Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2017 (03/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de agosto de 2017 /

El Peruano

Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; los Oficios N° 752-2017-P-CSJHN/PJ, N° 3166-2017-P-CSJAN/PJ, N° 505-2017-P-CSJMD/PJ, y N° 2090-2017-P-CSJSU-PJ, remitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco, Ancash, Madre de Dios y Sullana, respectivamente, en relación a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales penales transitorios, cuya fecha de vencimiento es el 31 de julio de 2017. CONSIDERANDO: Primero. Que, los Presidentes de las Corte Superiores de Justicia de Ancash, Huánuco, Madre de Dios y Sullana, solicitan a este Órgano de Gobierno la prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios cuya fecha de vencimiento es el 31 de julio del presente año, con la finalidad que continúen apoyando en la adecuada implementación del Código Procesal Penal; sustentada en razones de carga procesal y número de audiencias realizadas. Segundo. Que, por lo expuesto en el Informe N° 068-2016-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de referido objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 554-2017 de la vigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Vera Meléndez y Álvarez Díaz; sin la intervención del señor Consejero Ruidías Farfán por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de agosto de 2017, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: HASTA EL 30 DE SETIEMBRE DE 2017 DISTRITO JUDICIAL DE MADRE DE DIOS - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Tambopata, en adición a sus funciones Especializado en Delito de Trata de Personas. HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2017 DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Sullana, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador. HASTA EL 30 DE DICIEMBRE DE 2017 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Huaraz, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador. DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO - Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Huánuco.

Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Madre de Dios, Sullana, Ancash y Huánuco; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Huánuco, Madre de Dios y Sullana, Oficina de Productividad; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1550376-2 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 227-2017-CE-PJ Lima, 26 de julio de 2017 VISTOS: El Oficio N° 695-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta el Informe N° 053-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, y su ampliación con Oficio N° 698-2017-OPJ-CNPJ-CE/ PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; así como, el Oficio N° 614-2017-P-ETII.NLPTCE-PJ, del señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, respecto a las propuestas de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resoluciones Administrativas Nros. 328-2016-CE-PJ y 337-2016-CE-PJ; Nros. 040-2017-CE-PJ, 053-2017-CE-PJ, 075-2017-CE-PJ, 115-2017-CE-PJ, 157-2017-CE-PJ, 189-2017-CEPJ y 078-2017-P-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de julio de 2017, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, disponiéndose además que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; así como, emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que mediante Resolución Administrativa N° 185-2016-CE-PJ de fecha 20 de julio de 2016, se aprobaron a partir del 1 de setiembre de 2016, los nuevos estándares de expedientes resueltos para los órganos jurisdiccionales ubicados en las sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como, para los órganos jurisdiccionales que se encuentran fuera de la sede principal de las Cortes Superiores de Justicia del país, ubicados en las Zonas A, B y C. Tercero. Que la Resolución Administrativa N° 002-2017-CE-PJ del 4 de enero de 2017, dejó sin efecto, con carácter excepcional, el rol de vacaciones de jueces y personal auxiliar establecidas del 1 de febrero al 2 de marzo de 2017. Cuarto. Que, por Oficio N° 695-2017-OPJ-CNPJ-CEPJ y su ampliación con Oficio N° 698-2017-OPJ-CNPJ-CE/ PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 053-2017-OPJCNPJ-CE/PJ, sobre la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Este,

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