Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2017 (03/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de agosto de 2017 /

El Peruano

un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley N° 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Herbert Oswaldo Paz Reymundo, solicita Duplicado de Diploma de Bachiller en Ciencias de la Comunicación, por perdida, el mismo que fue expedido el 12.01.1998, Diploma registrado con el Nº 346, registrado a Fojas 103, del Tomo 025-B , para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 22 de Julio del 2016. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Bachiller en Ciencias de la Comunicación de fecha 12.01.1998, por motivo de perdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE BACHILLER EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN a don Herbert Oswaldo Paz Reymundo, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro con el Nº 346, registrado a Fojas 103 del Tomo 025-B. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Ciencias de la Comunicación. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector 1549589-1

una donación a la Universidad Nacional de Ingeniería, la cual han sido comunicada por la Unidad de Tesorería de la Oficina Central de Economía y Finanzas de la UNI mediante el Oficio Nº 0637-UT/OCEF-UNI-2017, y registrada en el Recibo por Donación Nº 0000388 el 05 de Julio del 2017, que asciende a la suma de S/. 350,000.00 (Trecientos cincuenta mil con 00/100 Soles), y que será utilizada para financiar la implementación del "Programa de Tutoría para estudiantes del pregrado en riesgo académico"; Estando a lo informado por la Oficina Central de Planificación y Presupuesto, teniéndose en cuenta el Informe Nº 280-AL-SG-UNI-2017 del Asesor Legal de la Secretaría General de la UNI, y de conformidad con el Artículo 20º Inciso d), Artículo 25º Incisos b) y h), Artículo 362º Inciso c) y el Artículo 363º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación dineraria que efectúa Patronato de la Universidad Nacional de Ingeniería, con RUC Nº 20384113738, a favor de la implementación del Programa de Tutoría para estudiantes del pregrado en riesgo académico de la UNI, que asciende a la suma de S/. 350,000.00 (Trecientos cincuenta mil con 00/100 Soles), la cual han sido comunicada a la Oficina Central de Planificación por la Unidad de Tesorería de la Oficina Central de Economía y Finanzas de la UNI mediante el Oficio Nº 0637-UT/OCEF-UNI-2017, y registrada en el Recibo por Donación Nº 0000388 el 05 de Julio del 2017. Artículo 2º.- Disponer que la donación mencionada será, de acuerdo a la voluntad del donante, destinada para financiar la implementación del Programa de Tutoría para estudiantes del pregrado en riesgo académico de la UNI. Artículo 3º.- Agradecer a Patronato de la Universidad Nacional de Ingeniería por la donación realizada, la misma que será en beneficio de nuestra Comunidad Universitaria. Artículo 4º.- Publicar copia de la presente Resolución Rectoral en las normas legales del Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días de aprobada. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1550115-1

Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a México, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 04332-R-17 Lima, 31 de julio del 2017 Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 12658-FM-17 de la Facultad de Medicina, sobre viaje al exterior en Comisión de Servicios. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Decanato Nº 1751D-FM-17 de fecha 19 de julio del 2017, la Facultad de Medicina autoriza el viaje en Comisión de Servicios, del 06 al 09 de agosto del 2017, a los siguientes docentes de la citada Facultad: Carlos Alberto Saavedra Leveau, Carlos Gualberto Salcedo Espinoza, Martin Javier Alfredo Yagui Moscoso, Eduardo Frank Loli Prudencio y Anita Ysabel Lujan Gonzales; para que participen en conocer el enfoque curricular y la metodología de enseñanza de la Universidad Nacional Autónoma de México, en México,

Aceptan donación dineraria efectuada por el Patronato de la Universidad Nacional de Ingeniería a favor de la implementación del Programa de Tutoría para estudiantes del pregrado en riesgo académico de la UNI
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1107 Lima, 19 de julio de 2017 Visto el Oficio Nº 0289-OCPLA/J/2017 de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto de la Universidad Nacional de Ingeniería, comunicando haber recibido una donación del Patronato de la Universidad Nacional de Ingeniería a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, Patronato de la Universidad Nacional de Ingeniería, con RUC Nº 20384113738, ha efectuado

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