Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2017 (03/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de agosto de 2017 /

El Peruano

Judicial, así como dirigir la política del Poder Judicial en el ámbito de su Distrito Judicial, conforme lo establece los numerales 1) y 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es política de la actual gestión estimular oportunamente a los magistrados y personal de esta Corte Superior, conforme se encuentra previsto en el Plan de Trabajo de esta Presidencia para el año 2017 ­ 2018, el cual señala en su punto 2.2. en cuanto se refiere a la REORGANIZACIÓN DEL SISTEMA INTERNO DE PERSONAL, IMPLEMENTANDO POLÍTICAS LABORALES QUE MOTIVEN EL TRABAJO INMEDIATO, EFICAZ Y EFICIENTE, siendo uno de ellos el de establecer una política de reconocimiento a jueces y trabajadores que destaquen por su labor diaria, silenciosa, productiva, reconociéndoles por las labores desplegadas con incidencia real en sus legajos. Que, esta Presidencia, como responsable del cumplimiento de las resoluciones administrativas dictadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, viene efectuando el seguimiento, monitoreo y diagnósticos de producción a todos los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior, a fin de contribuir con lo dispuesto por el órgano de gobierno en sus Resoluciones Administrativas N° 245-2012-CEPJ de fecha 05 de diciembre de 2012 y 062-2013-CEPJ de fecha 03 de abril de 2013, las cuales fijan los estándares de producción anual que deben lograr todos los órganos jurisdiccionales, según la especialidad. Bajo ese contexto, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia del Callao, mediante el Oficio N° 315-2017-UPD-GADCSJCL/PJ de fecha 10 de julio de 2017, remite la "Producción Jurisdiccional para el Plan Nacional de Descarga Procesal, correspondiente al 1er Semestre del 2017", así como el "Comparativo de Producción de los Órganos Jurisdiccionales correspondiente al 1er Semestre 2016 ­ 2017", de los mismos que se aprecian en sus gráficos allí anexados, cual ha sido la producción de los órganos jurisdiccionales en todos los niveles, los que concordados con las resoluciones administrativas acotadas en el párrafo precedente, determinan quienes han logrado alcanzar o superar los estándares de expedientes resueltos en el 1er semestre de 2017, estando a la producción anual estimada por el órgano de gobierno del Poder Judicial. Por su parte, mediante el Oficio N° 7503-2017-P-CSJCL/ PJ de fecha 11 de julio de 2017 emitido por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, se solicita se remita por escrito la producción jurisdiccional por cada magistrado que integra la Sala Civil Transitoria del Callao durante el periodo del primer semestre de 2017 (de enero a junio). Por Oficio N° 007-2017-P-2SC/CSJC-MABG de fecha 26 de julio de 2017 suscrito por el magistrado Marco Antonio Bretoneche Gutiérrez - Presidente de la 2° Sala Civil del Callao, da cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente y remite el informe de la producción jurisdiccional por cada magistrado que conformó el colegiado de la Sala Civil Transitoria del Callao. Siendo así, es de acotar los siguientes dispositivos normativos, tales como: - La Resolución Administrativa N° 190-2017-CE-PJ, de fecha 31 de mayo de 2017, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el jueves 08 de junio de 2017, página 100 de la separata de Normas Legales, mediante la cual dispone en su artículo cuarto convertir y reubicar, a partir del 1 de julio de 2017, la Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Callao a la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, como Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cajamarca. - La Resolución Administrativa N° 120-2017-CE-PJ de fecha 31 de mayo de 2017, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 08 de junio del presente año, en su parte resolutiva, en el artículo tercero, literal a) dispone convertir, a partir del 1 de julio de 2017, la 3° Sala Penal para procesos con reos libres de la Corte Superior de Justicia del Callao en 2° Sala Civil del mismo distrito, provincia y Corte Superior.

- La Resolución Administrativa de Presidencia N° 381-2017-P-CSJCL/PJ de fecha 28 de junio de 2017, mediante la cual dispone en su artículo segundo conformar 2° Sala Civil del Callao de la siguiente manera: Marco Antonio Bretoneche Gutiérrez, (Presidente ­ Juez Superior Titular) Teresa Jesús Soto Gordon (Juez Superior Titular) y Hugo Roberto Martín Garrido Cabrera (Juez Superior Provisional) [anteriormente integrantes de la Sala Civil Transitoria del Callao]. Estando al párrafo precedente, se advierte que si bien la Sala Civil Transitoria del Callao, ha sido traslada al distrito judicial de Cajamarca; sin embargo, se ha creado la 2° Sala Civil del Callao, la misma que se encuentra actualmente conformada por los señores magistrados del colegiado transitorio mencionado, quienes continúan ejerciendo funciones como jueces superiores en esta Corte Superior de Justicia, por lo que corresponde otorgar las felicitaciones del caso. Por ello, es oportuna la ocasión para expresar un justo reconocimiento y felicitación a los jueces superiores que, superando en muchas ocasiones deficiencias de logística, infraestructura, personal y otras similares que lamentablemente se presentan en la diaria labor jurisdiccional; sin embargo, con mucho esfuerzo han logrado alcanzar el estimado de producción fijado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, como es el caso de la SALA CIVIL TRANSITORIA DEL CALLAO, conformada por los señores magistrados Marco Antonio Bretoneche Gutiérrez, Teresa Jesús Soto Gordon y Hugo Roberto Martín Garrido Cabrera, habiendo ejercido funciones de manera permanente durante el periodo de enero a junio de 2017, alcanzando el estimado de producción de expedientes resueltos con un total de 735 causas, lo cual representa el 52.50% del estándar anual de producción; todo ello, sin desconocer los méritos de los órganos jurisdiccionales que han alcanzado el avance esperado y otros que día a día, vienen incrementando su producción, toda vez, que con su trabajo coadyuvan con una pronta administración de justicia en beneficio de los justiciables; debiendo acotarse que este reconocimiento está referido principalmente al análisis cuantitativo, sin dejar de reconocer el cualitativo y teniendo en cuenta un criterio de eficiencia en la labor jurisdiccional. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, en los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXPRESAR un merecido RECONOCIMIENTO y FELICITACIÓN a los señores Jueces Superiores Marco Antonio Bretoneche Gutiérrez, Teresa Jesús Soto Gordon y Hugo Roberto Martín Garrido Cabrera, por su importante labor jurisdiccional desempeñada en la SALA CIVIL TRANSITORIA DEL CALLAO, habiendo alcanzado el estándar de producción ÓPTIMO de expedientes resueltos durante el 1er Semestre (enero a junio) del año judicial 2017, con un total de 735 causas resueltas, lo cual representa el 52.50% del estimado de producción anual fijado por el Consejo Ejecutivo. Artículo Segundo.- DISPONER que la presente Resolución Administrativa se agregue al legajo personal de los magistrados citados. Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Coordinación del Área de Personal, de la Oficina de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia del Callao e interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1550366-1

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