Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2016 (14/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de octubre de 2016 /

El Peruano

Artículo Segundo.- A fin de facilitar lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente disposición regional, el Ejecutivo del Gobierno Regional de Lambayeque a través de su Unidad Ejecutora (Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo), deberá efectuar de manera oportuna el correspondiente pago de viáticos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ARTURO BAZÁN ZARATE Consejero Delegado Consejo Regional 1440470-1

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos, ubicados en el departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN JEFATURAL REGIONAL Nº 255-2016-GR.LAMb/ORAd Chiclayo, 1 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo estable la Ley 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el Gobierno Regional de Lambayeque es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el inc. j) del art. 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de Descentralización y el art 62º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de julio del 2006, se comunicó que le 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economía y Finanzas y el presidente de Gobierno Regional de Lambayeque suscribieron el Acta de Entrega y Recepción mediante el cual se formalizó la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdicción de este Gobierno Regional, con excepción de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc. j) del art. 35º de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de Descentralización ­ Ley Nº 27783, art. 10º y 62º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el segundo párrafo del artículo 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales-Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administración, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutarán los actos previstos en el art. 35 inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralización y el art. 62 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdicción, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, conforme consta del acta de inspección ocular de fecha 04 de diciembre del 2015, con la participación de los representantes de la División de Administración de Terrenos y Patrimonio Fiscal de la Sede del Gobierno Regional de Lambayeque: Ing. José Ernesto Loayza

Segura (jefe), Abog. Jorge Luis León Lázaro y Lic, Wilmer Choez de la Cruz, nos constituimos al predio denominado "Paraíso de Dios" con 2,980.1437 Has ubicado en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, constatándose que el predio es de naturaleza eriaza con escasa vegetación natural, textura arenosa, topografía casi plana, existencia de un pozo tubular en proceso de construcción, las coordenadas verificadas están identificadas con tubos de pvc, nos está cercado. En partes del predio se encuentran vestigios de haber sido sembrado y en otras está arado. La inspección se realizó en forma pacífica sin intervención de terceras personas; Que, la División de Administración de Terrenos y Patrimonio Fiscal de la Oficina Regional de Administración de la Sede del Gobierno Regional de Lambayeque teniendo en consideración el Certificado de Búsqueda Catastral Nº 2015- 166217 del 02 de octubre del 2015, el Informe Nº 001-20154-GR.LAMB/ORAD-DIATPF-LABR del 15 de enero del 2016, Oficio Nº 024-2016-GR.LAMB/ ORAD-DIATPF/LACHU del 26 de abril del 2016 e Informe Nº 017-2016-GR.LAMB/ORAD-DIATPF-LABR del 29 de abril del 2016, ha elaborado la memoria descriptiva y plano de ubicación-perímetro en coordenadas UTM del predio mencionado de mayo 2016, correspondiente a la primera inscripción de dominio del predio "El Paraíso de Dios", ubicado en el Sector III Zona en Controversia entre las Comunidades Campesinas de Olmos, San Martín de Sechura, San Pedro de Mórrope y el Estado (predio Santa Ana), que no se encuentra inscrito, por lo que es de aplicación el art. 23 de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y lo previsto por los artículos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº001-2002-SBN, aprobada por Resolución Nº011-2002-SBN, modificada por la Directiva Nº003-2004-SBN, que regula el trámite de inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, teniendo también en consideración el Informe Nº 032-2011-GR.LAMB/GRPP-SGAAT de fecha 01 de julio del 2011 y a los Acuerdos Regionales Nº 021-2012-GR. LAMB/CR y 016-2013-GR.LAMB/CR; Estando al Informe Nº 032 - 2016-GR.LAMB/ORADDIATPF-JLLL de la división de Administración de Terrenos y Patrimonio Fiscal, con el visado correspondiente y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 35º inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralización, el art. 62º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Resolución Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de julio del 2006, Resolución de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolución Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolución Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de julio del 2008 y Ordenanza Regional Nº 0242015-GR.LAMB/CR de fecha 13 de octubre del 2015, que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ R.O.F. del Gobierno Regional Lambayeque; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la primera inscripción de primera de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional de Lambayeque del terreno eriazo, ubicado en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, denominado "El Paraíso de Dios" con 2,978. 0845 Has., conforme al plano de ubicaciónperímetro en coordenadas UTM y memoria descriptiva de mayo 2016 respectivamente, que son parte integrante de la presente resolución, con las medidas perimétricas y colindancias que se mencionan a continuación: POR EL NORTE: Colinda con terreno Sector III Zona en Controversia entre las Comunidades Campesinas San Pedro de Mórrope, Santo Domingo de Olmos, San Martín de Sechura y el Estado (predio Santa Ana), mediante línea quebrada conformada por siete (08) tramos: tramo 7-8 con 2,289.32 m.l., tramo 8-9 con 1,855.60 m.l. m.l., tramo 9-10 con 1,865.17 m.l., tramo 10-11 con 1,344.24 m.l., tramo 11-12 con 173.96 m.l., tramo 12-13 con 240.58 m.l., tramo 13-14 con 6,082.66 m.l. y 14-1 con 153.57 m.l.

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