Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2016 (02/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Lunes 2 de mayo de 2016 /

El Peruano

De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1297-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 21 de octubre de 2015 (fojas 09 al 12); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 18 580,19 m2, ubicado a la altura del límite distrital entre Coishco y el Santa, a 500 metros Noroeste del Muelle de la Bahia de Coishco, del distrito de Coishco, provincia del Santa, departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Chimbote. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1374253-18 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1105-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de octubre del 2015 Visto el Expediente N° 988-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 23 774,44 m², ubicado en el cerro Chillón, a 50 metros al Norte del Fundo Shangri-La, Segunda Etapa, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 23 774,44 m², ubicado en el cerro Chillón, a 50 metros al Norte del Fundo Shangri-La, Segunda Etapa, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral N°IX-Sede Lima remitió el Informe Técnico N° 15746-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de fecha 24 de julio de 2015 (fojas 37), mediante el cual señaló que el predio en consulta se ubica en zona donde no se ha identificado a la fecha, información gráfica con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 06 de octubre de 2015 (fojas 42), se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza, forma irregular, topografía muy accidentada por constituir en parte, ladera y cima de cerro de gran altura cuyo suelo es de textura arenosa, con abundantes fragmentos de rocas, encontrándose desocupado en toda su extensión; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que

los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 23 774,44 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 1345-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 29 de octubre de 2015 (fojas 43 a 44); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 23 774,44 m², ubicado en el cerro Chillón, a 50 metros al Norte del Fundo Shangri-La, Segunda Etapa, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N°IX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1374253-19

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos de dominio público ubicados en el departamento de Lima
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1054-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de octubre del 2015 Visto el Expediente N° 972-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 135 086,40 m2, ubicado en la Playa Chorrillos, al Oeste del Malecón de Huacho y a 2.15 kilómetros al Oeste de la Antigua Carretera Panamericana Norte (kilómetro 150), distrito de Huacho, provincia de Huaura y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman

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