Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2016 (07/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 7 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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presentar a la EPS copia simple de la resolución de la Autoridad Nacional del Agua que otorga la licencia de uso de agua. La EPS comunicará al usuario, en un plazo de tres (3) meses contados a partir de la publicación de la presente resolución, la obligación antes señalada, otorgándole seis (6) meses para su cumplimiento, los cuales se computarán a partir de dicha comunicación. Transcurrido el plazo antes señalado sin que el usuario haya presentado el mencionado documento, la EPS cerrará el servicio de alcantarillado, sin perjuicio de la denuncia que deberá presentar ante la Autoridad Nacional del Agua a fin de que esta adopte las acciones correspondientes. Si pasados seis (6) meses de realizado el cierre del servicio de alcantarillado el usuario no presenta copia simple de la resolución que otorga la licencia de uso, la EPS podrá realizar el levantamiento de la conexión domiciliaria. Segunda.- La derogación del factor de descarga 0.80 a la que hace referencia el artículo 11 de la presente Resolución, entrará en vigencia a partir del siguiente quinquenio regulatorio de SEDAPAL S.A. No procederá la presentación ni la aprobación de estudios técnicos que sustenten un factor de descarga distinto a 0.80, a partir de la entrada en vigencia de la

presente resolución. El plazo de vigencia de los estudios técnicos que a la fecha hayan sido aprobados por la EPS no podrá ser prorrogado. Tercera.- Con la siguiente facturación que se emita luego de publicada la presente resolución, las EPS deberán informar a los usuarios el contenido del artículo 10 de la presente resolución, así como las modificaciones al Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento contempladas en los siguientes artículos: - Artículo 86.- Clasificación de las Unidades de Uso - Artículo 95.- Cobro por uso indebido de los servicios - Artículo 114.- Cierre del servicio - Artículo 115.- Levantamiento de la Conexión Las modificaciones contempladas en el artículo 5 de la presente resolución quedan automáticamente incorporadas a los contratos de prestación de servicios de saneamiento que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, la EPS haya celebrado con los usuarios. Regístrese, publíquese y difúndase. FERNANDO MOMIY HADA Presidente del Consejo Directivo

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.

LA DIRECCIÓN

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