Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2016 (12/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Jueves 12 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1378797-19

las ofertas de empleo de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, en el marco de la Ley Nº 27736, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0122004-TR. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional (www.perucompras. gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO CARLOS REYNOSO PEÑAHERRERA Jefe de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS 1378792-1

CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de PERÚ COMPRAS a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 027-2016-PERÚ COMPRAS Lima, 10 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 364-2015-EF se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2004TR, establecen la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en concordancia con la precitada Ley, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, debiendo al efecto designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de acuerdo a las precitadas normas, es necesario designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS a la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; el Decreto Legislativo Nº 1018; y el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 3642015-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al (la) Jefe (a) de la Oficina de Administración como funcionario (a) responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Fijan el valor del Factor de Control aplicable para el Ajuste Trimestral de Tarifas Tope de los Servicios de Categoría I de las Canastas C, D y E, prestados por Telefónica del Perú S.A.A.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 056 -2016-CD/OSIPTEL Lima, 6 de mayo de 2016. EXPEDIENTE MATERIA ADMINISTRADO VISTOS: (i) La solicitud de ajuste trimestral de tarifas tope de los Servicios de Categoría I, presentada por la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante, Telefónica) mediante carta TP-AR-AER-1035-16 (1); y, (ii) El Informe N° 170-GPRC/2016 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se sustenta el Proyecto de Resolución de Ajuste Trimestral de Tarifas Tope de los Servicios de Categoría I; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3° de la Ley N° 27332 -Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos-, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materias de su competencia, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios, así como la facultad de fijar las tarifas de los servicios bajo su ámbito de competencia; Que, asimismo, el inciso c) del Artículo 8º de la Ley Nº 26285 -Ley de Desmonopolización Progresiva de los Servicios Públicos de Telefonía Fija Local y de Servicios : Nº 00004-2016-CD-GPRC/AT : Ajuste trimestral de tarifas tope de los Servicios de Categoría I : Telefónica del Perú S.A.A.

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