Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2016 (12/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 12 de marzo de 2016 /

El Peruano

Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Javier Guillermo Palomino Sedó, Secretario General de la Fiscalía de la Nación, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y a la ciudad de París, República Francesa, del 12 al 20 de marzo de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de las Gerencias Centrales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos, seguros de viaje, asignación de viáticos, gastos de instalación y de traslado, y otros gastos, conforme al detalle siguiente:
Pasajes Aéreos US$ 1,251.32 Seguro de Viaje Viáticos (por 9 días) Gastos de Otros gastos Instalación y (transporte Traslado ferroviario) US$ 540.00 US$ 1,000.00

US$ 63.00 US$ 4,860.00

Artículo Tercero.- Encargar el Despacho de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación a la señorita Ana María Velarde Roa, Sub Gerente (e) de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, mientras dure la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el viaje, el señor Javier Guillermo Palomino Sedó, Secretario General, deberá presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe detallado describiendo las actividades realizadas y los resultados obtenidos en esta comisión de servicios. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, Oficina Asesoría Jurídica, y al interesado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1355500-2

la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso ampliar la competencia de la Primera, Segunda y Tercera Salas Penales Liquidadoras Permanentes de la citada Corte, para que en adición a sus funciones tramiten procesos penales con reos libres; Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 737-2015-MP-FN, de fecha 4 de marzo de 2015, se designó a la Quinta Fiscalía Superior Penal de Lima como la fiscalía encargada de conocer los casos de lavado de activos fuera de la competencia del subsistema de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio en el distrito fiscal de Lima; Que, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3921-2015-MP-FN, de fecha 12 de agosto de 2015, se dispuso que los procesos penales que se tramiten ante la Primera, Segunda y Tercera Salas Penales Liquidadoras Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima continúen siendo de conocimiento de las fiscalías superiores penales originarias de Lima que los remitieron; Que, mediante el oficio de visto, el presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Lima, comunica a este despacho del Fiscal de la Nación, los acuerdos tomados en la reunión de coordinación y trabajo de los fiscales superiores penales del distrito fiscal de Lima, de fecha 4 de noviembre de 2015; Que, apreciándose la problemática existente en las fiscalías superiores penales de Lima para procesos con reos libres por la carga procesal que afrontan, se hace necesario dictar medidas que disminuyan la carga existente, para lo cual se deben optimizar los recursos humanos; por lo que se requiere contar con el apoyo de los fiscales superiores a cargo de estas, así como del personal fiscal de otros sub sistemas del Ministerio Público; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 737-2015-MP-FN, de fecha 4 de marzo de 2015, en el extremo que designó a la Quinta Fiscalía Superior Penal de Lima como fiscalía superior del distrito fiscal de Lima encargada de conocer los casos de lavado de activos fuera de la competencia del subsistema de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio. Artículo Segundo.- Disponer que las Fiscalías Superiores Nacionales Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, por excepción se avoquen al conocimiento de las investigaciones y procesos procedentes de la Décima y Vigésima Sexta Fiscalías Provinciales Penales de Lima referidos en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 737-2015-MPFN, de fecha 4 de marzo de 2015. La distribución de la carga la realizará el fiscal superior nacional coordinador de este subsistema de conformidad con el inciso e) del artículo 12 del Reglamento de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada y Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio. Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Lima de conformidad con lo establecido en el artículo 77, literales g) y t) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga procesal de las Fiscalías Superiores Penales de Lima, bajo los siguientes parámetros: i) la Quinta Fiscalía Superior Penal de Lima conocerá los procesos penales con reos libres y recursos de apelación procedentes de la Tercera Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima; ii) la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Fiscalías Superiores Penales de Lima conocerán los procesos penales con reos libres y recursos de apelación procedentes de la Primera y

Dictan medidas a fin de disminuir la carga procesal en fiscalías superiores penales de Lima para procesos con reos libres
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1201-2016-MP-FN Lima, 11 de marzo de 2016 VISTO: El Oficio Nº 17861-2015-PJFSDFL-MP-FN, de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 158-2014-CE-PJ, de fecha 30 de abril de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial modifica el inciso b) del artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 138-2014-CE-PJ, de fecha 23 de abril de 2014, y convierte y reubica la Quinta Sala Penal para procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima en Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; Que, a través de la Resolución Administrativa Nº 147-2015-CE-PJ, de fecha 22 de abril de 2015, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con el propósito de optimizar la descongestión de expedientes de las Salas Penales Permanentes para procesos con reos libres de

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