Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2016 (07/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 7 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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miembros, por lo que resulta pertinente completar la designación de todos sus Comisionados, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al Acuerdo Nº 070-2016 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 29 de agosto de 2016, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Claudia Antoinette Mansen Arrieta como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 2. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1424684-3

de la Competencia Desleal Nº 2 y de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1424684-4

Designan miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Junín
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 158-2016-INDECOPI/COD Lima, 1 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el inciso c) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 21º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, las Comisiones del área de competencia se encuentran conformadas por cuatro (4) miembros; Que, a la fecha, la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Junín se encuentra integrada por tres (3) miembros, por lo que resulta pertinente completar la designación de todos sus Comisionados, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al Acuerdo Nº 068-2016 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 29 de agosto de 2016, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Magali Karin Lazo Guevara como miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1424684-5

Designan miembro de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal Nº 2 y de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 157-2016-INDECOPI/COD Lima, 1 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el literal c) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 21º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, las Comisiones del área de competencia se encuentran conformadas por cuatro (4) miembros; Que, a la fecha, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal Nº 2 y la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3, se encuentran integradas cada una por tres (3) miembros, por lo que resulta pertinente completar la designación de todos sus Comisionados, a fin de que dichos órganos colegiados cuenten con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al Acuerdo Nº 071-2016 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 29 de agosto de 2016, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Julio César Aguirre Montoya como miembro de la Comisión de Fiscalización

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan viaje de funcionaria a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 114-2016-SMV/02 Lima, 6 de septiembre de 2016

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