Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2016 (12/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de marzo de 2016 /

El Peruano

Autorizan viaje de Fiscal de la Nación y de Secretario General de la Fiscalía de la Nación al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1194-2016-MP-FN Lima, 11 de marzo de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo del Estado peruano que tiene entre sus principales atribuciones, la defensa de la legalidad, la conducción de la investigación del delito, la representación en los procesos judiciales a la sociedad, el ejercicio de la acción penal, así como también la prevención del delito y velar por la independencia de los órganos jurisdiccionales y la recta administración de la justicia; Que, la Fiscalía de la Nación ha realizado coordinaciones con Crown Prosecution Service (CPS) para la suscripción de un Convenio Marco de Cooperación así como un Memorando de Entendimiento en Cooperación Judicial, los mismos que serán suscritos en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, durante el mes de marzo de 2016; Que, el convenio tiene como objeto establecer el marco de colaboración entre ambas instituciones en materia de cooperación académica, científica y operativa y en el diseño de estrategias para la lucha contra la delincuencia; todo ello encaminado a crear oportunidades para que el personal fiscal y administrativo del Ministerio Público acceda al intercambio de experiencias y nuevos conocimientos; Que, el memorando de entendimiento en cooperación judicial tiene como propósito establecer las bases y mecanismos de cooperación jurídicotécnica entre las instituciones basados en el intercambio de información, de estrategias y técnicas de investigación capaces de enfrentar los desafíos de la política criminal moderna; Que, asimismo, mediante comunicación cursada por el señor Embajador de la Embajada Británica en Lima, se invita al señor doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal de la Nación, para que asista a las instituciones británicas Crown Prosecution Service (CPS) y National Crime Agency (NCA) con el objetivo de intercambiar experiencias y buenas prácticas sobre litigación oral y métodos de investigación para casos complejos; Que, Crown Prosecution Service (CPS), es la autoridad principal de persecución en Inglaterra y Gales y tiene entre sus principales responsabilidades, proporcionar asesoramiento jurídico a la policía y otros organismos durante el desarrollo de las investigaciones penales, asimismo decide que casos deben ser procesados, realizando una distinción entre los casos graves de los complejos, y, proporciona información, asistencia y apoyo a las víctimas y testigos; Que, la National Crime Agency (NCA) es un organismo del Reino Unido que lucha contra el crimen organizado y el tráfico de armas, personas y drogas, así como, la delincuencia cibernética y la delincuencia económica que va más allá de las fronteras regionales e internacionales y trabaja de manera muy cercana con otras entidades que luchan contra el crimen organizado y el fraude; Que, además se ha recibido el OFICIO RE (DAE) Nº 4-3/44 remitido por la señora Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, Ministra de Relaciones Exteriores del Perú a través del cual se traslada la invitación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para que asista el señor Fiscal de la Nación en calidad de Presidente de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN Anticorrupción) a la Reunión Ministerial "La Convención OCDE para Combatir el Cohecho y su Rol en la Lucha Global contra la Corrupción", reunión paralela a la Sesión del Grupo de Trabajo sobre Cohecho en Transacciones Comerciales Internacionales

que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, el 16 de marzo del presente año; Que, en esta reunión participarán ministros y representantes vinculados con las entidades anticorrupción de distintos países, por lo cual es importante la participación del señor Fiscal de la Nación, tomando en cuenta que es el Presidente de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; Que, la CAN Anticorrupción, creada mediante Decreto Supremo Nº 016-2010-PCM y reconocida mediante Ley Nº 29976, es un espacio de coordinación y adopción de acciones concretas, conformado por entidades del sector público, privado y la sociedad civil, que tiene entre sus funciones, proponer el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción y supervisar su implementación, así como formular propuestas normativas para prevenir y sancionar la corrupción, sobre la base de la articulación de esfuerzos de las entidades responsables de la investigación y sanción de actos de corrupción; Que, entre las funciones que se han asignado a la CAN Anticorrupción se encuentra la elaboración del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, el mismo que fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM. Este plan contempla en los objetivos 3 y 4 la investigación y la sanción oportuna de los actos de corrupción y el posicionamiento del Perú en espacios internacionales de lucha contra la corrupción, lo cual implica la adopción de acciones concretas para adecuar la legislación penal a los estándares internacionales de lucha contra la corrupción, entre ellos, a los de la OCDE; Que, en el marco del objetivo 4 del plan antes señalado, el 16 de marzo de 2009, el Estado Peruano solicitó a la OCDE su adhesión a la Convención Anticohecho de la OCDE y expresó su interés de ser parte del Grupo de Trabajo sobre Cohecho en Transacciones Comerciales Internacionales, por lo cual, se invitó al Perú, desde el año 2013 como "Participante" de este grupo, por los próximos dos años, lo cual conlleva a un conjunto de obligaciones muy importantes como la participación activa y permanente en todas las reuniones del Grupo de Trabajo y el mejoramiento del marco legal del país, adecuado a los estándares solicitados por la OCDE; Que, la CAN Anticorrupción se encuentra liderando las reformas normativas para ser parte de la Convención y del Grupo de Trabajo sobre Cohecho en Transacciones Comerciales Internacionales por lo que, resulta indispensable la presencia del señor Fiscal de la Nación y Presidente de la CAN Anticorrupción; Que, tomando en cuenta las políticas internas que viene impulsando el Ministerio Público, entre las que se encuentran aquellas relacionadas con el fortalecimiento de las capacidades de los integrantes de la entidad, es de interés institucional que el Fiscal de la Nación participe en las diversas actividades programadas por Crown Prosecution Service (CPS) y National Crime Agency (NCA) y sostenga reuniones con los representantes de la Corte Real de Justicia, Corte de Apelaciones, Colegio de Abogados de Inglaterra y Gales, el Consejo de Entrenamiento de Litigación Oral, y, asista a la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre Crown Prosecution Service (CPS) y el Ministerio Público del Perú. Asimismo, es de sumo interés la participación del señor Fiscal de la Nación en la Reunión Ministerial "La Convención OCDE para Combatir el Cohecho y su Rol en la Lucha Global contra la Corrupción"; Que, por Acuerdos Nº 4187 y 4201 de la Junta de Fiscales Supremos se autoriza el viaje del señor doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal de la Nación y Presidente de la Junta de Fiscales Supremos, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 12 al 21 de marzo de 2016 y a la ciudad de París, República Francesa, el día 16 de marzo de 2016, respectivamente; Que, los gastos que irrogue la participación del señor Fiscal de la Nación en la ciudad de Londres serán cubiertos por el Gobierno Británico y los que correspondan a su desplazamiento a la ciudad de París, serán cubiertos por el presupuesto institucional del Ministerio Público; Contando con los vistos de la Gerencia General,

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