Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2016 (18/03/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 83
El Peruano / Viernes 18 de marzo de 2016
NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:
581229
Aprueban las "Disposiciones e Instrucciones para Garantizar el Orden, la Seguridad y la Protección de la Libertad Personal durante los procesos electorales, de referéndum u otras consultas populares"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000074 -2016-J/ONPE Lima, 16 de marzo del 2016 VISTOS: el Informe N° 000084-2016-OSDN/ONPE de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional; así como el Informe N° 000128-2016-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: La necesidad de garantizar el mantenimiento del orden y protección de la libertad personal durante los comisión, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE, de acuerdo con el artículo 186º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 40º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y el literal f) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, de su Ley Orgánica; dicta las instrucciones y disposiciones necesarias para este fin, siendo de cumplimiento obligatorio para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú; Es por ello que, de conformidad con el artículo 348º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el Comando de las Fuerzas Armadas pone a disposición de la ONPE los efectivos necesarios para asegurar el libre ejercicio del derecho de sufragio; la protección de los funcionarios electorales durante el cumplimiento de sus deberes y la custodia del material, documentos y demás elementos destinados a la realización del acto electoral; estando investido de las siguientes atribuciones: a) Prestar el auxilio correspondiente que garantice el normal funcionamiento de las Mesas de Sufragio; b) Mantener el libre tránsito de los electores desde el día anterior al de la elección y durante las horas de sufragio e impedir que haya coacción, cohecho, soborno u otra acción que tienda a coactar la libertad del elector; c) Facilitar el ingreso de los personeros a los locales en que funcionen las Mesas de Sufragio; d) Custodiar los locales donde funcionen los órganos electorales y las oficinas de Correos; y e) Hacer cumplir las disposiciones que adopte la ONPE para dicho efecto; Por su parte la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional OSDN de la ONPE es la unidad orgánica competente para realizar directamente las coordinaciones con las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional de Perú y el Ministerio Público, en los asuntos relacionados con la seguridad de los procesos electorales, de conformidad con el literal j) del artículo 21° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ ONPE y sus modificatorias; Siendo una atribución institucional legalmente establecida, determinar los mecanismos para este fin, mediante Resolución Jefatural N° 025-2015-J/ONPE se aprobaron las Disposiciones e Instrucciones para Garantizar el Orden, la Seguridad y la Protección de la Libertad Personal durante los comicios a realizarse en el año 2015; por lo que, con el informe de Vistos la OSDN propone aprobar la ampliación del ámbito de aplicación de dichas disposiciones, a todos los comicios que sean organizados y ejecutados por la ONPE; para lo cual resulta necesario emitir la Resolución Jefatural correspondiente; De conformidad con el literal f) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; el literal q) del artículo 7º y el literal s) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, y con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional;
Artículo Primero.- Aprobar las "Disposiciones e Instrucciones para Garantizar el Orden, la Seguridad y la Protección de la Libertad Personal durante los procesos electorales, de referéndum u otras consultas populares", que como anexo forman parte integrante de la presente resolución, que consta de dos (2) Capítulos y trece (13) artículos. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 025-2015-J/ONPE que aprobó las Disposiciones e Instrucciones para Garantizar el Orden, la Seguridad y la Protección de la Libertad Personal durante los comicios a realizarse en el año 2015. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Dirección General de la Policía Nacional del Perú, Jurado Nacional de Elecciones, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Defensoría del Pueblo y Ministerio Público, el contenido de la presente resolución, con su anexo correspondiente. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y de su anexo en el portal institucional www.onpe.gob.pe., dentro de los tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe DISPOSICIONES E INSTRUCCIONES PARA GARANTIZAR EL ORDEN, LA SEGURIDAD Y LA PROTECCIÓN DE LA LIBERTAD PERSONAL DURANTE PROCESOS ELECTORALES, DE REFERENDUM U OTRAS CONSULTAS POPULARES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto de las disposiciones. Dictar las disposiciones e instrucciones para garantizar el orden, la seguridad y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales, de referéndum u otras consultas populares. Artículo 2º.- Cumplimiento obligatorio de estas disposiciones por el CCFFAA y la PNP. El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA) y la Policía Nacional del Perú (PNP), están obligados a cumplir estas disposiciones e instrucciones a través de una permanente coordinación con la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional (OSDN) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y con las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) y/o Oficinas Regionales de Coordinación (ORC). La OSDN realiza las coordinaciones en materia de seguridad, en el marco de lo dispuesto por la Jefatura Nacional de la ONPE y la Gerencia General. Artículo 3º.- Alcance de las medidas de seguridad brindadas por las FFAA y la PNP. Las medidas de seguridad y de orden interno que disponga el CCFFAA y la PNP, deben ser coordinadas previamente con la OSDN, las ODPE, las ORC y las Oficinas Distritales de la ONPE, de ser el caso. Estas medidas estarán plasmadas en sus Directivas y Planes Operativos correspondientes, y se dirigirán a garantizar el orden y la protección de la libertad de: electores, miembros de mesa, autoridades en consulta, candidatos, personeros, observadores, funcionarios de los organismos electorales, promotores, así como el resguardo y protección de los locales de votación, locales de los organismos electorales y de sus órganos descentralizados (ODPE, ORC, Jurado Electoral EspecialJEE y Oficinas del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC) y los materiales electorales, especialmente en su producción, despliegue y repliegue, y los equipos de votación electrónica, de ser el caso.