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586600 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2016 / El Peruano las prestaciones no ejecutadas derivadas de un contrato resuelto o de un contrato declarado nulo por las causales previstas en los literales a) y b) del artículo 44º de la ley de Contrataciones del Estado, siempre que se haya invitado a los demás postores que participaron en el procedimiento de selección y no hubiesen obtenido aceptación a dicha invitación. u) Contratar directamente servicios educativos de capacitación que cuenten con un procedimiento de admisión o selección para determinar el ingreso o aceptación de las personas interesadas, por parte de las entidades educativas que los brindan. Artículo Segundo.- Modifi car el literal l) del Artículo Tercero de la Resolución Jefatural Nº 026-2016/JNAC/ RENIEC (19FEB2016), a efectos de que también se delegue al Sub Gerente de Contabilidad de la Gerencia de Administración la facultad para representar a la entidad ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente Resolución Jefatural a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 1377331-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionarios a la República de Fiyi, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 2594-2016 Lima, 05 de mayo de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (e) VISTA: La invitación cursada por el Grupo Egmont a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la Reunión del Comité del Grupo Egmont, que se llevará a cabo los días 18 y 19 de mayo de 2016, en la ciudad de Nadi, República de Fiyi; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), es miembro activo del Grupo Egmont desde su ingreso en junio de 2005 y como tal, ha venido asumiendo la representación y defensa de los intereses del país en las reuniones realizadas por este grupo desde su incorporación en el mismo. El Grupo Egmont reúne a las Unidades de Inteligencia Financiera como un Foro que presta cooperación internacional en la lucha contra el lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; Que, en el marco del 23° Plenario del Grupo Egmont que se llevó a cabo en junio de 2015 en la ciudad de Bridgetown, Barbados, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) asumió la presidencia del Grupo Egmont por el periodo 2015-2017; Que, el señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, en su calidad de Presidente del Grupo Egmont, deberá presidir la Reunión del Comité, en la que se tratarán diversos temas de cara a la próxima Reunión Plenaria que se realizará en Estambul, Turquía, en julio de 2016, así como temas de índole administrativo del Grupo, entre otros. Asimismo, el señor Gonzalo José Alvarado Palomino, Coordinador de Enlace y Cooperación del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, ejercerá las labores de Egmont Person, apoyando al Presidente en el marco de las discusiones de los temas previstos en la agenda y ejerciendo de nexo con los miembros del Comité y de la Secretaría del Grupo Egmont en la búsqueda de consensos que sean necesarios adoptar; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a los señores Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú y Gonzalo José Alvarado Palomino, Coordinador de Enlace y Cooperación del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participen en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú y Gonzalo José Alvarado Palomino, Coordinador de Enlace y Cooperación del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 14 al 21 de mayo de 2016 a la ciudad de Nadi, República de Fiyi, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Sergio Javier Espinosa Chiroque Pasaje aéreo US$ 2 791,04 Viáticos US$ 1 925,00 Gonzalo José Alvarado Palomino Pasaje aéreo US$ 2 791,04 Viáticos US$ 1 925,00