Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2016 (02/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Lunes 2 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

586027

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 976 868,70 m2, ubicado al Suroeste de la jurisdicción del distrito de Huarmey, en la playa Punta Bermejo, altura de la quebrada La Ligera, entre los kilómetros 225 y 231 de la carretera Panamericana Sur, del distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Chimbote. Regístrese y publíquese.CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1374253-14 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1070-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de octubre del 2015 Visto el Expediente N° 710-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 255 081,10 m², ubicado al Sureste de la ciudad de Moquegua y al Este de la Asociación Los Tunales aproximadamente a 2 Km al Este de la carretera departamental MO-107 (Tramo Moquegua-Toquepala), sector terrazas de Chen Chen, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 255 081,10 m², ubicado al Sureste de la ciudad de Moquegua y al Este de la Asociación Los Tunales aproximadamente a 2 Km al Este de la carretera departamental MO-107 (Tramo Moquegua-Toquepala), sector terrazas de Chen Chen, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 29 de setiembre de 2015 sobre la base del Informe Técnico N° 1633-2015-ZR Nº XIII/UREGORM-R de fecha 29 de setiembre de 2015 (fojas 19 al 21), señala que el predio solicitado se encuentra totalmente sobre ámbito donde no se han detectado predios inscritos; Que, realizada la inspección técnica con fecha 22 de octubre del 2015 (foja 29), se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta una topografía con pendiente entre 11% a 20% aproximadamente, relieve ondulado, la textura del suelo es arenoso con presencia de rocas, a la fecha de la inspección el terreno se encontraba parcialmente ocupado; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que

los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 255 081,10 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1329-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de octubre de 2015 (fojas 30 al 31) SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 255 081,10 m², ubicado al Sureste de la ciudad de Moquegua y al Este de la Asociación Los Tunales aproximadamente a 2 Km al Este de la carretera departamental MO-107 (Tramo Moquegua-Toquepala), sector terrazas de Chen Chen, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. Artículo 2°.- La Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1374253-15 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1101-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de octubre del 2015 Visto el Expediente N° 1512-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 5 878 372,74 m², ubicado al Noroeste del Centro Poblado San Jacinto, en la margen izquierda de la carretera departamental AN104 (Tramo Nepeña-Moro) a 1 Km aproximadamente, distrito de Nepeña, provincia de Santa y departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,

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