIEC (08FEB2016) de Vistos, hace de conocimiento al Vicepresidente de la Corte Electoral de Uruguay ­ Presidencia Pro Témpore del Consejo Electoral de

Artículo Segundo.- PUBLICAR la síntesis de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, bajo responsabilidad funcional de conformidad lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2º de la Ley N.º 29091. Artículo Tercero.- REMITIR la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima Centro. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución a la parte interesada en el domicilio procesal consignado en la solicitud de inscripción y publíquese a través del panel de este Jurado Electoral Especial y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

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